Resolución de 15 de julio de 2026, de la Universidad de Huelva, por la que se convoca concurso público de méritos para la provisión de plazas de Profesorado Asociado del Concierto con Instituciones Sanitarias (Profesorado Asociado CIS).
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De conformidad con lo establecido en el artículo 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en la redacción dada por la disposición final segunda de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (en adelante, LOSU); en la disposición adicional decimotercera y en el artículo 49 de la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía; en el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, sobre bases generales del régimen de conciertos entre las universidades e instituciones sanitarias; y de acuerdo con el Reglamento de concursos para la provisión de plazas de Profesorado Asociado del Concierto con Instituciones Sanitarias de la Universidad de Huelva, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2026 (en adelante, el Reglamento), este Rectorado, en uso de las competencias que le atribuye el artículo 50 de la LOSU y los Estatutos de la Universidad de Huelva, previa aprobación del Consejo de Gobierno y de la Consejería con competencias en materia de universidades, ha resuelto convocar concurso público de méritos para la provisión de las plazas de Profesorado Asociado del Concierto con Instituciones Sanitarias (Profesorado Asociado CIS) que se relacionan en el Anexo I de la presente resolución, con sujeción a las siguientes
BASES DE LA CONVOCATORIA
1. Normas generales.
1.1. Objeto.
Se convoca concurso público de méritos para la provisión, mediante contrato laboral especial de duración determinada y dedicación a tiempo parcial, de las plazas de Profesorado Asociado del Concierto con Instituciones Sanitarias (en adelante, Profesorado Asociado CIS) de la Universidad de Huelva que se relacionan en el Anexo I, vinculadas a un centro o institución sanitaria concertada y asociadas al desempeño de actividad asistencial efectiva, en el marco de la colaboración institucional de la Universidad de Huelva con el sistema sanitario para la formación práctica y clínica en titulaciones del ámbito de Ciencias de la Salud, de conformidad con el artículo 1 del Reglamento.
1.2. Normativa aplicable.
El presente concurso se regirá por lo dispuesto en el Reglamento de concursos para la provisión de plazas de Profesorado Asociado CIS de la Universidad de Huelva, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2026, dictado al amparo de la legislación universitaria y sanitaria aplicable y, en particular, de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario; la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad; el Real Decreto 1558/1986, de 28 de junio, sobre bases generales del régimen de conciertos entre universidades e instituciones sanitarias; la Ley 1/2026, de 20 de febrero, Universitaria para Andalucía; la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Resultan asimismo de aplicación los Estatutos de la Universidad de Huelva, la normativa propia de la Universidad de Huelva en materia de profesorado, y los convenios y conciertos suscritos con las instituciones sanitarias y sus acuerdos de desarrollo, de conformidad con el Marco normativo del Reglamento.
1.3. Naturaleza y régimen jurídico de los contratos.
1.3.1. Los contratos que suscriban las personas aspirantes que resulten seleccionadas tendrán naturaleza laboral especial, carácter temporal y dedicación a tiempo parcial.
1.3.2. De conformidad con el artículo 105 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, en la redacción dada por la disposición final segunda de la LOSU, el profesorado asociado vinculado al concierto con instituciones sanitarias «se regirá por las normas propias de los Profesores Asociados y las Profesoras Asociadas de la universidad, a excepción de la dedicación horaria, con las peculiaridades que reglamentariamente se establezcan en cuanto al régimen temporal de sus contratos». En consecuencia, la dedicación y la duración de cada contrato de Profesorado Asociado CIS no siguen el régimen general del profesorado asociado, sino las peculiaridades que a tal efecto establece el Reglamento, sin perjuicio de los acuerdos que, en su caso, pueda adoptar la Comisión Mixta del Concierto en el ejercicio de sus funciones de seguimiento y coordinación, conforme a la disposición adicional segunda del Reglamento.
1.3.3. La dedicación y la duración de cada contrato constarán en el documento contractual, de conformidad con los artículos 7.c) y 25.1.c) del Reglamento.
1.3.4. La plaza queda indisolublemente vinculada a la actividad asistencial efectiva de la persona contratada en el centro o institución sanitaria concertada de referencia. La pérdida de dicha vinculación determinará, en los términos del apartado 9 de estas bases, la extinción del contrato, con independencia del momento en que se produzca dentro de su vigencia.
2. Condiciones y requisitos de las personas solicitantes.
Todos los requisitos, condiciones y méritos alegados por las personas aspirantes deberán haberse adquirido a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse hasta la formalización del contrato y durante su vigencia cuando así resulte exigible por su naturaleza, de conformidad con el artículo 8.2 del Reglamento.
2.1. Condiciones y requisitos de carácter general.
De conformidad con el artículo 8.1 del Reglamento, las personas aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:
a) Tener la nacionalidad española o cumplir los requisitos legalmente establecidos para el acceso de personas nacionales de otros Estados.
b) Haber cumplido dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las tareas.
d) No haber sido separada/o del servicio ni hallarse inhabilitada/o en los términos previstos en la normativa aplicable.
e) Reunir la titulación exigida y los restantes requisitos específicos previstos en el Reglamento y en esta convocatoria.
2.2. Requisitos específicos del Profesorado Asociado CIS: Vinculación asistencial y adecuación clínica.
De conformidad con el artículo 9 del Reglamento, y sin perjuicio de los requisitos generales del apartado anterior, serán requisitos imprescindibles para participar en las plazas objeto de esta convocatoria:
a) Ostentar vinculación profesional asistencial con el centro concertado al que se adscriba la plaza, en puesto, nombramiento o categoría que comporte actividad asistencial efectiva en la unidad, servicio o adscripción funcional equivalente indicada en el Anexo I.
b) Acreditar la titulación, cualificación sanitaria y, en su caso, la especialidad o competencia profesional exigida para el perfil convocado, conforme se indique en el Anexo I.
c) Acreditar, cuando resulte exigible conforme a la normativa aplicable al profesorado asociado, que la actividad asistencial constituye la actividad profesional principal de la persona candidata fuera del ámbito académico universitario.
La vinculación asistencial se acreditará mediante certificación expedida por el órgano competente del centro concertado, con indicación del tipo de vínculo, categoría y dedicación, unidad o servicio, y fecha de efectos y, en su caso, duración prevista, en los términos del artículo 9.2 del Reglamento.
2.3. Mantenimiento del requisito asistencial durante la vigencia del contrato.
El mantenimiento de la vinculación asistencial constituye condición esencial del vínculo laboral del Profesorado Asociado CIS durante toda la duración del contrato, de conformidad con el artículo 10 del Reglamento. La Universidad de Huelva podrá requerir en cualquier momento la acreditación de dicho requisito, con periodicidad al menos anual, con carácter previo a la firma del contrato y de forma extraordinaria cuando existan indicios razonables de pérdida del requisito o de cambio de adscripción asistencial, mediante informe del centro concertado y, cuando pudiera producir efectos desfavorables para la persona interesada, previa audiencia de esta. El cese de la actividad asistencial principal será causa objetiva de extinción del contrato, en los términos del apartado 9 de estas bases.
