Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 143 de 27/07/2020

1. Disposiciones generales

Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible

Orden de 19 de julio de 2020, por la que se convocan para el ejercicio 2020, las ayudas previstas en la Orden de 30 de junio de 2020, por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de los procesos de integración y fusión de entidades asociativas de carácter agroalimentario de Andalucía.

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La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, siguiendo el impulso de promoción y gestión de las diversas iniciativas de apoyo al sector asociativo agroalimentario, plasmado con la publicación de la Orden de 30 de junio de 2020, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de los procesos de integración y fusión de entidades asociativas de carácter agroalimentario de Andalucía, que ha permitido que el sector emprenda estrategias asociativas enfocadas a una mejor gestión de los recursos de las empresas y a un mejor posicionamiento en la cadena de comercialización, promueve la continuidad del plan de apoyo en estas mismas líneas de ayudas, con la presente convocatoria.

El Decreto 103/2019 de 12 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible, dispone en su artículo 1.1 que corresponden a la citada Consejería el ejercicio de las competencias atribuidas a la Comunidad Autónoma de Andalucía en materia agraria, pesquera, agroalimentaria, de desarrollo rural, medio ambiente, agua y cambio climático, y de acuerdo al artículo 115.1 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

Por todo lo anteriormente expuesto, y en el ejercicio de las competencias conferidas,

RESUELVO

Primero. Convocatoria.

1. Se convocan para el año 2020 las subvenciones previstas en la Orden de 30 de junio 2020, por las que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, dirigidas al fomento de los procesos de integración y fusión de entidades asociativas de carácter agroalimentario, en las siguientes líneas:

Línea 1. Ayudas para el fomento de los procesos de integración de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

Línea 2. Ayudas para el fomento de los procesos de fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

2. La información asociada al procedimiento de ayudas a la integración y fusión de entidades asociativas, está disponible en el Registro de Procedimientos y Servicios, en el siguiente enlace del Catálogo de Procedimientos y Servicios de la página web de la Junta de Andalucía:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/13741/datos-basicos.html

Segundo. Solicitudes y documentación.

1. Las solicitudes de ayuda irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agrolimentaria y se presentarán conforme al modelo que se establece en el Anexo I de la presente orden.

2. La solicitud irá acompañada por la documentación acreditativa establecida, para cada línea de ayudas, en las bases reguladoras de las mismas.

3. La documentación se presentará con el modelo de solicitud (Anexo I) que se publica conjuntamente con esta orden.

Tercero. Plazo de presentación de las solicitudes.

De conformidad con lo establecido en el punto 11 de los Cuadros Resumen de las bases reguladoras de las líneas convocadas, el plazo de presentación de las solicitudes de ayuda será el comprendido entre el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el articulo 20.8.a), de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y el 15 de septiembre del 2020.

Cuarto. Plazo máximo para resolver.

De conformidad con el punto 15 de los Cuadros Resumen de las bases reguladoras de las líneas convocadas, el plazo máximo para resolver y notificar la resolución del procedimiento será de seis meses, contados a partir del día siguiente al de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Transcurrido dicho plazo sin que se hubiera dictado y publicado resolución expresa, las personas interesadas podrán entender desestimadas sus solicitudes por silencio administrativo, de acuerdo con el artículo 120.4 del Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Real Decreto 1/2010, de 2 de marzo.

Quinto. Financiación.

1. Estas ayudas serán cofinanciadas al 100% por el presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía y se harán efectivas con cargo a la partida presupuestaria siguiente:

Anualidad 2020: 1300010000 G/71E/77101/00 01 2007000242.

Anualidad 2021: 1300010000 G/71E/77101/00 01 2007000242.

Como consecuencia del carácter plurianual, el gasto por anualidades será el siguiente:

Anualidad 2020: 1.000.000 euros.

Anualidad 2021: 1.760.000 euros.

2. La asignación presupuestaria para esta convocatoria no podrá superar en conjunto para ambas líneas de ayudas, las siguientes cuantías máximas.

Anualidad 2020: 1.000.000 euros.

Anualidad 2021: 1.760.000 euros.

3. Se adquieren compromisos de gastos de carácter plurianual de conformidad con lo establecido en el artículo 40 del texto refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía aprobado por Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, y su normativa de desarrollo.

