Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 99 de 26/05/2026

1. Disposiciones generales

Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad

Orden de 12 de mayo de 2026, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, para el ejercicio 2026.

Atención: El texto que se muestra a continuación ha sido extraído de los mismos ficheros que se han utilizado para obtener el fichero PDF correspondiente del BOJA oficial y auténtico, habiéndose suprimido todas las imágenes, ciertas tablas y algunos textos de la versión oficial al existir dificultades de edición. Para consultar la versión oficial y auténtica de esta disposición puede descargarse el fichero PDF firmado de la disposición desde la sede electrónica del BOJA o utilizar el servicio de Verificación de autenticidad con CVE 00338155.

Esta disposición incluye elementos no textuales, que no se muestran en esta página. Para visualizarlos, consulte la versión en PDF.

Mediante Orden de 10 de julio de 2024 (BOJA núm. 137, de 16 de julio de 2024), se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad.

En el marco de la referida orden se regulan cuatro líneas de subvenciones y se especifica el régimen jurídico para cada una de ellas.

Conforme dispone el artículo 5.2 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, en la correspondiente convocatoria se especificará la cuantía total máxima destinada a cada línea de subvención y, en su caso, su distribución entre los ámbitos territoriales y/o funcionales de competitividad.

El pleno del Consejo Territorial de Servicios Sociales y del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, es el que propone acordar los criterios y la distribución resultante de los créditos destinados a subvencionar, por parte de las Comunidades Autónomas y Ciudades con Estatuto de Autonomía, los programas de interés general con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, pero a la fecha presente aún no se ha reunido. Así, y con el fin de disponer de mayor plazo para la presentación de solicitudes y la gestión del procedimiento, se realiza la presente convocatoria por el importe disponible actualmente en el presupuesto de la Comunidad Autónoma, sin la posibilidad de la previsión expresa de una cuantía adicional, para las líneas 3 y 4, en los términos del artículo 10.d) del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía.

En su virtud, y conforme a lo establecido en el Título VII del texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado por el Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, en relación con el Decreto 161/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad,

DISPONGO

Primero. Convocatoria y limitaciones presupuestarias.

1. Se convocan para el ejercicio 2026, en la modalidad de concesión en régimen de concurrencia competitiva, dos de las cuatro líneas de subvenciones reguladas en el marco de la Orden de 10 de julio de 2024, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender a fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en la cuantía total máxima que se especifica para cada una de ellas y con cargo a los créditos presupuestarios que asimismo se indican para cada línea:

Denominación de la línea Cuantía máxima
(euros)
Posiciones
presupuestarias
Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. 2.695.242,75 € 1800180000
G/32E/78536/00 S0668
Línea 4. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito provincial de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades. 11.051.111,54 € 1800180000
G/32E/48536/00 S0668

2. La presente convocatoria se financia en su totalidad con crédito finalista del Estado, derivado de la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades (fondo S0668).

3. En todo caso, la concesión de las subvenciones previstas estará limitada por las disponibilidades presupuestarias existentes.

4. Los eventuales aumentos sobrevenidos en el crédito disponible posibilitarán una resolución complementaria de la concesión de la subvención que incluya solicitudes que, aun cumpliendo todos los requisitos, no hayan sido beneficiarias por agotamiento del mismo, de conformidad con lo previsto en el artículo 10.e) del mencionado Decreto 282/2010, de 4 de mayo.

Segundo. Bases reguladoras.

La presente convocatoria se regirá por las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva destinadas a entidades privadas para la realización de actuaciones de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades, en el ámbito de las competencias de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, aprobadas mediante Orden de 10 de julio de 2024.

Tercero. Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Se destinará una cuantía máxima de 2.695.242,75 euros.

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta línea, no se establece la posibilidad de prorrateo.

Cuarto. Línea 4. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito provincial de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y del Impuesto sobre Sociedades.