3. Solicitudes y documentación.
3.1. Plazo y forma de presentación.
3.1.1. El plazo de presentación de solicitudes será de quince días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía (BOJA), de conformidad con el artículo 15.2 del Reglamento.
3.1.2. De conformidad con el artículo 16.1 del Reglamento, la participación en el concurso exigirá, dentro del plazo señalado, la realización conjunta de las siguientes actuaciones:
a) Cumplimentación de la solicitud (Anexo II) y carga de la documentación y méritos en la plataforma corporativa de baremación de la Universidad de Huelva (o la que la sustituya), conforme a las instrucciones que se publiquen al efecto.
b) Presentación electrónica de la solicitud generada por la plataforma a través del Registro Electrónico de la Universidad de Huelva, por los medios electrónicos admitidos conforme a la normativa aplicable, o según se indique en la convocatoria.
3.1.3. La solicitud cumplimentada en la plataforma no producirá efectos si no se presenta en plazo por alguno de los medios indicados en la letra b) anterior, teniendo dicha falta de presentación carácter insubsanable, de conformidad con el artículo 16.2 del Reglamento.
3.1.4. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes no podrán alegarse nuevos méritos, ni modificarse la imputación de los ya alegados. Solo serán objeto de valoración los méritos incorporados en el apartado correspondiente de la plataforma dentro de dicho plazo y acreditados con la totalidad de la documentación exigida, sin posibilidad de subsanación posterior, de conformidad con el artículo 16.3 y el artículo 19.2 del Reglamento.
3.2. Documentación a presentar.
3.2.1. Documentación de carácter general. Conforme al artículo 16.4 del Reglamento, se incorporará en todo caso a la plataforma de baremación, en formato PDF:
a) Solicitud registrada (Anexo II) y justificante de registro.
b) Justificante del pago de tasas de participación y, en su caso, documentación acreditativa de la exención o bonificación que corresponda, salvo que la convocatoria indique otro procedimiento.
a. Los derechos de participación serán de 25 euros por cada una de las plazas a las que se desee concursar, que se ingresarán, dentro del plazo de presentación de solicitudes (Anexo II) , en la cuenta de la Universidad de Huelva en cualquier sucursal del Banco de Santander en la cuenta con IBAN núm. ES49 0049 4960 4423 1610 8758, a nombre de «Universidad de Huelva», especificándose en el resguardo acreditativo el nombre y apellidos de la persona interesada, DNI y el número de orden de la plaza o plazas y número de RPT a las que se concursa. La falta de pago de los derechos de participación durante el plazo de presentación de solicitudes (Anexo II) no es subsanable y determinará la exclusión de la persona aspirante. En ningún caso, la realización del ingreso supondrá sustitución del trámite de presentación en tiempo y forma de la solicitud.
b. Estarán exentos de pago:
i. Las personas con discapacidad igual o superior al 33 por ciento, debiendo acompañar a la solicitud, certificado que acredite tal condición.
ii. Las víctimas del terrorismo, sus cónyuges e hijos/as, siempre y cuando se acredite tal circunstancia con el informe preceptivo de la Institución correspondiente.
iii. Las familias numerosas de categoría especial tendrán derecho a una exención del 100% de la tasa y a una bonificación del 50% los que fueran de categoría general. La condición de familia numerosa se acreditará mediante el correspondiente título actualizado.
c) Documento de Identidad o Pasaporte en vigor.
d) Titulación exigida en el Anexo I y demás acreditaciones académicas, mediante copia del título correspondiente o, en su defecto, certificación supletoria provisional conforme al artículo 14.2 del Real Decreto 1002/2010, de 5 de agosto. En el caso de títulos extranjeros, deberá aportarse la documentación acreditativa de la resolución de homologación o la declaración de equivalencia.
3.2.2. Documentación acreditativa de la vinculación asistencial (requisito específico del Profesorado Asociado CIS). Conforme al artículo 16.4.e) del Reglamento, deberá aportarse certificación o informe emitido por el órgano competente del centro concertado, de la entidad sanitaria correspondiente o de la unidad de recursos humanos equivalente (Gerencia, Dirección de Personal o análoga), acreditativo de que la persona candidata se encuentra en servicio activo y adscrita al centro concertado y a la unidad, servicio o dispositivo indicado en el Anexo I, con indicación de la categoría profesional, tipo de vínculo y fecha de efectos.
3.2.3. Documentación acreditativa de los méritos. Los méritos alegados se acreditarán conforme al baremo del Anexo III, debiendo consignarse de forma individualizada en el apartado o subapartado correspondiente de la plataforma de baremación y acompañarse, preferentemente, de un único documento electrónico por mérito. No se valorarán los méritos incorporados de forma agrupada en archivos genéricos, ni los consignados en un apartado del baremo que no les corresponda, de conformidad con el artículo 19.5 del Reglamento. Un mismo mérito no podrá alegarse ni valorarse en más de un apartado o subapartado del baremo (artículo 19.4 del Reglamento).
4. Admisión de aspirantes.
4.1. Finalizado el plazo de presentación de solicitudes, se publicará en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva (TEO) la lista provisional de personas admitidas y excluidas, con indicación expresa, en su caso, de la causa de exclusión, de conformidad con el artículo 17.1 del Reglamento.
4.2. Las personas interesadas dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de la lista provisional, para subsanar los defectos que hayan motivado su exclusión u omisión, o para formular las alegaciones que estimen pertinentes, de conformidad con el artículo 17.2 del Reglamento. Dicha subsanación se refiere exclusivamente a defectos de la solicitud o de la documentación exigida para la admisión, no pudiendo utilizarse para incorporar méritos nuevos, modificar la imputación de los ya alegados ni aportar ex novo la documentación acreditativa exigida para su valoración cuando no hubiera sido presentada en plazo, de conformidad con el artículo 17.3 del Reglamento.
4.3. Tendrán carácter no subsanable, determinando la exclusión definitiva de la persona aspirante, al menos: a) la falta de presentación de la solicitud por los medios previstos en el apartado 3.1.2.b) de estas bases; b) la falta de pago de tasas en plazo cuando proceda, sin perjuicio de las exenciones o bonificaciones acreditadas conforme a la convocatoria; y c) la carencia material de los requisitos exigidos para participar a la fecha de finalización del plazo de solicitudes, incluido, expresamente, el requisito de vinculación asistencial efectiva regulado en el apartado 2.2 de estas bases, todo ello conforme al artículo 17.5 del Reglamento.
4.4. Transcurrido el plazo de subsanación, se publicará en el TEO la lista definitiva de personas admitidas y excluidas. Dicha publicación producirá efectos de notificación a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, sin perjuicio de la difusión complementaria, sin efectos jurídicos, que pueda realizarse en la web institucional o en los canales del centro concertado.
