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NIG: 2305042120180011890.
Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1315/2018. Negociado: M5.
Sobre: Obligaciones.
De: Explotaciones Jame, S.L.U.
Procurador: Sr. Antonio Cobo Simón.
Letrado: Sr. Francisco Muñoz Calvo.
Contra Aziber-Azeites Ibéricos, S.A.
E D I C T O
En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1315/2018 seguido a instancia de Explotaciones Jame, S.L.U., frente a Aziber-Azeites Ibéricos, S.A., se ha dictado sentencia núm. 318/19, cuyo tenor literal es el siguiente:
«Que estimando íntegramente como estimo la demanda interpuesta, declaro resueltos los contratos de compraventa concertados entre las partes los días 7 de marzo de 2008 y 9 de marzo de 2008, debiendo condenar y condenando a Aziber-Azeites Ibéricos, S.A., a estar y pasar por dicha declaración, y a que abone a Explotaciones Jame, S.L.U., la cantidad de 131.250 €, más intereses legales de dicha cantidad a contar desde la reclamación judicial, con imposición de costas a la parte demandada.»
Y encontrándose dicho demandado, Aziber-Azeites Ibéricos, S.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin que sirva de notificación en forma al mismo.
En Jaén, a veinticuatro de julio de dos mil veinte.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.
«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada sólo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.
Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos, ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»
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