Se destinará una cuantía máxima de 11.051.111,54 euros, con la siguiente distribución funcional:

Ámbito funcional de competitividad Cuantía máxima
(euros)
1. Programas de interés social-Infancia, adolescencia y juventud. 1.719.003,83 €
2. Programas de interés social-Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género. 473.557,83 €
3. Programas de interés social-Personas mayores. 1.475.016,20 €
4. Programas de interés social-Personas con discapacidad. 1.551.539,59 €
5. Programas de interés social-Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA. 689.819,59 €
6. Programas de interés social-Comunidad gitana. 221.806,95 €
7. Programas de interés social-Urgencia e inclusión social. 3.493.459,42 €
8. Programas de interés social-Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares. 71.667,69 €
9. Programas de interés social-Intervención del voluntariado. 301.657,45 €
10. Programas de interés social-Personas migrantes. 1.053.582,99 €
Cuantía total máxima (euros). 11.051.111,54 €

De conformidad con lo establecido en el apartado 5.b) del cuadro resumen de esta línea, tendrán la consideración de entidades beneficiarias provisionales, aquellas cuyo programa presentado alcance un mínimo de 55 puntos sobre la puntuación total máxima de 100. Tendrán la consideración de entidades beneficiarias suplentes aquellas cuyo programa se encuentre por debajo de dicho umbral, con un mínimo de 50 puntos. No se otorgarán subvenciones a programas que obtengan una puntuación inferior. De este modo, y de acuerdo con el apartado 12 del citado cuadro resumen, la valoración se realizará en dos fases, la primera de las cuales tendrá carácter eliminatorio.

Primera fase: La puntuación mínima en la valoración de la experiencia y capacidad de las entidades solicitantes (criterio «A») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea es de 20 puntos.

Segunda fase: La puntuación mínima en la valoración del programa a realizar (criterio «B») del apartado 12 del cuadro resumen de esta línea es de 30 puntos.

Quinto. Cuantías máximas de las subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas.

De conformidad con lo dispuesto en el apartado 5.a) del cuadro resumen de la Línea 4, subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito provincial, las cuantías máximas de las subvenciones se fijan, para la presente convocatoria, en las siguientes dotaciones máximas para cada ámbito funcional de competitividad establecida en el Dispongo cuarto para la Línea 4:

Línea 4.

Ámbito funcional de competitividad Cuantía máxima de la subvención
(euros)
1. Programas de interés social-Infancia, adolescencia y juventud. 277.712,29 €
2. Programas de interés social-Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género. 153.010,51 €
3. Programas de interés social-Personas mayores. 476.590,13 €
4. Programas de interés social-Personas con discapacidad. 350.920,83 €
5. Programas de interés socia-Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA. 312.041,11 €
6. Programas de interés social-Comunidad gitana. 71.667,69 €
7. Programas de interés social-Urgencia e inclusión social. 677.259,65 €
8. Programas de interés social-Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares. 21.500,30 €
9. Programas de interés social-Intervención del voluntariado. 97.468,06 €
10. Programas de interés social-Personas migrantes. 204.252,91 €

Sexto. Procedimiento de concesión.

1. Las subvenciones tendrán por objeto la financiación de actuaciones de interés general para atender fines sociales y, en concreto, la realización de los programas de interés social y proyectos de inversión que se describen en el apartado 2.a) del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, de acuerdo con las actuaciones subvencionables establecidas en el Anexo A de la presente convocatoria.

2. Los requisitos que deben reunir las personas solicitantes para la obtención de la subvención serán los recogidos en el apartado 4 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.

3. Las solicitudes serán evaluadas según los criterios objetivos recogidos en el apartado 12 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.

4. De conformidad con lo previsto en el apartado 2.b) del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, está prevista la posibilidad de reformulación de las solicitudes.

5. Los órganos competentes para la instrucción y resolución del procedimiento serán los recogidos en el apartado 13 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras. El plazo máximo para resolver será de seis meses a contar a partir del día siguiente al de la finalización del plazo para la presentación de las solicitudes, de acuerdo con el apartado 16 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras.

6. La resolución pondrá fin al procedimiento y agotará la vía administrativa, pudiendo interponerse contra ella recurso contencioso-administrativo, en la forma y los plazos establecidos en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, o, potestativamente, recurso de reposición en los términos establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Séptimo. Actuaciones subvencionables.