4. En el caso de que se produzca, tras dictar la resolución de concesión, un eventual aumento del crédito máximo disponible para esta convocatoria y sin necesidad de que se dicte una nueva convocatoria, se podrá dictar una resolución complementaria a la de concesión de subvención, incorporando en esta resolución complementaria a todos solicitantes que, cumpliendo los requisitos necesarios para tener la consideración de persona beneficiaria, no hubieran obtenido tal condición por haberse agotado el crédito consignado inicialmente, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.e) del Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

Sexto. Justificación del gasto.

1. De conformidad con el punto 25 de los Cuadros Resumen de las bases reguladoras de las líneas convocadas, la justificación del gasto realizado se presentará conforme al modelo que se establece en el Anexo III de la presente orden.

2. La memoria descriptiva o justificativa del proyecto de integración o fusión, indicada en el punto 14 de los Cuadros Resumen de las bases reguladoras de las líneas convocadas, se recoge como Anexo IV de la presente orden.

Séptimo. Anexos.

1. Se incluyen en la convocatoria los siguientes anexos:

a) Línea 1. Ayudas para el fomento de los procesos de integración de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

Anexo I: Formulario de solicitud.

Anexo II: Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos.

b) Línea 2. Ayudas para el fomento de los procesos de fusión de entidades asociativas agroalimentarias de Andalucía.

Anexo I: Formulario de solicitud.

Anexo II: Formulario de alegaciones, aceptación, reformulación y presentación de documentos.

Anexo III: Formulario modelo de justificación para el Pago.

Anexo IV: Memoria descriptiva del proceso.

2. Todos los anexos formularios publicados con la presente orden de convocatoria estarán disponibles en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Junta de Andalucía, en la dirección:

https://juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/13741/como-solicitar.html

Octavo. Efectos.

La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

Sevilla, 19 de julio de 2020

CARMEN CRESPO DÍAZ

Consejera de Agricultura, Ganadería, Pesca
y Desarrollo Sostenible

ANEXO IV

Memoria descriptiva del proceso

A la solicitud de ayudas, tanto de la Línea 1 «Integración» como de la Línea 2 Fusión/Constitución, se deberá acompañar una Memoria descriptiva del proceso a realizar o ya realizado según el caso, con indicación de los conceptos de gastos que se incluyen en la solicitud.

Esta memoria servirá para ampliar los datos y la información recogida en el modelo de solicitud y deberá contener lo siguiente:

1. Un «Indice» con los siguientes apartados:

I. Antecedentes.

II. Descripción del proceso de integración o fusión/constitución.

III. Descripción de los gastos subvencionables que se solicitan.

IV. Evaluación económica de las entidades que intervienen en el proceso.

V. Anejos.

La entidad solicitante podrá incorporar al indice, dentro de cada apartado, cuantos niveles de contenido considere necesario.

2. Cada uno de los apartados del indice deberá desarrollarse en función de las características del proceso de integración o fusión/constitución llevado a cabo. No obstante deberán contener al menos la siguiente información:

2.1. Apartado «I.Antecedentes»: Incluir datos sobre información general de las entidades que participan en el proceso de integración o fusión/constitución, donde se indique:

- Sector productivo en el que se desarrolla la actividad, objeto social, principales actividades y ámbito geográfico.

- Dimensión de las entidades en términos de número de socios, superficie productiva, volúmenes de producción y de ventas.

- Objeto del proceso de integración o fusión/constitución, así como los motivos, conveniencia y efectos que lo fundamentan.

- Evaluación de las alternativas de integración o fusión/constitución contempladas, y justificación de la opción elegida.

2.2. Apartado «II. Descripción del proceso de integración o fusión/constitución»: incluir en este apartado la información referida a la estructura de la operación realizada o que se pretende realizar, donde se indique:

- Identidad de las entidades que participan en el proceso (en el caso de fusiones por absorción o constitución con disolución incluir información sobre las entidades extintas) con indicación del NIF de las mismas.

- Calendario del proceso de integración o fusión/constitución.

- En el caso de una integración, descripción y secuencia de los «Gastos Previos» (punto 5.b)1.º de l Cuadro Resumen de las bases reguladoras de las ayudas) con indicación de fechas, proveedores y coste de la actuación.

- En el caso de fusión/constitución habrá que justificar el volúmenes de negocio en el ejercicio anterior de las entidades que participan en la fusión/constitución, teniendo en cuenta lo indicado en el punto 5.b)1.ºa) del Cuadro Resumen de la Línea de Fusión, en el que se recoge que la determinación del volumen de negocio se realizará de forma análoga a la determinación del Valor de la Producción Comercializada derivado de la aplicación del Decreto 188/2017, de 21 de noviembre, por el que se regulan las entidades asociativas prioritarias agroalimentarias de Andalucía y se crea su Registro. En su caso, aportar la balances de suma y saldos del último ejercicio cerrado y aprobado.