5. Comisión de Contratación del Profesorado Asociado CIS.
5.1. La valoración de los méritos alegados y acreditados por las personas candidatas corresponde a la Comisión de Contratación del Profesorado Asociado CIS, cuya naturaleza, funciones, composición y régimen de funcionamiento se regulan en el Título IV del Reglamento (artículos 11 a 14). En particular, la Comisión estará integrada por la Presidencia, la Secretaría y las personas vocales previstas en el artículo 12 del Reglamento, respetándose el principio de presencia equilibrada de mujeres y hombres, y deberá constituirse en el plazo máximo de un mes desde la publicación en el TEO de la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, salvo previsión distinta debidamente justificada, conforme al artículo 14 del Reglamento.
5.2. Corresponde a la Comisión valorar los méritos conforme al baremo del Anexo III, emitir informe técnico motivado sobre la idoneidad docente-clínica de las personas candidatas, y formular la propuesta técnica de prelación o, en su caso, la propuesta motivada de no provisión de la plaza, de conformidad con el artículo 11.2 del Reglamento.
5.3. La Comisión actuará con sujeción a los principios de objetividad, imparcialidad, neutralidad, transparencia y cualificación, y a la composición equilibrada entre mujeres y hombres, siéndole de aplicación el régimen de abstención y recusación previsto en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de conformidad con el artículo 13.3 del Reglamento.
5.4. La composición nominativa de la Comisión de Contratación correspondiente a cada plaza convocada se hará pública en el Tablón Electrónico Oficial de la Universidad de Huelva con anterioridad a su constitución, sin perjuicio de la publicidad de la presente convocatoria en el BOJA.
6. Desarrollo del concurso: valoración de méritos, baremo y criterios de afinidad.
6.1. La Comisión de Contratación valorará los méritos alegados y correctamente acreditados por las personas candidatas conforme al baremo que se recoge en el Anexo III de esta convocatoria (coincidente con el Anexo I del Reglamento), atendiendo a su pertinencia respecto del perfil de la plaza, de conformidad con el artículo 19.1 del Reglamento. No se valorarán los méritos no acreditados documentalmente con la totalidad de la documentación exigida, ni los que no se encuentren adecuadamente consignados en el apartado correspondiente del baremo.
6.2. La aplicación de porcentajes o coeficientes de afinidad se realizará conforme a la tabla de afinidades aprobada por el Consejo de Departamento competente a instancia del Área de Conocimiento, validada por la Comisión de Ordenación Académica y aprobada por el Consejo de Gobierno, en los términos del artículo 19.3 del Reglamento. Dicha tabla mantendrá su vigencia hasta su modificación o sustitución expresa.
6.3. Concluida la valoración, la Comisión aprobará una propuesta provisional que contendrá la relación de personas aspirantes con puntuación total y desagregada por bloques y subapartados del baremo, así como la relación ordenada de aspirantes a efectos de la bolsa por centro prevista en el apartado 11 de estas bases, pudiendo formularse alegaciones frente a dicha propuesta en el plazo de diez días hábiles desde el día siguiente al de su publicación, de conformidad con el artículo 20 del Reglamento.
6.4. Resueltas las alegaciones que, en su caso, se hubieran presentado, la Comisión emitirá propuesta definitiva, que incluirá la relación final de aspirantes con puntuación total y desagregada, la propuesta de adjudicación y la relación ordenada a efectos de bolsa por centro, remitiéndose el expediente al órgano universitario competente para su tramitación y resolución, de conformidad con el artículo 21 del Reglamento. La Comisión podrá proponer motivadamente la no provisión de la plaza, declarándola desierta, cuando ninguna candidatura alcance la idoneidad mínima exigible o resulte manifiestamente inadecuada al perfil docente-clínico y asistencial de la plaza.
6.5. Los empates en la puntuación total se resolverán conforme a los criterios de desempate recogidos en el Anexo III.
7. Resolución del concurso.
7.1. La adjudicación de la plaza se efectuará mediante resolución del Rectorado de la Universidad de Huelva, o del órgano competente por delegación, que se publicará en el TEO e indicará la persona adjudicataria, el centro concertado, el servicio o unidad y demás extremos esenciales, de conformidad con el artículo 22 del Reglamento. Dicha publicación producirá efectos de notificación a las personas interesadas, de conformidad con el artículo 18 del Reglamento.
7.2. El plazo máximo transcurrido entre la publicación de esta convocatoria en el BOJA y la publicación de la resolución de adjudicación no podrá exceder de seis meses, de conformidad con el artículo 23 del Reglamento.
7.3. Se elaborará una lista de personas candidatas no adjudicatarias, ordenada por la puntuación obtenida, que dará lugar a la bolsa ordinaria por centro regulada en el apartado 11 de estas bases.
8. Formalización del contrato, presentación de documentos e incorporación de la persona adjudicataria.
8.1. La persona adjudicataria deberá aportar, con carácter previo a la firma del contrato y en el plazo de cinco días hábiles desde la publicación de la resolución de adjudicación en el TEO, salvo causa no imputable debidamente acreditada, la siguiente documentación, de conformidad con el artículo 24.1 del Reglamento:
a) Certificación actualizada de vinculación asistencial efectiva en el centro concertado y unidad o servicio de referencia, en los términos del apartado 2.2 de estas bases.
b) Documentación y declaraciones exigidas en materia de incompatibilidades y compatibilidad, conforme a la normativa aplicable cuando proceda.
c) Aceptación expresa de la plaza.
8.2. La firma del contrato no podrá producirse hasta que la documentación preceptiva haya sido aportada y verificada por el órgano competente. La falta de aportación de la documentación exigida o de aceptación de la plaza dentro del plazo señalado determinará el decaimiento del derecho a la contratación, procediéndose a la adjudicación a la persona candidata siguiente conforme al orden de prelación resultante del concurso y, en su caso, a la bolsa por centro regulada en el apartado 11 de estas bases, salvo causa no imputable debidamente acreditada y apreciada motivadamente por el órgano competente, de conformidad con el artículo 24.2 del Reglamento.
8.3. Si la persona adjudicataria no formalizara el contrato en plazo o renunciara, se procederá a la adjudicación a la persona candidata siguiente, por el orden de prelación aplicable y, cuando proceda, por la bolsa por centro correspondiente. Si no existiera aspirante disponible, se declarará la plaza desierta y podrá iniciarse una nueva convocatoria cuando persistan las necesidades docentes y la plaza se mantenga concertada, de conformidad con el artículo 25.3 del Reglamento.
9. Extinción del contrato.
Además de las causas generales previstas en la normativa laboral, universitaria y convencional aplicable, y previa tramitación del procedimiento que resulte aplicable, el contrato de Profesorado Asociado CIS se extinguirá específicamente, de conformidad con el artículo 26 del Reglamento, por:
a) Pérdida sobrevenida de la vinculación asistencial efectiva exigida para la plaza, o baja, por cualquier causa, en la plaza, puesto, nombramiento o situación asistencial que habilitó la contratación.
b) Pérdida sobrevenida de los requisitos específicos exigidos para el desempeño de la plaza, cuando imposibilite legal o materialmente la continuidad en la contratación.
c) Desaparición o reducción objetiva, debidamente acreditada y motivada, de la necesidad docente clínica que justificó la contratación.
d) Incumplimiento grave y debidamente acreditado de las obligaciones docentes o de confidencialidad clínica.
