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1. Tutoría

Tutoría

El modelo de acción tutorial dentro de las modalidades de enseñanza a Distancia y Semipresencial, requieren conocer las necesidades e inquietudes de nuestro alumnado con el fin de ofrecer un entorno virtual de aprendizaje de calidad.

¿Qué significa ser tutor?

Qué significa ser tutor
Imagen de elaboración propia

Es fundamental establecer un contacto directo con el alumnado desde el principio. La labor de orientación y seguimiento implican llevar a cabo una serie de actuaciones propias de esta modalidad. Estas irán cambiando dependiendo del momento del curso donde nos encontremos.

Es por ello que la Acogida del Alumnado, la Evaluación Inicial, las comunicaciones con el alumnado y el seguimiento grupal e individual, se convierten en herramientas esenciales para prevenir el abandono escolar.

Funciones del tutor o tutora

Funciones del tutor o tutora
Imagen de elaboración propia

Cada alumno o alumna que curse enseñanzas en las modalidades semipresencial o a distancia, tendrá asignado un tutor o tutora que coordinará las enseñanzas y la acción tutorial del equipo docente correspondiente.

Tal como se recoge en el DECRETO 359/2011 de 7 de diciembre, por el que se regulan las modalidades semipresencial y a distancia de las enseñanzas de Formación Profesional Inicial, de Educación Permanente de Personas Adultas, el tutor o tutora tendrá las siguientes funciones específicas:

  1. Participar, de acuerdo con las directrices que establezca la dirección del centro, en la aplicación coordinada del plan de acogida del alumnado matriculado en alguna de estas modalidades de enseñanza.
  2. Asesorar al alumnado en la familiarización con la plataforma virtual de aprendizaje, la estructura y características de los materiales didácticos alojados en ésta y las herramientas de comunicación de las que dispone.
  3. Colaborar en la coordinación y aplicar los mecanismos establecidos para la detección de abandono de la actividad del alumnado en la plataforma virtual de aprendizaje y los protocolos de actuación establecidos para estos casos, en coordinación con el profesorado que imparte docencia al grupo.
  4. Informar al alumnado sobre todos los aspectos relacionados con el calendario de tareas y actividades a realizar durante el curso, la realización de las pruebas presenciales y los procedimientos de evaluación y calificación.
  5. Cualesquiera otras que le sean atribuidas por Orden de la persona titular de la Consejería competente en materia de educación.