1. Solo podrán financiarse en la presente convocatoria las actuaciones subvencionables definidas para cada una de dichas líneas en el Anexo A de esta orden, de acuerdo con el apartado 2.a) del cuadro resumen de cada una de ellas.

2. En el desarrollo de la presente convocatoria, corresponde a la Consejería de Sanidad, Presidencia y Emergencias facilitar a la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones, en el marco de sus respectivas competencias, informe técnico de valoración de los programas correspondientes al ámbito de actuación «Programas de interés social-Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA», de conformidad con lo dispuesto en el cuadro resumen de cada una de las líneas.

Octavo. Solicitudes y plazo de presentación.

1. Las solicitudes irán dirigidas a la persona titular de la Dirección General de Prestaciones, Ayudas y Subvenciones, y podrán presentarse en los lugares indicados en el apartado 10.c) del cuadro resumen de cada una de las líneas aprobado mediante la Orden de 10 de julio de 2024. Las solicitudes se presentarán, en el Registro Electrónico Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la dirección electrónica:

https://ws050.juntadeandalucia.es/vea/faces/vi/procedimientos.xhtml

Tanto la citada solicitud (Anexo I) como el formulario de alegaciones, aceptación, reformulación, y presentación de documentos (Anexo II) y la ficha sobre reformulación (Anexo III) a los que se refiere la Orden de 10 de julio de 2024, anteriormente referida, se podrán obtener en las siguientes url:

Línea 3.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios/procedimientos/detalle/25535.html?tax=inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad

Línea 4.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios/procedimientos/detalle/25536.html?tax=inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad

2. La utilización del formulario Anexo I de solicitud tendrá carácter obligatorio, debiendo las entidades solicitantes ajustarse al mismo de acuerdo con el artículo 10 de la Orden de 20 de diciembre de 2019, por la que se aprueban las bases reguladoras tipo y los formularios tipo de la Administración de la Junta de Andalucía para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva.

3. El plazo de presentación de solicitudes se fija desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, hasta el 22 de junio de 2026 inclusive.

Noveno. Notificación y publicación.

1. De conformidad con el apartado 19 del cuadro resumen de cada una de las líneas de las bases reguladoras, los actos que deban notificarse de forma conjunta a todas las entidades interesadas, y en particular, los requerimientos de subsanación, el trámite de audiencia y el de resolución del procedimiento, se publicarán en la página web de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad en las siguientes direcciones:

Línea 3.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios/procedimientos/detalle/25535.html?tax=inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad

Línea 4.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios/procedimientos/detalle/25536.html?tax=inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad

en los términos del artículo 45.1.b) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. En todo caso, esta publicación sustituye a la notificación personal y surtirá los mismos efectos.

2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado anterior, las notificaciones que deban cursarse personalmente se practicarán por medios electrónicos a través del sistema de notificaciones de la Administración Junta de Andalucía.

Décimo. Utilización de sistemas electrónicos de justificación.

En aquellas líneas en que se encuentre habilitado el sistema electrónico de justificación, será obligatoria para las entidades beneficiarias la presentación de la documentación justificativa del proyecto a través del mismo. La puesta en producción del sistema en cada una de las líneas, así como las indicaciones de uso, se irá comunicando en los siguientes enlaces:

Línea 3.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios/procedimientos/detalle/25535.html?tax=inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad

Línea 4.

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad/servicios/procedimientos/detalle/25536.html?tax=inclusionsocialjuventudfamiliaseigualdad

Decimoprimero. Devolución a iniciativa del perceptor.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 124 quáter del texto refundido de la Ley General de La Hacienda Pública de la Junta de Andalucía, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, la entidad beneficiaria podrá realizar la devolución voluntaria de la subvención percibida, así como solicitar la compensación y el aplazamiento o fraccionamiento con reconocimiento de deuda. Los medios disponibles y el procedimiento a seguir se encuentran en la siguiente dirección electrónica:

https://www.juntadeandalucia.es/organismos/economiahaciendayfondoseuropeos/areas/tesoreria-endeudamiento/modelos-tesoreria/paginas/devolucion-voluntaria.html

Decimosegundo. Entrada en vigor.