- En su caso, plazo o fecha a partir de la cual la nueva entidad (o la fusionada) comienza a operar a efectos contables.

2.3. Contenido del apartado «III. Descripción de los gastos subvencionables que se solicitan» : Incluir en este apartado la descripción de las inversiones y los gastos que se incluyan en la solicitud:

- En caso de gastos previos: Exponer el periodo temporal en el que se han llevado a cabo y cualquiera otra información no recogida anteriormente en el apartado 2.2 del presente anexo.

- En caso de incluir Inversiones (fusión por absorción ya finalizada o en proceso o constitución con disolución): Descripción de los gastos con indicación de la necesidad y justificación de la relación con la orientación de la producción, con racionalización de los procedimientos de manipulación, transformación de productos agrícolas y de los canales de comercialización, en consonancia con lo indicado en el punto 5.b)1.ºa) del Cuadro Resumen de la Línea de Fusión en cumplimiento de lo indicado en .

Asimismo, indicación de los importes y el plazo de ejecución de las inversiones que estima la entidad necesarios para ejecutar los mismos (ello se tendrá en consideración para, en su caso, la resolución de concesión)

- En caso de incluir Aportación a capital social (Línea Integración): Indicación del importe total a desembolsar por la entidad para su inclusión como persona socia de otra entidad asociativa y breve descripción de las actuaciones a llevar a cabo por la entidad solicitante, en función de su forma jurídica, para formalizar la citada inclusión (ej: aprobación en asamblea, emisión de certificados, inscripciones en registro, etc), con referencias a la secuencia y desarrollo temporal de los mismos.

- En caso de incluir gastos notariales y de protocolización de acuerdos (Línea Integración): Descripción de los gastos con indicación de la necesidad u obligación de los mismos, proveedores e importes de los mismos.

- En caso de gastos relacionados con herramientas para la tecnología de la información y comunicación (herramientas TIC): Descripción de los conceptos de gasto que se incluyen, el objeto y justificación de los mismos, los importes y el plazo estimado de ejecución de los mismos (este último dato servirá a los efectos de determinar el plazo de ejecución de las inversiones que debe recoger la resolución de concesión).

- En caso de gastos de formación en comercialización exterior y/o habilidades en competencias directivas: Descripción de las necesidades de formación y a quiénes va dirigida, información sobre las entidades que impartirán la formación con referencias a su solvencia técnica para impartir la misma, tanto a nivel teórico como práctico, indicación del tipo de certificado o título obtenido tras superar el mismo.

- En caso de gastos de misiones comerciales: Agenda de la misión con indicación del objeto, destino y justificación, periodo estimado de ejecución de la misma, encuentros comerciales previstos, plan de viaje y presupuesto detallado de los conceptos de gastos previstos.

En caso de misiones comerciales inversas, listado de personas y empresas que tienen previsto participar, así como la agenda de actividades en los mismos términos que en el caso anterior.

- En caso de Gastos de personal: Breve descripción del objeto y justificación de crear cada uno de los puestos de trabajo solicitado, con indicación de la categoría de contratación, el tipo de contrato inicial, el tiempo de la jornada laboral, los importes del salario bruto previsto y demás complementos salariales, así como el importe de la cuota de la Seguridad Social al cargo del empleador por cada uno de los puestos de trabajo. Asimismo y si en el momento de la solicitud se contara con la identificación de personas candidatas al puesto de trabajo solicitado, incluir la relación de las mismas, el título que acredita la categoría profesional, la justificación de la experiencia de dos años en un puesto equivalente y la indicación de no pertenecer a ningún órgano de administración de ninguna de las entidades participantes en el proceso, toda vez que se formalice la contratación. Asimismo se deberá indicar las fechas estimadas de inicio de la contratación (esta fecha deberá ser posterior a la solicitud de ayudas).

2.4. Contenido del apartado «IV Evaluación económica de las entidades que intervienen y del proceso»: incluir en este apartado la información referida a la solvencia económica de las entidades que intervienen en el proceso de integración o fusión/constitución, así como la viabilidad económica del proceso elegido, donde se indique:

- Solvencia económica: (requisito a cumplimentar solo por el beneficiario de la ayuda cuando no sea de reciente constitución) se debe aportar datos sobre las cuentas anuales de los dos últimos ejercicios cerrados y depositados en el registro correspondiente (inmediatamente anteriores a la fecha de presentación de la solicitud de ayudas), cumplimentando los cuadros pertinentes recogidos en el punto 3 de este anexo. Se podrá sustituir esta cumplimentación con la aportación de las copias de las cuentas (balances abreviados y cuentas de perdidas y ganancias) depositados, para ambos ejercicios, en los registros correspondientes.