Cuando los hechos pudieran ser constitutivos de responsabilidad disciplinaria en el ámbito asistencial, docente o mixto, la Universidad actuará de conformidad con la normativa aplicable y con los mecanismos de coordinación previstos en el Concierto con Instituciones Sanitarias, sin perjuicio de las competencias que correspondan a cada Administración o entidad.
10. Régimen de dedicación y régimen retributivo.
10.1. La dedicación de cada plaza es la que se determine en el Anexo I, de conformidad con el artículo 7.c) del Reglamento. Dicha dedicación podrá comprender, cuando así se determine en el Plan de Colaboración vigente y medie informe favorable del centro concertado, funciones de tutorización o coordinación de prácticas clínicas que no comporten el desempeño de funciones estructurales de gestión o coordinación ajenas a la docencia propia de la plaza, de conformidad con la disposición adicional primera y el artículo 25.1.b) del Reglamento.
10.2. Las retribuciones del Profesorado Asociado CIS serán las establecidas en el convenio colectivo del personal docente e investigador laboral de las Universidades Públicas Andaluzas vigente en la fecha de contratación, de conformidad con el artículo 27 del Reglamento.
11. Bolsa ordinaria de Profesorado Sustituto por centro concertado.
11.1. Una vez resuelta, esta convocatoria dará lugar, para cada centro o institución sanitaria concertada, a la constitución de una bolsa ordinaria destinada a la contratación de Profesorado Sustituto en los supuestos previstos en el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la contratación del Profesorado Sustituto de la Universidad de Huelva, de conformidad con el artículo 28 del Reglamento.
11.2. La bolsa ordinaria estará integrada por las personas candidatas admitidas y valoradas en esta convocatoria que no hubieran obtenido plaza, ordenadas conforme a la puntuación total obtenida y a los criterios de desempate del Anexo III, y tendrá carácter exclusivo para la cobertura de necesidades docentes correspondientes al centro o perfil asistencial para el que hubiera sido constituida. La incorporación a la bolsa no generará derecho subjetivo a contratación alguna, de conformidad con el artículo 28.4 del Reglamento.
11.3. Los llamamientos, la aceptación de la oferta y la formalización contractual de las contrataciones derivadas de la bolsa se ajustarán a lo previsto en el Reglamento por el que se regula el procedimiento para la contratación del Profesorado Sustituto de la Universidad de Huelva, en lo que resulte aplicable al Profesorado Asociado CIS, de conformidad con el artículo 29 del Reglamento.
12. Protección de datos personales y confidencialidad clínica.
De conformidad con la disposición adicional tercera del Reglamento, el tratamiento de los datos personales de las personas aspirantes y el acceso al expediente del concurso se regirán por la normativa de protección de datos de carácter personal y por la normativa interna aplicable de la Universidad de Huelva. El Profesorado Asociado CIS deberá observar, además, las obligaciones de confidencialidad clínica y los protocolos del centro o institución sanitaria concertada y de la propia Universidad.
13. Recursos.
El Reglamento no regula un régimen específico de recursos frente a las resoluciones dictadas en aplicación de esta convocatoria. En consecuencia, y por exigencia de la legislación general de procedimiento administrativo aplicable a toda resolución rectoral que agote la vía administrativa, contra la presente resolución podrá interponerse, con carácter potestativo, recurso de reposición ante este Rectorado en el plazo de un mes, conforme a los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Huelva, de conformidad con el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Disposición final. Entrada en vigor y relación por medios electrónicos.
La presente convocatoria surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el BOJA. Las personas que participen en el concurso estarán obligadas a relacionarse por medios electrónicos con la Universidad de Huelva para la realización de los trámites inherentes al proceso selectivo, al amparo del artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
Lo que se hace público para general conocimiento.
Huelva, 15 de julio de 2026.- El Rector, José Rodríguez Quintero.
ANEXO I
Concurso público de méritos para la provisión de plazas de Profesorado Asociado del Concierto con Instituciones Sanitarias (Profesorado Asociado CIS).
1. RPT: DL004461.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Patología digestiva (Hospital Juan Ramón Jiménez).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Juan Ramón Jiménez.
2. RPT: DL004462.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Patología digestiva (Hospital Infanta Elena).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Infanta Elena.
3. RPT: DL004463.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Microbiología (Hospital Juan Ramón Jiménez).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Juan Ramón Jiménez.
4. RPT: DL004464.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Microbiología (Hospital Infanta Elena).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Infanta Elena.
5. RPT: DL004465.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Cirugía General (Hospital Juan Ramón Jiménez).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Juan Ramón Jiménez.
6. RPT: DL004466.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Cirugía General (Hospital Infanta Elena).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Infanta Elena.
7. RPT: DL004467.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Medicina Interna (Hospital Juan Ramón Jiménez).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Juan Ramón Jiménez.
8. RPT: DL004468.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Medicina Interna (Hospital Infanta Elena).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Infanta Elena.
9. RPT: DL004469.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Otorrinolaringología (Hospital Juan Ramón Jiménez).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Juan Ramón Jiménez.
10. RPT: DL004470.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Oftalmología (Hospital Infanta Elena).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Infanta Elena.
11. RPT: DL004471.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Radiología (Hospital Juan Ramón Jiménez).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Juan Ramón Jiménez.
12. RPT: DL004472.
Área de conocimiento: Medicina.
Departamento: Medicina y Salud Pública.
Actividades docentes: Radiología (Hospital Infanta Elena).
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría).
Centro o institución sanitaria concertada: Hospital Infanta Elena.
13. RPT: DL002216.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Huelva-Costa, en las siguientes zonas básicas de salud: Los Rosales e Isla Chica.
14. RPT: DL000615.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Huelva-Costa, en las siguientes zonas básicas de salud: El Torrejón.
15. RPT: DL002206.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Huelva-Costa, en las siguientes unidades-centros: La Orden.
16. RPT: DL000903.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Huelva-Costa, en las siguientes zonas básicas de salud: Adoratrices.
17. RPT: DL001695.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Huelva-Costa, en las siguientes zonas básicas de salud: Huelva-Centro.
18. RPT: DL001694.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Condado-Campiña, en las siguientes zonas básicas de salud: Gibraleón, Campiña Sur, Campiña Norte.
19. RPT: DL001696.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Ginecología, Maternidad, Paritorio y Consultas Externas de Medicina Preventiva.
20. RPT: DL002208.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Pediatría, Neonatos, Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales, Hospital de día pediátrico, Consultas Externas de Pediatría.
21. RPT: DL001693.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Nefrología, Diálisis, Digestivo y Hospital de día quirúrgico.
22. RPT: DL002231.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Área Quirúrgica.
23. RPT: DL000613.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Medicina Interna e Infecciosos, Otorrinolaringología y Cirugía Vascular.
24. RPT: DL000902.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Unidades de Cuidados Críticos (coronaria, polivante y Zendal) y Hemodinámica.