La eficacia de la presente orden, se producirá con la publicación del extracto de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, antes referida.

Sevilla, 12 de mayo de 2026

MARÍA DOLORES LÓPEZ GABARRO
Consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias 
e Igualdad

ANEXO A

RELACIÓN DE ACTUACIONES SUBVENCIONABLES EN LA PRESENTE CONVOCATORIA (2026)

Línea 3. Subvenciones destinadas a entidades privadas para proyectos de inversión con fines sociales en materia de equipamientos y vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades.

- Equipamiento de servicios o centros.
- Adquisición de vehículos adaptados y/o adaptación de vehículos.

Línea 4. Subvenciones destinadas a entidades privadas para la realización de programas de ámbito provincial de interés general para atender fines sociales con cargo a la asignación tributaria del 0,7% del impuesto sobre la renta de las personas físicas y del impuesto sobre sociedades.

1. Programas de interés social-Infancia, adolescencia y juventud.
PRIORIDAD 1:
1.5. Programas de fomento de colaboración familiar, el acogimiento familiar o la adopción de menores del sistema de protección. Los programas de sensibilización y captación de familias se dirigirán a la población en general para dar a conocer las medidas de integración o colaboración familiar, o se realizarán de forma más especializada focalizados en perfiles específicos para menores con características especiales.
PRIORIDAD 2:
1.2. Programas para la prevención de la violencia hacia la infancia y la adolescencia en el ámbito familiar.
1.3. Programas para la prevención, sensibilización y detección de situaciones de violencia sexual hacia niños, niñas y adolescentes, que promuevan habilidades de autoprotección ante este tipo de violencia y favorezcan la capacitación de profesionales para la detección de situaciones de violencia sexual hacia la infancia.
1.4. Programas de inserción social y laboral para jóvenes entre 18 y 25 años procedentes del sistema de protección de menores de la Administración de la Junta de Andalucía:
a) Programas de emancipación con plazas mixtas para el alojamiento, manutención e inserción social y laboral para jóvenes con dificultades especiales de integración derivadas de situaciones de discapacidad, problemas de salud mental u otras.
b) Programas de emancipación con plazas mixtas para el alojamiento, manutención e inserción social y laboral para jóvenes que se encuentran realizando estudios de bachillerato o formación profesional.
c) Programas de emancipación con plazas mixtas para el alojamiento, manutención e inserción social y laboral de carácter general.

2. Programas de interés social-Promoción de la igualdad entre mujeres y hombres y prevención de la violencia de género.
PRIORIDAD 1:
2.1. Prevención y lucha contra la violencia de género, especialmente en el medio rural
a) Programas de asistencia e intervención que tengan por objeto la realización de actuaciones de intervención y la asistencia a las víctimas de violencia de género, dentro del Convenio de Estambul, teniendo en cuenta la especialidad del medio rural.
2.3. Mujeres especialmente vulnerables.
Programas que tengan por objeto la inserción sociolaboral, el asesoramiento legal, la atención psicológica y la igualdad de oportunidades de las mujeres con necesidades especiales y en situación de vulnerabilidad: mujeres embarazadas en situación de dificultad, mujeres trans, y demás mujeres con doble situación de vulnerabilidad.
2.4. Lucha contra la trata de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual
a) Programas que tengan por objeto la detección, prevención y asistencia a víctimas de delitos relacionados con la trata de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual.
b) Programas que coadyuven a la seguridad y protección integral de sus víctimas y sus hijos e hijas, incluido el alojamiento para facilitar el desplazamiento de un territorio a otro.
2.5. Programas dirigidos a promover la salud integral de las mujeres
c) Atención a mujeres víctimas de violencia de género con trastornos mentales y problemas de adicciones.
2.6. Programas de asesoramiento, apoyo y acompañamiento dirigidos a mujeres embarazadas y madres en situación de vulnerabilidad con hijos de 0 a 3 años. Estos programas podrán incluir todas o algunas de las siguientes actuaciones: alojamiento; cobertura de bienes de primera necesidad mediante la entrega de alimentos, ropa, productos de higiene y artículos destinados al cuidado de la mujer embarazada; inserción sociolaboral; asesoramiento legal y atención psicológica.
PRIORIDAD 2:
2.1. Prevención y lucha contra la violencia de género, especialmente en el medio rural
d) Programas de promoción y formación del voluntariado para el acompañamiento y apoyo a las víctimas de delitos en los juzgados y dependencias policiales, relacionados con la violencia contra las mujeres.
2.4. Lucha contra la trata de mujeres y niñas, con fines de explotación sexual
c) Sensibilización y concienciación ciudadana.
2.5. Programas dirigidos a promover la salud integral de las mujeres
a) Programas dirigidos a la prevención de los problemas de salud específicos de las mujeres y en especial de salud reproductiva, climaterio y oncológicos, menstruación, gestación, parto.