- Viabilidad económica: Análisis económico del proceso de integración o fusión/constitución presentado, teniendo en cuenta el importe total de los gastos e inversiones a realizar o realizadas y la forma y plazos de pago de las mismas, así como referencias a la rentabilidad económica del proceso.

2.5. Contenido del aparado «V. Anejos»: En este apartado se relacionará la documentación que la entidad estime que complementa el contenido de la Memoria (ej: cuentas anuales depositadas).

3. Datos para la evaluación de la solvencia económica del solicitante.

3.1. Grandes empresas.

MODELOS ABREVIADOS DE CUENTAS ANUALES BALANCE ABREVIADO AL CIERRE DEL EJERCICIO 20........

NÚM. CUENTAS ACTIVO -2 -1
A) ACTIVO NO CORRIENTE
20,(280),(290) l. Inmovilizado intangible.
21,(281),(291),23 II. Inmovilizado material.
22,(282),(292) III. Inversiones inmobiliarias.

2403,2404,2413,2414,2423,2424,(2493),
(2494),(293),(2943),(2944),(2953),
(2954)
IV.Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo.

2405,2415,2425,(2495),250,251,252,253,
254,255,257,258,
(259),26,(2945),(2955),(297),(298)
V. Inversiones financieras a largo plazo.
(474) VI. Activos por Impuesto diferido.
B) ACTIVO CORRIENTE
580,581,582,583,584,(599) l. Activos no corrientes mantenidos para la venta.
30,31,32,33,34,35,36,(39),407 II. Existencias.

430,431,432,433,434,435,436, (437),
(490),(493)
5580
44,460,470,471,472,544

III. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar.
1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios.
2. Accionistas (socios) por desembolsos exigidos.
3. Otros deudores.

5303,5304,5313,5314,5323,5324,5333,
5334,5343,5344,5353,5354,(5393),
(5394),5523,5524,
(593),(5943),(5944),(5953),(5954)
IV. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo.

5305,5315,5325,5335,5345,5355,(5395),
540,541,542,543,545,546,547,548,(549),
551,5525,5590,5593,565,566,(5945),
(5955),(597),(598)
V. Inversiones financieras a corto plazo.
480, 567 VI. Periodificaciones a corto plazo
57 VII. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.
TOTAL ACTIVO (A + B)

* El número de cuenta corresponde a normalización establecida en el Real Decreto 1514/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Plan General de Contabilidad. (BOE núm. 278, de 20 de noviembre de 2007).

NÚM. CUENTAS PATRIMONIO NETO Y PASIVO -2 -1
A) PATRIMONIO NETO
A-1) Fondos propios.
l. Capital.
100,101,102 1. Capital escriturado.
(103), (104) 2. (Capital no exigido).
110 II. Prima de emisión.
112,113,114,115,119 III. Reservas.
(108),(109) IV. (Acciones y participaciones en patrimonio propias).
120,(121) V. Resultados de ejercicios anteriores.
118 VI. Otras aportaciones de socios.
129 VII. Resultado del ejercicio.
(557) VIII. (Dividendo a cuenta).
111 IX. Otros instrumentos de patrimonio neto.
133,1340,137 A-2) Ajustes por cambios de valor.
130,131,132 A-3) Subvenciones, donaciones y legados recibidos.
B) PASIVO NO CORRIENTE
140, 145, 146, 141, 142, 143, 147 l. Provisiones a largo plazo.
II. Deudas a largo plazo.

1605, 170,
16
25,174, 179,180,185,189,
1615,1635,171,172,173,175,176,177, 178

1. Deudas con entidades de crédito.
2. Acreedores por arrendamiento financiero.
3. Otras deudas a largo plazo.
1603,1604,1613,1614,1623,1624, 1633,1634 III. Deudas con empresas del grupo y asociadas a largo plazo.
479 IV. Pasivos por impuesto diferido.
181 V. Periodificaciones a largo plazo
C) PASIVO CORRIENTE
585,586,587,588,589 l. Pasivos vinculados con activos no corrientes mantenidos para la venta.
499, 529 II. Provisiones a corto plazo.

