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Convocatoria:
Se abre el plazo de participación en las comisiones de servicios provinciales, interprovinciales e intercomunitarias para el curso académico 2021/2022
Estado:
Publicada la Resolución de listados definitivos de Comisiones de Servicio
Solicitud comisiones servicio - plazo extraordinario:
Se abre el plazo extraordinario de solicitud de comisiones de servicio, del 21 al 26 de mayo, ambos inclusive. para el personal docente que desde la situación de prácticas o de provisionalidad, haya obtenido destino definitivo en el Concurso General de Traslados. FINALIZADO
Solicitud:

El plazo de presentación de instancias será del 2 de marzo al 31 de marzo, ambos inclusive ya que en aplicación de la Orden de 30 de octubre de 2020 de la Consejería de Presidencia, Administración Pública e Interior, por la que se determina el calendario de días inhábiles a efectos de cómputos de plazos administrativos en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2021, el día 1 de marzo es considerado día inhábil a estos efectos.

Las solicitudes de participación se cumplimentarán y presentarán de manera telemática a través del correspondiente formulario web de la Consejería de Educación y Deporte.

De conformidad con la Orden de 20 de febrero de 2020, el personal funcionario en prácticas y el personal funcionario de carrera sin destino definitivo en la Comunidad Autónoma de Andalucía dispondrá de un plazo extraordinario para solicitar una comisión de servicio, en caso de obtener en el Concurso General de Traslados del año en curso un destino definitivo.

A quienes presenten más de una solicitud por el mismo supuesto, solo se les tendrá en cuenta la última solicitud presentada.

FINALIZADO
Nota informativa:

En caso de solicitar una comisión de servicio por el supuesto a).1.º (por razones de salud del profesorado que afecten muy gravemente el desempeño del puesto de destino), y que esta no sea informada favorablemente por las asesoría médica de la Delegación Territorial correspondiente, dicha comisión pasará a ser valorada directamente dentro del supuesto b).7.º, que hace referencia a razones de enfermedad del profesorado no incluidas en el mencionado apartado a).1.º.

Asimismo, en el caso de solicitar una comisión de servicio por razón de enfermedad grave de familiares de primer grado de consanguinidad, cónyuge o pareja de hecho, contemplada en el supuesto a).2.º, y que esta no sea informada favorablemente por la asesoría médica de la Delegación Territorial correspondiente, esta comisión pasará a ser valorada directamente dentro del supuesto b).2.º. Esto no es aplicable si el motivo por el que se solicita la comisión es por razón de dependencia o discapacidad recogidas en el supuesto a).2.º.

Novedades
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