Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 213 de 07/11/2022

1. Disposiciones generales

Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo

Resolución de 28 de octubre de 2022, de la Dirección General de Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se reasigna el crédito de la convocatoria de las líneas 1 y 2 destinadas a la modernización digital y la mejora de la competitividad de las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomos, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias, personas mutualistas y diversas entidades de la economía social en las provincias de Almería y Huelva.

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Mediante Resolución de fecha 18 de noviembre de 2021, se convocaron, para el periodo 2021-2022, dos líneas de subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva, Línea 1: Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas, y Línea 2: Subvenciones dirigidas a sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía, dictada al amparo de la Orden de 15 de octubre de 2021 (BOJA núm. 202, de 20 de octubre).

El apartado quinto de la resolución de convocatoria establecía que se destinaba un total de 7.359.954 euros con cargo al programa presupuestario 72C del presupuesto para las anualidades 2021 y 2022, cofinanciados en un 80%, con cargo al Programa Operativo Regional de Andalucía FEDER 2014-2020, correspondiéndole a la Administración de la Junta de Andalucía el 20% restante, incluyendo una distribución inicial de los créditos disponibles en atención al ámbito territorial de competitividad previsto en la orden.

Ese mismo apartado, en su punto cuarto, establecía que para la disponibilidad presupuestaria, sobrante y reasignación de crédito y eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible se estaría a lo dispuesto en el artículo 8 de la Orden de 15 de octubre de 2021, que disponía que en el supuesto de que, una vez tramitadas la totalidad de solicitudes presentadas, en alguna de las líneas de subvención resultara sobrante del crédito asignado para su financiación, este se podría reasignar para financiar las solicitudes de la otra línea de subvención que hubieran sido desestimadas por agotamiento de crédito.

Con el fin de optimizar y alcanzar el aprovechamiento completo de los fondos destinados a las subvenciones previstas en la Orden de 15 de octubre de 2021 y a la vista de las solicitudes presentadas para cada una de las líneas previstas, mediante Resoluciones de 30 de agosto de 2022 y 23 de septiembre de 2022, de la actual Delegación Territorial de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo en la provincia de Almería y Huelva, respectivamente, se declaró la finalización de la consignación presupuestaria para la línea 1, así como el crédito sobrante en 239.609,01 € y 61.725,13 € en la línea 2 de las citadas provincias.

Atendiendo a las habilitaciones de la resolución de convocatoria anteriormente descritas, al estado de tramitación de los expedientes y al excedente de créditos en la línea 2 en la provincia de Almería y Huelva, es necesario realizar una redistribución de crédito presupuestario en esas provincias a fin de atender las solicitudes recibidas que cumplen los requisitos para ser beneficiarias.

En su virtud, en atribución de la competencia conferida en el Decreto 155/2022, de 9 de agosto, por el que se regula la estructura orgánica de la Consejería de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, y la disposición final primera de la Orden de 15 de octubre de 2021, esta Dirección General

RESUELVE

Único. Redistribuir el crédito presupuestario de los ejercicios económicos 2021 y 2022 de la provincia de Almería y Huelva entre las distintas líneas de subvención, asignando el crédito sobrante de la línea 2 a la línea 1.

Partiendo de la cuantía inicial de los créditos presupuestados para cada una de las líneas de subvenciones:

Línea subvencionable Partida presupuestaria Anualidad 2021 (euros) Anualidad 2022 (euros) Total crédito (euros)
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas. Almería 1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061
312.138,00 140.716,00 452.854,00
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía. Almería
1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976
240.000,00 152.739,10 392.739,10
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas. Huelva 1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061
144.519 65.151 209.670
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía. Huelva
1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976
100.000 63.641,40 163.641,40

Se redistribuye el crédito sobrante en la línea 2, asignándose a la línea 1:

Línea subvencionable Partida presupuestaria Crédito inicial (euros) Crédito sobrante/
reasignado (euros)
Total crédito (euros)
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas. Almería 1000170063G/72C/77808/04
A1221082E1 2021001061
452.854,00 239.609,01 692.463,01
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía. Almería
1000178069G/72C/77807/04
A1221082E7 2021000976
392.739,10 -239.609,01 153.130,09
Línea 1. Subvenciones dirigidas a las personas trabajadoras por cuenta propia o autónomas, personas trabajadoras por cuenta propia agrarias y mutualistas. Huelva 1000170063G/72C/77808/21
A1221082E1 2021001061
209.670 61.725,13 271.395,13
Linea 2. Subvenciones dirigidas a
sociedades cooperativas andaluzas y sociedades laborales de Andalucía. Huelva
1000178069G/72C/77807/21
A1221082E7 2021000976
163.641,40 -61.725,13 101.916,27

La presente resolución surtirá efectos a partir del mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 28 de octubre de 2022.- La Consejera de Empleo, Empresa y Trabajo Autónomo, P.D. (Orden de 15.10.2021, BOJA núm. 202, de 20.10.2021), la Directora General, Susana Romero Román.

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