5105,520,527,
5125,524,
(1034),(1044),(190),(192),194,500,501,505,506,509,5115,5135,5145, 521,522,523,525,526, 528,551,5525, 5530,5532,555,5565,5566,5595, 5598,560,561,569
5103,5104,5113,5114,5123,5124,5133,
5134,5143,5144,5523,5524,5563,5564

III. Deudas a corto plazo.
1. Deudas con entidades de crédito.
2. Acreedores por arrendamiento financiero.
3. Otras deudas a corto plazo.
400,401,403,404,405,(406) IV. Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo.
41,438,465,466,475,476,477 V. Acreedores c
omerciales y otras cuentas a pagar.
1. Proveedores.
2. Otros acreedores.
485, 568 VI. Periodificaciones a corto plazo.
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C)

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS ABREVIADA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TERMINADO EL.... DE 20........

NÚM. CUENTAS Debe Haber
-2 -1
700,701,702,703,704,705,(706), (708),(709) 1. Importe neto de la cifra de negocios.
(6930), 71*,7930 2. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación.
73 3. Trabajos realizados por la empresa para su activo.
(600),(601),(602),606,(607),608,609, 61*, (6931),(6932),(6933), 7931,7932,7933 4. Aprovisionamientos.
740,747,75 5. Otros ingresos de explotación.
(64),7950,7957 6. Gastos de personal.
(62),(631),(634),636,639,(65), (694),(695),794, 7954 7. Otros gastos de explotación.
(68) 8. Amortización del inmovilizado.
746
9. Imputación de subvenciones de inmovilizado no
financiero y otras.
7951,7952,7955,7956 10. Excesos de provisiones.

(670),(671),(672),(690),(691),(692),
770,771,772,790,791,792
11. D
eterioro y resultado por enajenaciones del
inmovilizado.
A) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11)
760,761,762,767,769 12. Ingresos financieros.
(660),(661),(662) ,(664),(665),(669) 13. Gastos financieros.
(663),763 14. Variación de valor razonable en instrumentos financiero.
(668),768 15. Diferencias de cambio.

(666),(667),(673),(675),(696),
(697),(698),(699),
766,773,775,796,797,798,799
16. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros.
B) RESULTADO FINANCIERO (12+13+14+15+16)
C) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A+B)
(6300)*,6301*,(633),638 17. Impuestos sobre beneficios.
D) RESULTADO DEL EJERCICIO (C + 17)

*Su signo puede ser positivo o negativo.

Aquellas empresas que no hayan adaptado al nuevo PGC algún ejercicio pasado, podrán optar por presentarlo en el modelo anterior.

3.2. Pequeñas y medianas empresas.

MODELOS ABREVIADOS DE CUENTAS ANUALES DE PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS. BALANCE DE PYMES AL CIERRE DEL EJERCICIO 20......

NÚM. CUENTAS ACTIVO -2 -1
A) ACTIVO NO CORRIENTE
20,(280),(290) l. Inmovilizado intangible.
21,(281),(291),23 II. Inmovilizado material.
22,(282),(292) III. Inversiones inmobiliarias.

2403,2404,2413,2414,2423,2424,(2493) ,
(2494),(293),(2943),(2944),(2953), (2954)
IV.Inversiones en empresas del grupo y asociadas a largo plazo.

2405,2415,2425,(2495),250,251,252,253,
254,255,257,258,
(259),26,(2945),(2955),(297),(298)
V. Inversiones financieras a largo plazo.
474 VI. Activos por Impuesto diferido.
B) ACTIVO CORRIENTE
30,31,32,33,34,35,36,(39),407 l. Existencias.

430,431,432,433,434,435,436, (437),(490),(493)
5580
44,460,470,471,472, 544

II. Deudores comerciales y otras cuentas a cobrar.
1. Clientes por ventas y prestaciones de servicios.
2. Accionistas (socios) por desembolsos exigidos.
3. Otros deudores.

5303,5304,5313,5314,5323,5324,5333,
5334,5343,5344,5353,5354,(5393),
(5394),5523,5524, (5933),(5934), (5943),(5944),(5953), (5954)
III. Inversiones en empresas del grupo y asociadas a corto plazo.

