Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 242 de 20/12/2021

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo

Resolución de 15 de diciembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se amplían los créditos presupuestarios recogidos en la Resolución de 13 de abril de 2021, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo para la provincia de Cádiz.

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Por Orden de la Consejería de Conocimiento, Investigación y Universidad, de 21 de septiembre de 2018, se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo (BOJA núm. 187, de 26 de septiembre de 2018), modificada por la Orden de 27 de junio de 2019, Programa de estímulo a la creación y consolidación del trabajo autónomo. La citada Orden de 21 de septiembre de 2018, en su disposición adicional única, delega en la persona titular de la Dirección General en materia de Trabajo Autónomo la competencia para convocar, mediante resolución, las subvenciones reguladas en dicha orden.

Mediante Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, se convocó la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, regulada en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo.

En el resuelve tercero de la citada resolución se regula el crédito disponible, y se establece que, las subvenciones a conceder en esta convocatoria, se financiaban con las dotaciones que el Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2021 destinaba a las actuaciones en materia de trabajo autónomo en el ámbito de la Consejería competente en la misma, concretamente en el programa 72C «Emprendedores e Internacionalización de la Economía Andaluza», financiadas con fondos propios, sumando la cuantía para esta convocatoria de 9.000.000 euros.

Por Resolución de 3 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social se ampliaron los créditos presupuestarios de la Resolución de 13 de abril de 2021 en 23.151.258 euros, resultando una cuantía total de 32.151.258 euros.

El crédito disponible se distribuyó para cada medida de actuación en que se estructura la línea de ayudas convocadas, entre las ocho provincias andaluzas, por ser las respectivas Delegaciones Territoriales las competentes para instruir y resolver dicha línea.

Tras la apertura del plazo de la convocatoria, en la provincia de Cádiz se han presentado, para la mayoría de las medidas de actuación de la línea de ayudas convocadas, un número de solicitudes muy superior al de la disponibilidad de crédito contemplado para ellas.

Respecto a ello, el artículo 3.7 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, establece que, «La convocatoria podrá también prever que eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible, posibiliten una resolución complementaria de concesión que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan resultado beneficiarias por agotamiento del mismo». Esta previsión se recoge en el resuelve tercero, apartado 6, de la Resolución de 13 de abril de 2021.

Así, publicada la Ley 3/2020, de 28 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, existe crédito disponible en el Presupuesto destinado a las actuaciones en materia de trabajo autónomo en el ámbito de la Consejería competente en esta materia, concretamente en el programa 72C «Trabajo Autónomo y Economía Social», en la partida presupuestaria con la que se financian las subvenciones convocadas por la Resolución de 13 de abril de 2021.

Por tanto, en atención a lo expuesto, procede declarar una ampliación del crédito disponible en la Resolución de convocatoria de 13 de abril de 2021, y su posterior ampliación de Resolución de 3 de noviembre de 2021, de conformidad con lo establecido en el artículo 3.7 de la Orden de 21 de septiembre de 2018, con el objeto de atender el mayor de número de solicitudes posibles que, aun cumpliendo todos los requisitos, no pudieran resultar beneficiarias por agotamiento del mismo. Esta misma previsión se recoge en el resuelve tercero, apartado 6, de la Resolución de 13 de abril de 2021.

En virtud de lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas en la disposición adicional única de la Orden de 21 de septiembre de 2018,

RESUELVO

Primero. Declaración de créditos disponibles.

Se amplía en 2.358.800 euros la cuantía del crédito disponible destinado a la Resolución de 13 de abril de 2021, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se convoca la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, de la Línea 1, Estabilización de la iniciativa emprendedora en empresas de trabajo autónomo, reguladas en la Orden de 21 de septiembre de 2018, por la que se establecen las bases reguladoras del Programa de emprendimiento, segunda oportunidad y estabilización económica de las empresas de trabajo autónomo y a la Resolución de ampliación de créditos del 3 de noviembre de 2021, con cargo al servicio 18.

El importe de la ampliación se adicionará a los 32.151.258 euros mencionados en ambas Resoluciones, resultando una cuantía total de 34.510.058 euros.

Segundo. Distribución de créditos.

En cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.1 de la Orden de 6 de abril de 2018, por la que se regula el procedimiento de gestión presupuestaria del gasto público derivado de las subvenciones otorgadas por la Administración de la Junta de Andalucía y sus agencias administrativas y de régimen especial, la cuantía adicional de 2.358.800 euros, se distribuye entre las medidas de la línea de actuación convocadas mediante la Resolución de 13 de abril de 2021, en el ámbito provincial de Cádiz como a continuación se detallan, atendiendo al número de solicitudes presentadas que, aun cumpliendo todos los requisitos, no han resultado beneficiarias por agotamiento del crédito disponible. Así:

MEDIDAS PARTIDAS PRESUPUESTARIAS CÁDIZ
Mujeres trabajadoras autónomas menores de 35 años. 1000180063 G/72C/77800/11 S0045 595.000
Hombres trabajadores autónomos menores de 30 años. 1000180063 G/72C/77800/11 S0045 435.000
Mujeres trabajadoras autónomas mayores de 35 años o más. 1000180063 G/72C/77800/11 S0045 440.000
Hombres trabajadores autónomos mayores de 30 años o más. 1000180063 G/72C/77800/11 S0045 888.800
TOTAL AMPLIACIÓN: 2.358.800 euros

Tercero. Eficacia de la resolución.

La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 15 de diciembre de 2021.- La Consejera de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 21.9.2018, BOJA núm. 187, de 26.9.2018), la Directora General, Susana Romero Román.

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