3. Programas de interés social-Personas mayores.
PRIORIDAD 1:
3.1. Programas de atención a situaciones de soledad no deseada mediante el desarrollo de actividades de acompañamiento y de sensibilización social hacia las personas mayores de 55 años solas.
3.2. Programa de atención a situaciones de soledad no deseada en personas mayores que fomenten sinergias para crear una red de recursos en el territorio.
3.3. Programas de sensibilización y atención a personas mayores en situación de especial vulnerabilidad: mujeres mayores en entorno rural, personas inmigrantes y retornadas, en exclusión social, LGTBI, en aislamiento social y soledad no deseada, o sin red de apoyo familiar que no tengan reconocida situación de dependencia.
3.4. Programas que fomenten la convivencia, la integración, la participación, la solidaridad y la relación con el medio social entre las personas a partir de 55 años de Andalucía, incluyendo aquellos programas que incorporen actividades orientadas a un envejecimiento activo y saludable a través del ocio, tiempo libre y relaciones sociales.
PRIORIDAD 2:
3.5. Programas de sensibilización sobre el buen trato hacia las personas mayores y orientadas a transmitir una imagen positiva desarrollándose actuaciones que eviten el maltrato, el trato inadecuado a las personas mayores, así como situaciones de edadismo.
3.7. Programas de formación a personas mayores en TICs.
3.8. Programas psicosociales y de apoyo a las familias cuidadoras para la atención de las personas mayores en situación de dependencia y/o deterioro cognitivo.
3.9. Programas que fomenten hábitos de vida saludable (alimentación sana, equilibrada, ejercicio físico etc.) entre las personas a partir de 55 años de Andalucía.
3.10. Programas que promuevan la solidaridad y el intercambio intergeneracional.
3.12. Programas dirigidos a prevenir la institucionalización de personas mayores en situación de dependencia y que favorezcan la desinstitucionalización.
PRIORIDAD 3:
3.6. Programas que desarrollen medidas para mejorar la empleabilidad de las personas a partir de 55 años de Andalucía, mediante el fomento de la actividad emprendedora y de mentorización.
3.11. Programas que potencien la autoestima y el desarrollo personal entre las personas mayores de 55 años.
3.13. Programas que incluyan acciones formativas sobre el modelo de atención centrada en la persona destinadas a profesionales de atención directa de los centros de personas mayores en Andalucía.
3.14. Formación y encuentros: Congresos, formaciones y seminarios.

