Extracto de la Resolución de 30 de junio de 2026, de la Dirección de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, por la que se convoca para el ejercicio 2026, el Premio de Textos teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía.
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BDNS (Identificación): 916399.
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index, en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía
https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24503.html
en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector/otras-convocatorias.html
y en el presente BOJA.
Primero. Se convoca en el ámbito de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, agencia pública empresarial adscrita a la Consejería de Cultura y Deporte a través de la Secretaría General de Innovación Cultural y Museos, en el ejercicio 2026, en régimen de concurrencia competitiva, el Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía, al amparo de la Orden de 7 de abril de 2022 (BOJA núm. 71, de 13 de abril) de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Cultura y Deporte), modificada por la Orden de 2 de marzo de 2026 (BOJA núm. 49, de 12 de marzo), de la Consejería de Cultura y Deporte, en la cuantía total máxima de 8.000 euros, distribuidos en un único premio de 5.000 euros y dos accésits de 1.500 euros cada uno, con cargo a los créditos de la partida presupuestaria 1951010000 G/45E/48002/00 01 y efectividad en caja en la anualidad corriente.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán obtener la condición de beneficiarias de este premio y de los accésits y menciones especiales, en su caso, aquellas personas físicas que tengan una edad comprendida entre los 18 y los 30 años a 31 de diciembre del año en el que se publique la convocatoria, que acrediten haber nacido en Andalucía o tener residencia ininterrumpida en la Comunidad Autónoma de Andalucía durante al menos los tres años inmediatamente anteriores a la fecha de publicación de la convocatoria y que figuren como autores/as del texto presentado en el Registro General de la Propiedad Intelectual o tener solicitada la inscripción dentro del plazo de presentación de solicitudes siempre que obtenga y acredite la inscripción antes de que se dicte la resolución de concesión del premio.
Tercero. Objeto y finalidad.
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de un premio y, si el Jurado lo considerase oportuno, de dos accésits y menciones especiales, carentes de dotación económica, siendo la finalidad pretendida promover y apoyar la escritura dramática en las nuevas generaciones de andaluces y andaluzas, contribuyendo a impulsar, renovar y difundir la dramaturgia actual, estimular el talento emergente, apoyar la investigación escénica y fomentar el desarrollo de nuevas voces dentro del panorama teatral.
Cuarto. Bases reguladoras.
La convocatoria se regirá por las bases reguladoras aprobadas mediante Orden de 7 de abril de 2022 (BOJA núm. 71, de 13 de abril), de la Consejería de Cultura y Patrimonio Histórico (actual Consejería de Cultura y Deporte), modificada por la Orden de 2 de marzo de 2026 (BOJA núm. 49, de 12 de marzo), de la Consejería de Cultura y Deporte, por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión del Premio de Textos Teatrales Miguel Romero Esteo para jóvenes autores y autoras de Andalucía.
Quinto. Requisitos de los textos presentados.
Cada solicitante sólo podrá presentar un texto que debe reunir los siguientes requisitos:
a) Ser original e inédito de carácter literario teatral.
b) Ser de extensión libre y escrito en castellano con el formato de letra Times New Roman 12, interlineado 1,5 y márgenes de 2,5 cm.
c) Versar sobre tema libre que no resulte contrario a lo dispuesto en la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, en la Ley 13/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevención y protección integral contra la violencia de género y en la Ley 2/2017, de 28 de marzo, de Memoria Histórica y Democrática de Andalucía.
d) Estar inscrito o solicitada la inscripción en el Registro General de la Propiedad Intelectual dentro del plazo de presentación de las solicitudes y, en este último caso, que obtenga y acredite la inscripción antes de que se dicte la resolución de concesión del Premio.
Advertir que, a efectos de acreditar el cumplimiento de este requisito, sólo se considera documento suficiente la resolución por la que se declare dicha inscripción. No se considera equiparable, a estos efectos, la resolución por la que se declare la inscripción en el Registro General de la Propiedad Intelectual con la solicitud de dicha inscripción, por lo que la aportación de esta última no se considera suficiente para acreditar el cumplimiento de este requisito.
Sexto. Forma y plazo de presentación de solicitudes.
El plazo de presentación de solicitudes es de treinta días hábiles, a contar desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía y podrá presentarse tanto en formato papel como electrónicamente, siendo prioritaria la presentación telemática, preferentemente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía, sin perjuicio de que puedan utilizarse los restantes medios que figuran establecidos en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Séptimo. Otros datos.
El formulario de solicitud (Anexo I) y el formulario para presentar alegaciones, aceptación, reformulación y documentación (Anexo II), figuran publicados en el presente BOJA junto con la resolución de convocatoria y se podrán obtener para su cumplimentación en el Catálogo de Procedimientos y Servicios de la Administración de la Junta de Andalucía https://www.juntadeandalucia.es/servicios/procedimientos/detalle/24503/, en la página web de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales en la dirección electrónica
https://www.juntadeandalucia.es/organismos/aaic/areas/ayudas-sector/otras-convocatorias.html
así como en la página web de la Consejería competente en materia de cultura.
El Director de la Agencia Andaluza de Instituciones Culturales, José Ángel Vélez González.
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