Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 133 de 13/07/2020

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 15 de junio de 2020, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, dimanante de autos núm. 124/2019. (PP. 1340/2020).

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00174494.

NIG: 2906742120190002230.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 124/2019. Negociado: 4.

Sobre: Obligaciones: Otras cuestiones.

De: Veinsur, S.A.U.

Procurador: Sr. José Domingo Corpas.

Letrado: Sr. Javier López García de la Serrana.

Contra: NEW S.C.R. Polar Express, S.L.

EDICTO

CéDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento Procedimiento Ordinario 124/2019, seguido en el Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga, a instancia de Veinsur, S.A.U., contra NEW S.C.R. Polar Express, S.L., se ha dictado la sentencia que, copiada en su encabezamiento y fallo, es como sigue:

SENTENCIA NÚM. 90/19

En Málaga, a 8 de noviembre de 2019.

Vistos y examinados por mí, don Manuel S. Ramos Villalta, Magistrado-Juez de Primera Instancia número Dos de esta ciudad y su Partido, los presentes autos de juicio ordinario, seguidos en este Juzgado bajo el número 124/19, a instancia de la parte actora Entidad Veinsur, S.A.U, representada por el procurador Sr. Domingo Corpas y asistida del letrado Sr. López García de la Serrana, contra la parte demandada NEW S.C.R Polar Express, S.L.

FALLO

Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por la parte actora, debo dar por resueltos los contratos de arrendamiento no financiero aportados junto a la demanda, condenando a la entidad demandada NEW S.C.R Polar Express, S.L., a abonar a la parte actora Veinsur, S.A.U., la cantidad de 141.301,30 euros en concepto de principal, así como los intereses legales desde la interposición de la demanda. Respecto a las costas, no procede hacer pronunciamiento condenatorio alguno.

Notifíquese a los interesados, mediante entrega de copia de la presente resolución, haciéndoles saber que esta sentencia devendrá firme si contra ella, en este Juzgado y para ante la Iltma. Audiencia Provincial de Málaga, no se interpone recurso de apelación en el plazo de 20 días. Se advierte expresamente que al interponer el citado recurso se tendrá que acreditar que se ha constituido el depósito por importe de 50 euros al que hace referencia la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ, salvo que el recurrente esté exento por Ley de constituir el mismo, mediante la consignación de dicho importe en la cuenta correspondiente a este procedimiento, De depósitos y consignaciones abierta en la Entidad Santander a nombre del Juzgado de Primera Instancia núm. Dos de Málaga.

Así por esta mi sentencia, de la que se llevara certificación a los autos de que dimana, definitivamente firmando en primera instancia, la pronuncio, mando y firmo.

Y con el fin de que sirva de notificación en forma al/a los demandado/s NEW S.C.R. Polar Express, S.L., extiendo y firmo la presente en Málaga, a quince de junio de dos mil veinte.-El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

«La dijusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con jines contrarios a las leyes.»

Descargar PDF