25. RPT: DL002115.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Traumatología, Urología, Neurocirugía, Hospital de día médico, Centro de transfusión y Psiquiatría.
26. RPT: DL002114.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Juan Ramón Jiménez, en las siguientes unidades: Pruebas especiales (Respiratorio, Cardiología, Endoscopia, Urología), Consultas Externas de Oftalmología y Cirugía, Urgencias, Endocrinología y Nutrición.
27. RPT: DL002215.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Infanta Elena, en las siguientes unidades: Unidad de Cuidados Intensivos y Urgencias.
28. RPT: DL002217.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Infanta Elena, en las siguientes unidades: Medicina Interna (3.ª y 6.ª), Traumatología, Cardiología, Neurología y Cirugía.
29. RPT: DL000639.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Hospital Infanta Elena, en las siguientes unidades: Área Quirúrgica, Medicina Interna (2.ª y 5.ª), Digestivo y Neumología.
30. RPT: DL004473.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Hospitalaria y Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Área de Gestión Sanitaria Norte de Huelva, en los siguientes centros y zonas básicas de salud: Hospital de Riotinto, Aracena, Minas de Riotinto, Cortegana, Valverde del Camino, Calañas, Cumbres Mayores.
31. RPT: DL004474.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Huelva-Costa en las siguientes zonas básicas de salud: Puebla de Guzmán, Alosno, Cabezas Rubias, El Granado, Paymogo, Sanlúcar, Santa Bárbara, Tharsis, Villanueva de los Castillejos, Cartaya, Isla Cristina, Ayamonte.
RPT: DL004475.
Área de conocimiento: Enfermería.
Departamento: Enfermería.
Dedicación: 6 horas semanales (3 horas lectivas + 3 horas de tutoría) (Horario de mañana y tarde).
Actividades docentes: Impartir docencia en asignaturas adscritas al Área en el Grado en Enfermería. Perfil docente-clínico y asistencial en Atención Primaria de Salud.
Centro concertado y unidades/servicios de referencia: Distrito Sanitario Condado-Campiña, en las siguientes zonas básicas de salud: Niebla, La Palma, Mazagón, Rociana, Bonares, Lucena del Puerto, Almonte.
El baremo aplicable a todas las plazas relacionadas en este Anexo I es el recogido en el Anexo III de esta convocatoria, coincidente con el Anexo I del Reglamento de concursos para la provisión de plazas de Profesorado Asociado CIS de la Universidad de Huelva.
La Comisión de Contratación competente para la valoración de estas plazas es la regulada en el Título IV del Reglamento (artículos 11 a 14), conforme a lo indicado en el apartado 5 de las bases de esta convocatoria.
ANEXO II
ANEXO III
Baremo
Concursos para la provisión de plazas de Profesorado Asociado Clínico/CIS de la Universidad de Huelva (reproducción íntegra del Anexo I del Reglamento de concursos para la provisión de plazas de Profesorado Asociado del Concierto con Instituciones Sanitarias de la Universidad de Huelva, aprobado por Acuerdo de Consejo de Gobierno de 27 de junio de 2026)
La valoración de los méritos se realizará atendiendo a la tabla de afinidades vigente y al perfil de la plaza convocada, y se estructurará en los siguientes bloques y puntuación máxima:
I. Formación académica y especializada (15 puntos).
II. Actividad docente (30 puntos).
III. Investigación y transferencia aplicada (10 puntos).
IV. Actividad profesional asistencial, competencia y responsabilidad clínica (40 puntos).
V. Otros méritos relevantes (5 puntos).
Puntuación máxima total: 100 puntos.
I. Formación académica y especializada (15 puntos).
I.1. Expediente del título habilitante (hasta 2 puntos).
Se valorará la nota media global del expediente académico del título universitario oficial que habilite para el ejercicio profesional exigido por el perfil de la plaza (título de acceso), conforme a las reglas de cálculo y conversión siguientes:
1. Se tomará la nota media global oficial que conste en la certificación académica personal o documento equivalente.
2. Si no consta, se calculará por créditos: Nota media = Σ(calificación × créditos) / Σ(créditos superados).
3. Si la nota media está en escala 0-4 (RD 1497/1987), se convertirá a escala 0-10 (RD 1125/2003) mediante la tabla de equivalencias oficial (disponible en https://sede.csic.gob.es/tabla_conversion), aplicando la regla de aproximación al valor más próximo y, en caso de equidistancia, al valor superior.
4. Si la nota media está en otra escala, deberá aportarse equivalencia oficial a escala 0-10; en su ausencia, el expediente no se valorará.
Cuando el expediente se aporte únicamente con calificaciones cualitativas (aprobado/notable/sobresaliente/matrícula de honor), podrá calcularse una nota media en escala 0-4 asignando los valores aprobado=1, notable=2, sobresaliente=3, matrícula de honor=4, ponderada por créditos, y convirtiéndose después a escala 0-10.
| Nota media (0–10) | Puntuación |
|---|---|
| ≥ 9,00 y ≤ 10,00 | 2,0 puntos |
| ≥ 8,00 y < 9,00 | 1,5 puntos |
| ≥ 7,00 y < 8,00 | 1,0 punto |
| ≥ 6,00 y < 7,00 | 0,5 puntos |
| < 6,00 | 0,0 puntos |
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación académica personal o documento equivalente oficial donde conste la calificación media del título habilitante. Si no se presenta, el subapartado no será valorado, sin perjuicio de aportar equivalencia oficial cuando el expediente se exprese en escala distinta.
I.2. Doctorado (7 puntos).
Se valorará con 7 puntos el título oficial de Doctor/a cuando no constituya requisito del perfil de la plaza.
Documentación justificativa (obligatoria): Título oficial de Doctor/a (anverso y reverso), o justificante de abono de los derechos de expedición emitido dentro de los dos años anteriores a la finalización del plazo de solicitudes, salvo imposibilidad no imputable o plazo oficial de expedición superior; título completo de la tesis, resumen y enlace al repositorio donde se encuentre alojada. La falta de cualquiera de estos elementos determinará que el mérito no sea valorado.
I.3. Especialidad oficial y/o Máster oficial relevante para el perfil (4 puntos).
Se valorará una única aportación principal correspondiente a una especialidad oficial o a un máster oficial directamente asociado con el perfil de la plaza, con 4,0 puntos, atendiendo a su pertinencia conforme a la tabla de afinidades vigente.
Documentación justificativa (obligatoria): Título oficial o certificación oficial acreditativa o, en su defecto, justificante de abono de los derechos de expedición, emitido dentro de los dos años anteriores a la finalización del plazo de solicitudes, salvo imposibilidad no imputable o plazo oficial de expedición superior debidamente acreditado.
I.4. Formación continuada acreditada relevante para el perfil (hasta 2 puntos).
I.4.a) Títulos de Experto Universitario.