5305,5315,5325,5335,5345,5355,(5395),
540,541,542,543,545,546,
547,548,(549),
551,5525,5590,565,566, (5935), (5945),
(5955),(597),(598)
IV. Inversiones financieras a corto plazo.
480, 567 V. Periodificaciones a corto plazo
57 VI. Efectivo y otros activos líquidos equivalentes.
TOTAL ACTIVO (A + B)
NÚM. CUENTAS PATRIMONIO NETO Y PASIVO -2 -1
B) PATRIMONIO NETO
A-1) Fondos propios.
l. Capital.
100,101,102 1. Capital escriturado.
(103), (104) 2. (Capital no exigido).
110 II. Prima de emisión.
112,113,114,115,119 III. Reservas.
(108),(109) IV. (Acciones y participaciones en patrimonio propias).
120,(121) V. Resultados de ejercicios anteriores.
118 VI. Otras aportaciones de socios.
129 VII. Resultado del ejercicio.
(557) VIII. (Dividendo a cuenta).
130,131,132 A-2) Subvenciones, donaciones y legados recibidos.
B) PASIVO NO CORRIENTE
140, 145, 146, 141, 142, 143, 147 l. Provisiones a largo plazo.

1605, 170,
1625,174, 179,180,185,189,
1615,1635,171,172,173,175,176,177, 178

II. Deudas a largo plazo.
1. Deudas con entidades de crédito.
2. Acreedores por arrendamiento financiero.
3. Otras deudas a largo plazo.
1603,1604,1613,1614,1623,1624, 1633,1634 III. Deudas con empresas del grupo y asociadas a largo plazo.
479 IV. Pasivos por impuesto diferido.
181 V. Periodificaciones a largo plazo
C) PASIVO CORRIENTE
585,586,587,588,589 I. Pasivos vinculados con activos no corrientes mantenidos para la venta
499, 529 II. Provisiones a corto plazo.

5105,520,527,
5125,524,
(1034),(1044),(190),(192) ,194,500,501,505,506,509, 5115,5135,5145,521,522,523
5595, 5598,
525,526,528,551,5525,555,5565,5566,560,561
5103,5104,5113,5114,5123,5124,5133,
5134,5143,5144,5523,5524,5563,5564

III. Deudas a corto plazo.
1. Deudas con entidades de crédito.
2. Acreedores por arrendamiento financiero.
3. Otras deudas a corto plazo.
400,401,403,404,405,(406) IV. Deudas con empresas del grupo y asociadas a corto plazo.
41,438,465,466,475,476,477
V. Acreedores comerciales y otras cuentas a pagar.
1. Proveedores.
2. Otros acreedores.
485, 568 V. Periodificaciones a corto plazo.
TOTAL PATRIMONIO NETO Y PASIVO (A + B + C)

CUENTA DE PÉRDIDAS Y GANANCIAS DE PYMES CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO TERMINADO EL .... DE 20....

NÚM. CUENTAS Debe Haber
-2 -1
700,701,702,703,704,705,(706), (708),(709) 1. Importe neto de la cifra de negocios.
(6930), 71*,7930 2. Variación de existencias de productos terminados y en curso de fabricación.
73 3. Trabajos realizados por la empresa para su activo.
(600),(601),(602),606,(607),608,609, 61*, (6931),(6932) ,(6933), 7931,7932,7933 4. Aprovisionamientos.
740,747,75 5. Otros ingresos de explotación.
(64) 6. Gastos de personal.
(62),(631),(634),636,639,(65), (694),(695),794, 7954 7. Otros gastos de explotación.
(68) 8. Amortización del inmovilizado.
746
9. Imputación de subvenciones de inmovilizado no
financiero y otras.
7951,7952,7955 10. Excesos de provisiones.

(670),(671),(672),(690),(691),(692),
770,771,772,790,791,792

11. Deterioro y resultado por enajenaciones del
inmovilizado.
A) RESULTADO DE EXPLOTACIÓN (1+2+3+4+5+6+7+8+9+10+11)
760,761,762,769 12. Ingresos financieros.
(660),(661),(662) ,(664),(665),(669) 13. Gastos financieros.
(663),763 14. Variación de valor razonable en instrumentos financiero.
(668),768 15. Diferencias de cambio.
(666),(667),(673),(675),(696), (697),(698), (699),766,773,775,796,797,798,799 16. Deterioro y resultado por enajenaciones de instrumentos financieros.
B) RESULTADO FINANCIERO (12+13+14+15+16)
C) RESULTADO ANTES DE IMPUESTOS (A+B)
(6300)*,6301*, (633),638 17. Impuestos sobre beneficios.
D) RESULTADO DEL EJERCICIO (C + 17)

*Su signo puede ser positivo o negativo.

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