4. Programas de interés social-Personas con discapacidad.
PRIORIDAD 1:
4.1. Programas de atención a las personas con discapacidad: social, rehabilitación, fisioterapia, psicológica, audición y lenguaje y estimulación cognitiva.
4.2. Programas de promoción de la autonomía personal, la vida independiente, así como la prevención de la dependencia.
4.5. Programas de asistencia a personas necesitadas de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.
4.7. Programas de promoción de la accesibilidad cognitiva y sensorial y la comunicación accesible para personas con discapacidad, especialmente para personas con sordo-ceguera.
4.10. Programas de apoyo a las familias cuidadoras de personas con discapacidad.
4.11. Programas de promoción de la autonomía personal a través de la utilización de tecnologías, productos o servicios relacionados con la información y la comunicación u otros servicios que faciliten dicha autonomía personal, la permanencia en el domicilio y el entorno social y familiar, incluidos aquellos relacionados con la accesibilidad universal a entornos, servicios y productos.
4.12. Programas de prevención de la exclusión social y discriminación de las personas con discapacidad.
PRIORIDAD 2:
4.3. Programas de atención social a menores con discapacidad reconocida o en situación de necesidades especiales para la promoción de la autonomía personal.
4.4. Programas de atención, formación e inclusión social de mujeres y niñas con discapacidad, promoción de la igualdad, especialmente la detección, prevención y atención de malos tratos y violencia contra las mujeres con discapacidad.
4.6. Programas de orientación, inserción e inclusión social y/o laboral y apoyo en el puesto de trabajo de personas con discapacidad y personas con problemas de salud mental.
4.8. Programas de promoción del ocio inclusivo y la participación en actividades sociales, culturales y deportivas, atendiendo a la accesibilidad universal y la participación en la comunidad, con presencia conjunta de personas con y sin discapacidad, especialmente por niños y niñas con discapacidad a partir de los 12 años.
4.9. Programas de información, orientación y asesoramiento de las personas con discapacidad y sus familiares.
4.14. Programas de transporte y movilidad puerta a puerta.
4.16. Programas de acompañamiento a personas con discapacidad en procesos judiciales distintos a los de apoyo en el ejercicio de su capacidad jurídica.
PRIORIDAD 3:
4.13. Programas de formación y encuentros: congresos, seminarios y jornadas.

5. Programas de interés social-Personas con adicciones y personas con VIH-SIDA.
PRIORIDAD 1:
5.1. Programas dirigidos a la prevención de las adicciones y sus riesgos asociados
b) Programas de prevención selectiva.
d) Programas de reducción de riesgos.
f) Programas de prevención de otras adicciones sin sustancia.
5.2. Programas dirigidos a la rehabilitación e incorporación social de personas con adicciones
e) Programas de atención a la patología dual.
h) Programas específicos de atención dirigidos a jóvenes con adicciones con o sin sustancias.
5.3. Programas de asesoramiento jurídico para personas con problemas de adicciones.
5.4. Programas dirigidos a la reducción de daños de personas con adicciones.
5.12. Programas de diagnóstico precoz del VIH y mejora de la continuidad sanitaria.
PRIORIDAD 2:
5.1. Programas dirigidos a la prevención de las adicciones y sus riesgos asociados
e) Programas de prevención del juego patológico.
g) Programas de prevención de las adicciones y salud mental.
5.2. Programas dirigidos a la rehabilitación e incorporación social de personas con adicciones
b) Programas de apoyo a personas en centros penitenciarios con problemas de adicciones
c) Programas dirigidos a las familias para el desarrollo de conocimientos, técnicas y habilidades necesarias que facilite un cambio en la dinámica familiar para abordar adecuadamente el problema de las adicciones.
f) Programas de apoyo al tratamiento de las adicciones.
g) Programas de intervención psicosocial y educación de calle en zonas desfavorecidas.
5.5. Programas de formación en enfoque integrado de género en el ámbito de adicciones.
5.13. Prevención en ITS y promoción de hábitos saludables.
PRIORIDAD 3:
5.1. Programas dirigidos a la prevención de las adicciones y sus riesgos asociados
a) Programas de prevención universal.
c) Programas de prevención indicada.
5.2. Programas dirigidos a la rehabilitación e incorporación social de personas con adicciones
a) Programas que favorezcan la formación, capacitación e inserción sociolaboral de las personas con adicciones.
d) Programas de incorporación social dirigidos a mejorar las competencias personales y la relación con el entorno de las personas con adicciones.
5.9. Programas de prevención y control del VIH-SIDA.

