Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 93 de 18/05/2021

4. Administración de justicia

Juzgados de Primera Instancia

Edicto de 1 de febrero de 2021, del Juzgado de Primera Instancia núm. Tres de Sevilla, dimanante de autos núm. 1402/2018. (PP. 1079/2021).

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NIG: 4109142120180052834.

Procedimiento: Juicio Verbal (250.2) 1402/2018. Negociado: 5.

Sobre: Reconocimiento de deuda.

De: Mercedes Díaz-Criado Rodríguez-Jurado.

Procuradora: Sra. Diana Navarro Gracia.

Contra: Don José Manuel Escudier Alonso y don Juan Álvarez Fernández.

E D I C T O

CÉDULA DE NOTIFICACIÓN

En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:

SENTENCIA núm. 196/19

En Sevilla, a dieciocho de julio de dos mil diecinueve.

Pronuncia la Ilma. Sra. doña Celia Belhadj Ben Gómez, Magistrada titular del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Sevilla, en el juicio verbal núm. 1402/18 seguidos por doña Mercedes Díaz-Criado Rodríguez-Jurado representada por el Procuradora Sra. Navarro Gracia y asistida del Letrado/a Sr./Sra. García Almagro contra don Juan Álvarez Fernández y don José Manuel Escuider Alonso, declarados en situación procesal de rebeldía.

Sobre reclamación de cantidad.

F A L L O

Primero. Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda formulada por el Procurador/a Sr./Sra. Navarro Gracia en nombre y representación de doña Mercedes Díaz-Criado Rodríguez-Jurado contra don Juan Álvarez Fernández y don José Manuel Escuider Alonso, y en consecuencia debo condenar y condeno a estos últimos a abonar a la parte actora la cantidad de mil setecientos sesenta y ocho euros y ochenta y dos céntimos –1.768,02 €–, e intereses en el modo dispuesto en el fundamento de derecho tercero de esta resolución.

Segundo. En cuanto a las costas serán impuestas a la parte demandada.

Notifíquese en legal forma la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso alguno.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando en primera instancia, lo pronuncio, mando y firmo.

Publicación. Dada, leída y publicada ha sido la anterior sentencia por la Ilma. Sra. Magistrada-Juez que la dicta, celebrando audiencia pública en el día de la fecha. De todo ello doy fe.

Y como consecuencia del ignorado paradero de José Manuel Escudier Alonso, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.

Sevilla, a uno de febrero de dos mil veintiuno.- La Letrada de la Administración de Justicia.

«La difusión del texto de esta resolución a partes no interesadas en el proceso en el que ha sido dictada solo podrá llevarse a cabo previa disociación de los datos de carácter personal que los mismos contuvieran y con pleno respeto al derecho a la intimidad, a los derechos de las personas que requieran un especial deber de tutela o a la garantía del anonimato de las víctimas o perjudicados, cuando proceda.

Los datos personales incluidos en esta resolución no podrán ser cedidos ni comunicados con fines contrarios a las leyes.»

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