Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 85 de 06/05/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 25 de marzo de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Dieciséis de Sevilla, dimanante de autos núm. 1647/2018. (PP. 1236/2021).

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NIG: 4109142120180061946.

Procedimiento: Procedimiento Ordinario 1647/2018. Negociado: 1T.

Sobre: Obligaciones: otras cuestiones.

De: Don Juan Miguel Pérez Fernández.

Procuradora: Sra. Ana María Asensio Vegas.

Contra: Don Luis Fernando Ariza Iglesias.

E D I C T O

En el presente procedimiento Procedimiento Ordinario 1647/2018 seguido a instancia de don Juan Miguel Pérez Fernández. frente a don Luis Fernando Ariza Iglesias se ha dictado sentencia, cuyo tenor literal es el siguiente:

SENTENCIA Núm. 20/21

En la ciudad de Sevilla, a 29 de enero de 2021.

Vistos por doña Isabel María Nicasio Jaramillo, Magistrada del Juzgado de Primera Instancia número Dieciséis de los de Sevilla, en Juicio Oral y Público, los autos del Juicio Ordinario núm. 1647/18 de los de este Juzgado, seguidos en reclamación de cantidad, habiendo sido partes de un lado don Juan Miguel Pérez Fernández representado por la Procuradora de los Tribunales doña Ana Asencio Vega y bajo la dirección letrada de don Francisco Castilla Moreno y de otro don Luis Fernando Ariza Iglesias en rebeldía.

FALLO

Debo estimar y estimo en su integridad la demanda formulada por la Procuradora de los Tribunales doña Ana Asencio Vega en la representación de don Juan Miguel Pérez Fernández contra don Luis Fernando Ariza Iglesias y, en consecuencia:

Primero. Debo condenar y condeno al demandado a que abone al actor la cantidad de ciento setenta y tres mil ochocientos treinta y un euros con sesenta y nueve céntimos (173.831,69 euros).

Segundo. Debo condenar y condeno al demandado al pago de los intereses moratorios de dicha cantidad, que deberán calcularse en relación a la cantidad vencida a la interposición de la demanda de 40.896 euros, desde la fecha de la interposición de la demanda y en relación al resto de las mensualidades impagadas desde sus respectivos vencimientos, todo ello hasta la fecha de esta sentencia, a partir de la cual se devengarán los intereses del artículo 576 de la LEC.

Tercero. Debo condenar y condeno a la parte demandada al pago de las costas procesales causadas.

Y encontrándose dicho demandado, don Luis Fernando Ariza Iglesias, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

En Sevilla, a veinticinco de marzo de dos mil veintiuno.- El/La Letrado/a de la Administración de Justicia.

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