Se valorarán los títulos propios de postgrado de Experto Universitario o Especialista Universitario directamente relacionados con el perfil de la plaza: 0,75 puntos por cada título de Experto Universitario y 1,00 punto por cada título de Especialista Universitario. Solo se valorará un máximo de dos (2) aportaciones; no se valorarán títulos ya alegados o valorados en otros apartados del baremo; solo serán valorables los pertinentes para el perfil conforme a la tabla de afinidades.
Documentación justificativa (obligatoria): Título o certificado oficial acreditativo, o justificante de abono de derechos de expedición emitido dentro de los dos años anteriores a la finalización del plazo de solicitudes, con denominación y, cuando resulte necesario, programa o contenido formativo.
I.4.b) Cursos de formación continuada acreditada relevante para el perfil.
| Duración del curso | Puntuación |
|---|---|
| Entre 30 y 49 horas | 0,1 puntos |
| Entre 50 y 100 horas | 0,25 puntos |
| Más de 100 horas | 0,5 puntos |
Solo se valorará un máximo de cinco (5) aportaciones (si se adjunta un número mayor, se seleccionan las cinco primeras por orden de consignación); solo serán valorables los cursos directamente relacionados con el perfil.
Documentación justificativa (obligatoria): certificado oficial del curso con horas o créditos (1 crédito = 10 horas) y contenido; si no constan, el curso no se valorará.
II. Actividad docente (30 puntos).
II.1. Experiencia como Profesorado Asociado Clínico o Profesorado Asociado CIS (máx. 15 puntos).
1,5 puntos por curso académico completo (proporcional por semestre o periodo de tiempo), vinculada al perfil.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación expedida por órgano competente con curso académico (o semestre), puesto, vinculación a la docencia de Asociado Clínico y/o CIS, y número de horas impartidas.
II.2. Tutoría clínica universitaria (máx. 8 puntos).
0,5 puntos por curso académico completo (proporcional), vinculada al perfil. Incluye la tutoría desempeñada por tutores/as clínicos/as colaboradores/as.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación expedida por la universidad competente, con curso académico o periodo, titulación, asignatura/prácticum, centro o institución sanitaria, dedicación y condición de tutor/a clínico/a o colaborador/a docente.
II.3. Docencia universitaria reglada distinta de Profesorado Asociado Clínico o Profesorado Asociado CIS (máx. 4 puntos).
0,4 puntos por cada 10 horas/1 crédito (o fracción proporcional), vinculada al perfil.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación de la Universidad firmada por el Secretario/a General o Vicerrector/a competente, especificando puestos ocupados y docencia reglada impartida incluida en el Plan de Organización Docente, con número de créditos por año (1 crédito = 10 horas, salvo otra especificación), curso académico, asignaturas, titulación y curso, y puesto desde el que se desempeñó la docencia.
II.4. Innovación docente clínica (máx. 3 puntos).
II.4.a) Innovación docente clínica (máx. 1,0 punto).
0,25 puntos por aportación, hasta cuatro (4) aportaciones, con un máximo de una por año. Si se adjunta un número mayor, se seleccionan las cuatro primeras por orden de consignación.
Documentación justificativa (obligatoria): Resolución/certificación del proyecto o acción, con título, periodo, unidad/centro y rol de la persona candidata.
II.4.b) Diseño y desarrollo de docencia basada en simulación y recursos docentes (máx. 1,0 punto).
- Recurso docente clínico validado o escenario de simulación diseñado y utilizado: 0,20 puntos por aportación.
- Coordinación o diseño principal de actividad de simulación clínica vinculada al perfil: 0,30 puntos por aportación.
- Elaboración de rúbricas, guías clínicas docentes, casos clínicos estructurados o materiales equivalentes implantados en prácticas: 0,15 puntos por aportación.
- Participación acreditada en el desarrollo de recursos docentes clínicos o de simulación: 0,10 puntos por aportación.
Máximo diez (10) aportaciones; si se adjunta un número mayor, se seleccionan las diez primeras por orden de consignación.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación con descripción del recurso, escenario o actividad, periodo de desarrollo o utilización, rol de la persona candidata, asignatura/prácticum vinculada y evidencia de implantación o uso docente.
II.4.c) Docencia impartida en cursos profesionales/formación continuada (máx. 1,0 punto).
| Duración del curso | Puntos por curso |
|---|---|
| Hasta 5 horas | 0,05 |
| Entre 6 y 10 horas | 0,1 |
| Entre 11 y 15 horas | 0,15 |
| Más de 15 horas | 0,2 |
Máximo diez (10) aportaciones. Solo se computará la impartición (docente/ponente), no la asistencia; la actividad deberá ser pertinente para el perfil y estar objetivamente acreditada.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación de la entidad organizadora con título de la actividad, fechas, número de horas o créditos, condición de impartición y programa/contenido suficiente para verificar la vinculación al perfil. Si se acredita por enlace digital, este deberá ser verificable.
III. Investigación y transferencia aplicada (10 puntos).
III.1. Publicaciones (máx. 7 puntos).
Solo se admitirán a valoración un máximo de diez (10) publicaciones, expresamente seleccionadas por la persona candidata. Cada publicación deberá acompañarse de identificación mínima (título, autoría, revista/editorial, año e identificador persistente), enlace verificable al texto completo o copia en PDF, e indicador de los criterios de calidad (fuente, año, revista/editorial y métrica, con categoría/cuartil si aplica). Solo serán valorables las publicaciones pertinentes para el perfil de la plaza.
A) Artículos en revistas.
| Categoría de la revista | Puntuación base por artículo |
|---|---|
| 1.er cuartil (Q1) | 2,00 |
| 2.º cuartil (Q2) | 1,50 |
| 3er cuartil (Q3) | 1,00 |
| 4.º cuartil (Q4) | 0,50 |
| Indexación secundaria (sin cuartil, con indicador bibliométrico objetivable) | 0,25 |
B) Libros y capítulos de libro (editoriales con prestigio acreditable).
| Tipo de aportación | Q1 | Q2 | Q3 | Q4 |
|---|---|---|---|---|
| Libro (no autoeditado, con ISBN) | 3,00 | 2,00 | 1,00 | 0,75 |
| Capítulo de libro (no se valoran como capítulos los trabajos de congresos) | 1,00 | 0,75 | 0,5 | 0,25 |
No se considerarán las tesis publicadas sin modificación posterior (salvo certificación editorial de las modificaciones), ni los trabajos de congresos publicados como capítulos de libro. Solo se valorarán libros con extensión mínima de 49 páginas (excluidas cubiertas) y capítulos con extensión mínima de 8 páginas, salvo justificación motivada por la naturaleza editorial de la obra. No se considerará más de un capítulo publicado en un mismo libro.
Factor corrector por número de autores: cuando una aportación esté firmada por más de seis (6) autores, se aplicará puntuación final = puntuación base × (6/núm. de autores), salvo que la persona candidata figure como primer/a autor/a, último/a autor/a o autor/a de correspondencia, en cuyo caso no se aplicará el factor corrector.
Tope del subapartado: la puntuación total de III.1 no podrá exceder de 7 puntos, aunque la suma de las aportaciones valorables supere dicho máximo.
