Saltar al contenido

Funciones de las personas asesoras / evaluadoras

  • Personas asesoras:

a) Asesorar a la persona candidata en la participación del proceso de evaluación, así como, en su caso, en el desarrollo del historial profesional y formativo presentado, en la cumplimentación del cuestionario de autoevaluación, y en la conformación de su dossier competencial.

b) Elaborar un informe orientativo sobre la conveniencia de que el aspirante participe en la fase de evaluación, dejando constancia de las competencias profesionales que considera suficientemente justificadas y, en su caso, la formación necesaria para completar la unidad de competencia que pretenda ser evaluada.

c) Colaborar con las comisiones de evaluación cuando así les sea requerido.

  • Personas evaluadoras:

a) Concretar las actividades de evaluación de la competencia profesional, de acuerdo con los métodos e instrumentos establecidos por la comisión de evaluación y con lo establecido en la correspondiente Guía de Evidencias.

b) Realizar la evaluación de acuerdo con el plan establecido y registrar sus actuaciones en los documentos normalizados.

c) Evaluar a los candidatos y candidatas siguiendo el procedimiento establecido, así como resolver las incidencias que puedan producirse.

  • Comisiones de evaluación:

Se constituirán comisiones de evaluación formadas por personas habilitadas para evaluar, con objeto de planificar, desarrollar y ejecutar la evaluación con criterios homogéneos de evaluación.

Nodo: sv0205.ced.junta-andalucia.es
Ir al inicio