6. Programas de interés social-Comunidad gitana.
PRIORIDAD 1:
6.6. Prevención de las conductas anti gitanas.
6.12. Acciones de mediación para el tránsito en la incorporación de viviendas normalizadas de personas residentes en núcleos chabolistas o procedentes de infraviviendas por medio de acompañamiento y seguimiento socio-educativo, desde la coordinación con los Servicios Sociales Comunitarios.
PRIORIDAD 2:
6.1. Formación, capacitación e inserción socio-laboral.
6.4. Actividades que fomenten la detección, sensibilización y prevención de la violencia de género en mujeres de etnia gitana, así como el diseño e implementación de acciones de sensibilización y prevención para hombres de etnia gitana.
6.5. Actuaciones formativas sobre violencia de género y comunidad gitana destinadas a agentes sociales de la comunidad, instituciones y profesionales del ámbito de la protección social.
6.7. Programas orientados a la promoción y educación para la salud de la población gitana, con especial incidencia en las mujeres, que favorezcan la reducción de las desigualdades en salud respecto a la población general.
6.11. Acciones de intermediación con familias gitanas en situación de exclusión social o vulnerabilidad, destinadas al fomento de la escolarización, prevención del absentismo y el abandono escolar, así como de sensibilización para la continuidad del proceso educativo en educación secundaria y superior.
PRIORIDAD 3:
6.2. Actividades de promoción y fomento de la cultura gitana en Andalucía, así como divulgación de los valores de la interculturalidad y animación sociocultural.
6.3. Actividades de promoción de la mujer gitana, mediante acciones de sensibilización dirigidas a garantizar la igualdad de trato y no discriminación desde todos los ámbitos de intervención.
6.8. Programas orientados al empoderamiento de mujeres gitanas como agentes de promoción integral de la salud y formación en mediación intercultural de personas profesionales sanitarias.
6.9. Programas de formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la comunidad gitana.
6.10. Acciones de sensibilización dirigidas a los hombres para promover la corresponsabilidad en la asunción de los cuidados familiares.

7. Programas de interés social-Urgencia e inclusión social.
PRIORIDAD 1:
7.1. Programas de Urgencia
a) Programas destinados a la cobertura de bienes de primera necesidad de las personas y familias más necesitadas mediante: comedores sociales; entrega de alimentos, ropa y productos de higiene; ayuda para el pago de recibos de suministros, gastos sanitarios, así como aquellos gastos imprevistos de las familias más vulnerables.
7.2. Personas sin hogar.
a) Programas de atención en centros residenciales a personas sin hogar que fomenten la autonomía y la desinstitucionalización.
b) Atención en centros de día y centros de baja exigencia para personas sin hogar.
c) Programas de acompañamiento en calle, por equipos multidisciplinares, para la atención a personas sin hogar.
d) Programas dirigidos a la prevención y superación de las causas que originan situaciones. de sinhogarismo, con especial atención a la mayor vulnerabilidad de las mujeres.
PRIORIDAD 2:
7.1. Programas de Urgencia.
b) Programas de mediación, apoyo y asesoramiento para las personas y familias vulnerables con el fin de prevenir la exclusión residencial que pueda derivar en situaciones de extrema necesidad. Se contemplan actuaciones de acompañamiento social a familias en actuaciones de realojamiento o de acceso a vivienda normalizada, el pago de recibos de alquileres y de estancias cortas en alojamientos (hostales, pensiones, otros) y la mediación para el alquiler de viviendas.
7.3. Personas reclusas y ex-reclusas.
a) Programas de apoyo a la reinserción social de personas ex-reclusas mediante soluciones habitacionales.
b) Programas de atención social dirigidos a personas reclusas, ex-reclusas y sometidas a medidas alternativas.
c) Programas que favorezcan la formación, capacitación e inserción sociolaboral de las personas.
reclusas, exreclusas y sometidas a medidas alternativas.
7.4. Inclusión social.
a) Programas de intervención comunitaria dirigidos a mejorar la integración y la inclusión social de las personas que se encuentran en riesgo o en situación de vulnerabilidad y/o exclusión social.

8. Programas de interés social-Garantía de los derechos, la igualdad de trato y no discriminación de las personas LGTBI y sus familiares.
PRIORIDAD 1:
8.1. Programas de atención, acogida, integración e inserción social y laboral de personas LGTBI.
8.2. Programas formativos destinados a fomentar el respeto, la no discriminación de las personas LGTBI y la prevención de la LGTBIfobia.
8.3. Acciones divulgativas sobre espacios libres de LGTBIfobia.
PRIORIDAD 2:
8.4. Programas de formación en enfoque integrado de género en el ámbito de las personas LGTBI y sus familiares.