Documentación justificativa (obligatoria en todos los casos): acreditación de autoría y referencia completa (copia de primera y última página del artículo/capítulo, o portada y página de créditos del libro, junto con el índice cuando proceda); copia en PDF del texto completo o enlace digital estable y operativo; justificante descargable o captura verificable del indicador de calidad aplicable (fuente, año, revista/editorial, métrica y, en su caso, categoría y cuartil). Para artículos aceptados y aún no publicados, carta oficial firmada por el editor de la revista (no se admiten correos electrónicos).
III.2. Contribuciones en congresos, conferencias, seminarios, cursos u otras reuniones de relevancia científica (máx. 3 puntos)
Solo se admitirán a valoración un máximo de diez (10) aportaciones. Solo se computarán ponencias/conferencias invitadas o plenarias y comunicaciones presentadas en congresos u otras reuniones con carácter científico acreditado por la existencia de comité científico/investigador. No se valorará la mera asistencia, ni más de una aportación por evento.
| Tipo de contribución | Ámbito | Publicación en actas (ISBN/ISSN) | Puntuación |
|---|---|---|---|
| Comunicación | Nacional | Sí | 0,20 |
| Comunicación | Nacional | No | 0,10 |
| Comunicación | Internacional | Sí | 0,30 |
| Comunicación | Internacional | No | 0,20 |
| Ponencia / conferencia invitada | Nacional | No aplica | 0,50 |
| Ponencia / conferencia invitada | Internacional | No aplica | 1,00 |
| Curso impartido (en el marco del evento) | Nacional o Internacional | No aplica | 0,30 por crédito/10 horas (o proporcional) |
Tope: La suma de este subapartado no podrá exceder de 3,0 puntos, aunque el número de aportaciones fuese superior.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificado oficial de participación (tipo de contribución, título, autoría/ponente, evento, fecha y lugar) y programa oficial que acredite el carácter científico. En ponencias/conferencias invitadas, la certificación o el programa/invitación deben reflejar inequívocamente dicha condición. Cuando exista publicación en actas, acreditación de portada/créditos, ISBN/ISSN, año, índice y páginas de la contribución.
IV. Actividad profesional asistencial, competencia y responsabilidad clínica (40 puntos).
IV.1. Experiencia asistencial vinculada al perfil (máx. 23 puntos).
0,30 puntos por mes completo de servicios prestados (o fracción proporcional), con independencia de la fecha de prestación, siempre que el desempeño sea pertinente y objetivable respecto del perfil de la plaza (ámbito funcional, unidad/servicio, dispositivo asistencial y categoría o titulación exigida). El cómputo se realiza por meses completos, prorrateando las fracciones por días naturales (mes = 30 días); los periodos a tiempo parcial se valoran proporcionalmente.
Documentación justificativa (obligatoria): Vida laboral actualizada y hoja de servicios o certificación del empleador con categoría profesional/titulación, unidad/servicio o ámbito funcional, fechas de inicio y fin, y tipo de vínculo y dedicación. Si la certificación no permite verificar la vinculación al perfil, el periodo no se valorará.
IV.2. Responsabilidad clínica y complejidad vinculada al perfil (máx. 8 puntos).
IV.2.a) Coordinación/jefatura/cargo intermedio directamente relacionado con el perfil: 1,0 punto por año completo (o fracción proporcional), máx. 6,0 puntos.
IV.2.b) Especial responsabilidad técnica acreditada: Hasta 0,5 puntos por año (o proporcional), máx. 2,0 puntos, computable únicamente respecto de: (a) responsabilidad sobre programas o procedimientos de seguridad del paciente; (b) responsabilidad sobre protocolos clínicos o procedimientos normalizados de trabajo; (c) responsabilidad técnica en unidades de alta complejidad o dispositivos críticos; (d) designación formal como profesional referente en un área funcional vinculada al perfil; (e) responsabilidad sobre calidad asistencial o gestión de riesgos clínicos en el ámbito funcional del perfil.
Solo serán computables responsabilidades formalmente atribuidas y acreditadas por nombramiento, designación o certificación oficial. La misma función o periodo no podrá valorarse simultáneamente en este subapartado y en los subapartados IV.4 o V.2. Se prorrateará por días naturales (año = 365 días).
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación del centro/empleador (o resolución/nombramiento) con denominación del puesto/función, funciones asignadas, unidad/servicio, fechas de inicio/fin y órgano que emite y firma competente. Si se alega IV.2.b, la certificación deberá identificar expresamente cuál de las funciones a)-e) se desempeña.
IV.3. Competencias profesionales acreditadas vinculadas al perfil (máx. 6 puntos).
| Nivel acreditado | Puntuación |
|---|---|
| Excelente (o equivalente) | 6,0 |
| Experto (o equivalente) | 4,0 |
| Avanzado (o equivalente) | 2,0 |
Se valorará una única certificación principal directamente vinculada al perfil (si se aportan varias, la de mayor nivel siempre que sea pertinente), vigente en la fecha de fin del plazo de solicitudes.
Documentación justificativa (obligatoria): certificación oficial emitida por la Agencia de Calidad Sanitaria de Andalucía (ACSA) o entidad pública equivalente, con nivel, fecha de emisión, vigencia y ámbito/competencias certificadas.
IV.4. Participación en comisiones/grupos del centro o del dispositivo asistencial relacionados con el perfil (máx. 3 puntos).
0,5 puntos por año completo de participación (o fracción proporcional), vinculada al perfil, con tope máximo de 3,0 puntos. Solo se computarán comisiones/grupos con función clínica, de calidad, seguridad del paciente, docencia o mejora asistencial, vinculados al perfil, con participación nominal y periodo acreditado; no podrá valorarse simultáneamente la misma función/periodo en IV.4 y IV.2.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación del centro/empleador con denominación de la comisión/grupo, funciones/objeto, condición de miembro/rol, fechas de inicio/fin y órgano emisor competente.
V. Otros méritos relevantes (5 puntos).
V.1. Premios y distinciones clínicas o docentes vinculadas al perfil (máx. 2 puntos).
| Ámbito | Puntuación |
|---|---|
| Internacional | 2,0 |
| Nacional | 1,5 |
| Autonómico | 1,0 |
| Provincial, institucional o de centro | 0,5 |
Solo se valorarán premios/distinciones concedidas por entidades públicas, universidades, instituciones sanitarias, colegios profesionales, sociedades científicas u organismos de prestigio acreditable, excluyéndose reconocimientos informales o menciones sin acto de concesión. Cuando varias distinciones se refieran al mismo hecho o trabajo, se valorará únicamente la de mayor rango.
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación oficial o resolución de concesión, con entidad concedente, denominación, fecha y persona premiada.
V.2. Gestión relevante para prácticas y docencia vinculada al perfil (máx. 2,0 puntos).
1,0 punto por año completo (o fracción proporcional), computándose únicamente funciones de gestión formalmente atribuidas vinculadas a coordinación de prácticas, coordinación de unidades docentes, coordinación de tutores, organización de rotatorios, planificación de actividades clínicas docentes o equivalentes. Se prorrateará por días naturales (año = 365 días).