9. Programas de interés social-Intervención del voluntariado.
PRIORIDAD 1:
9.5. Programas desarrollados por entidades de voluntariado llevados a cabo por personas voluntarias que consistan en la intervención directa sobre los colectivos objeto de atención de la entidad solicitante.
9.7. Actuaciones destinadas a favorecer la formación en los principios y valores del voluntariado mediante programas de Aprendizaje Servicio.
PRIORIDAD 2:
9.1. Formación básica sobre temas transversales del voluntariado dirigida a la capacitación y empoderamiento de las personas voluntarias, ofreciendo itinerarios formativos y orientación según el perfil de las mismas.
9.2. Formación específica dirigida a personas voluntarias sobre temas relacionados con el área de actuación de la entidad solicitante, favoreciendo la calidad de la acción voluntaria y el fortalecimiento de la entidad.
9.3. Formación en nuevas tecnologías, elaboración de programas y apoyo técnico a las entidades que trabajan en el medio rural.
9.4. Formación en materia de enfoque integrado de género en el ámbito de la intervención del voluntariado.
PRIORIDAD 3:
9.6. Campañas de sensibilización dirigidas a la ciudadanía en general sobre los valores del voluntariado, destinadas a la captación de personas voluntarias y al fortalecimiento del tejido asociativo.

10. Programas de interés social-Personas migrantes.
PRIORIDAD 1:
10.1 Personas inmigrantes
a) Programas de formación e inserción socio-laboral vinculados a la oferta formativa del Sistema de Formación Profesional en el ámbito laboral asociada al Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, que incluyan además desarrollo de competencias transversales.
b) Programas de formación que incluyan compromisos de contratación en sectores con alta demanda de personal, vinculados a la tramitación del arraigo para la formación, sin requisito de estudios previos, que incluyan además desarrollo de competencias transversales.
d) Programas de acogida integral para la atención de las necesidades básicas de personas inmigrantes en situación de vulnerabilidad que incluyan la creación o mantenimiento de plazas de acogida que proporcionen recursos de alojamiento y manutención.
e) Programas que faciliten el acceso a la vivienda de la población migrante, bien mediante la intermediación en el alquiler de vivienda normalizada, el alquiler de viviendas de forma directa, u otras medidas o recursos que faciliten el alojamiento.
PRIORIDAD 2:
10.1. Población migrante.
f) Programas para la realización de actuaciones dirigidas a atender las necesidades básicas y urgentes de las personas inmigrantes instaladas en asentamientos chabolistas o infraviviendas asociadas en coordinación con las entidades locales afectadas al objeto de erradicar los asentamientos existentes y/o su prevención.
h) Programas para la mediación intercultural en los ámbitos educativo, sanitario y comunitario que promuevan la inclusión y la participación social.
i) Programas que fomentan la salud y el bienestar biopsicosocial de las personas migrantes, teniendo en cuenta factores estresores interculturales, el duelo migratorio, la perspectiva de género y la diversidad sexual, para una adecuada salud mental.
k) Programas de sensibilización e intervención para la igualdad de género y la prevención de prácticas culturales nocivas como la mutilación genital femenina, matrimonios forzados o convenidos, etc.
10.2. Personas emigrantes españolas y retornadas.
a) Programas de información y asesoramiento integral a las personas andaluzas que pretenden desplazarse a otros países y para las personas emigrantes retornadas.
b) Programas que favorezcan la formación, capacitación y la inserción socio-laboral de las personas emigrantes y retornadas.
PRIORIDAD 3:
10.1. Población migrante.
c) Programas de orientación y formación dirigidos a la inclusión socio-laboral.
j) Programas que promuevan la salud sexual y reproductiva y programas de prevención y de detección de enfermedades de transmisión sexual con enfoque de género.
l) Programas que promuevan la sensibilización, la igualdad de oportunidades, la lucha contra el racismo, la xenofobia y los delitos de odio y promuevan la convivencia intercultural.

Descargar PDF