Documentación justificativa (obligatoria): Certificación oficial del centro o institución con función de gestión, unidad/servicio o dispositivo, periodo de desempeño y órgano competente.
V.3. Idiomas y otras titulaciones o competencias útiles para el perfil (máx. 1,0 punto).
V.3.a) Idiomas.
| Nivel MCER | Puntuación |
|---|---|
| B2 o equivalente | 0,33 |
| C1 o equivalente | 0,66 |
| C2 o equivalente | 1,00 |
El nivel mínimo valorable será B2. No se computará el idioma que sea requisito necesario para impartir docencia en la plaza convocada. Se valorará cada idioma alegado, computándose para cada uno el mayor nivel acreditado, conforme a la tabla de certificados oficiales aceptados por las Universidades Públicas Andaluzas y su correspondencia con el MCER, publicada por la UHU.
V.3.b) Otras titulaciones y competencias
- Otras titulaciones de Grado o Licenciatura en Ciencias de la Salud adicionales a la de acceso: 0,5 puntos por titulación.
- Otras titulaciones de Grado o Licenciatura en áreas distintas de Ciencias de la Salud: 0,25 puntos por titulación.
Solo se valorarán titulaciones oficiales completas, no la exigida como requisito de acceso ni las ya computadas en otros apartados. La puntuación total de V.3 no podrá exceder de 1,0 punto.
Documentación justificativa (obligatoria): certificado oficial acreditativo del nivel de idioma, conforme a la tabla de certificados reconocidos por las Universidades Públicas Andaluzas; título oficial o justificante de abono de derechos de expedición de la titulación alegada, emitido dentro de los dos años anteriores a la finalización del plazo de solicitudes, salvo imposibilidad no imputable o plazo oficial de expedición superior debidamente acreditado.
Criterios de desempate.
En caso de empate a puntuación total, el desempate se resolverá por el siguiente orden:
1. Mayor experiencia previa como Profesorado Asociado Clínico o Profesorado Asociado CIS en universidad pública, vinculada al perfil de la plaza, computada por cursos académicos completos o, cuando proceda, por semestres o periodos equivalentes debidamente acreditados.
2. Mayor puntuación en el Bloque IV.
3. Mayor puntuación en el Bloque II.
4. Mayor puntuación en el Bloque I.
5. Mayor puntuación en el subapartado II.2.
6. Mayor puntuación en el subapartado I.2.
7. Mayor puntuación en el subapartado IV.2.
8. Si persistiera el empate, se resolverá conforme a lo previsto en la convocatoria.
Acreditación del criterio 1 (obligatoria): certificación expedida por órgano competente universitario en la que consten de forma inequívoca el curso académico o periodo, la figura (Asociado Clínico/CIS), y la adscripción o actividad docente vinculada al perfil.
Tabla final resumen (bloques, máximos y documentación justificativa).
| Mérito | Descripción | Puntuación/criterio | Máx. | Documentación |
|---|---|---|---|---|
| I.1 | Expediente del título habilitante | Según tabla de nota media 0-10 | 2,0 | Certificación académica personal o documento equivalente oficial. |
| I.2 | Doctorado | 7,0 puntos | 7,0 | Título oficial o justificante de abono de derechos; título de la tesis, resumen y enlace al repositorio. |
| I.3 | Especialidad oficial y/o Máster oficial relevante (aportación única) | Hasta 4,0 puntos según pertinencia | 4,0 | Título oficial o certificación, o justificante de abono de derechos de expedición. |
| I.4 | Formación continuada acreditada relevante | Expertos 0,75/título; Especialistas 1,00/título (máx. 2); Cursos según horas (máx. 5) | 2,0 | Título/certificado oficial o justificante de abono; certificado de curso con horas/créditos y contenido. |
| II.1 | Experiencia como Asociado Clínico/CIS | 1,5/curso académico (proporcional) | 15,0 | Certificación con curso/semestre, puesto y vinculación CIS/ASCIS. |
| II.2 | Tutoría clínica universitaria | 0,5/curso académico (proporcional) | 8,0 | Certificación universitaria con curso, titulación, asignatura/prácticum, centro y condición de tutor/a. |
| II.3 | Docencia universitaria reglada distinta de CIS/ASCIS | 0,4/10 horas o 1 crédito (proporcional) | 4,0 | Certificación institucional con créditos/horas, curso, asignaturas, titulación y puesto. |
| II.4.a | Innovación docente clínica | 0,25/aportación (máx. 4, una por año) | 1,0 | Resolución/certificación con título, periodo, unidad/centro y rol. |
| II.4.b | Simulación y recursos docentes clínicos | 0,10 a 0,30 según tipo (máx. 10 aportaciones) | 1,0 | Certificación con descripción, periodo, rol y evidencia de implantación. |
| II.4.c | Docencia en cursos profesionales/formación continuada | Según horas impartidas (máx. 10) | 1,0 | Certificación con título, fechas, horas/créditos, condición de impartición y programa. |
| III.1 | Publicaciones (revistas/libros/capítulos) | Según cuartil/indicador + factor corrector (máx. 10) | 7,0 | Autoría + referencia + indicador de calidad; copia o enlace estable. |
| III.2 | Contribuciones en congresos y reuniones científicas | Según tabla por aportación (máx. 10) | 3,0 | Certificado de participación + acreditación del carácter científico; actas si procede. |
| IV.1 | Experiencia asistencial vinculada al perfil | 0,30/mes completo (proporcional) | 23,0 | Vida laboral y hoja de servicios/certificación con categoría, unidad, fechas y vínculo. |
| IV.2 | Responsabilidad clínica y complejidad | 1,0/año (máx. 6) + 0,5/año (máx. 2) | 8,0 | Nombramiento/certificación con funciones y periodos. |
| IV.3 | Competencias profesionales acreditadas | Excelente 6 / Experto 4 / Avanzado 2 | 6,0 | Certificado oficial ACSA (o equivalente) con nivel y vigencia. |
| IV.4 | Participación en comisiones/grupos | 0,5/año (proporcional) | 3,0 | Certificación con denominación, funciones/objeto, rol y periodos. |
| V.1 | Premios y distinciones | Según ámbito (2,0/1,5/1,0/0,5) | 2,0 | Resolución/certificación de concesión con entidad, fecha y persona premiada. |
| V.2 | Gestión relevante para prácticas y docencia | 1,0/año (proporcional) | 2,0 | Certificación de función, unidad/dispositivo, periodo y órgano emisor. |
| V.3 | Idiomas y otras titulaciones/competencias | B2 0,33 / C1 0,66 / C2 1,00; titulaciones 0,5 o 0,25 | 1,0 | Certificado oficial de idioma y título o justificante de abono de derechos. |
Puntuación máxima total del baremo: 100 puntos, distribuidos en los cinco bloques descritos (I: 15; II: 30; III: 10; IV: 40; V: 5).
Descargar PDFBOJA nº 139 de 21/07/2026