La Ley Orgánica reguladora de la Responsabilidad penal de los menores, aprobada en 2000 y reformada por última vez en 2006, supone el establecimiento de un ámbito penal especializado para los menores. Esta Ley se aplica para enjuiciar los delitos cometidos por los menores de edad con al menos 14 años y tiene una doble finalidad, por un lado punitiva, que persigue que el menor asuma la responsabilidad por sus hechos y por otro lado educativa, que persigue reeducar a los menores de edad para erradicar la conducta delictiva y garantizar su reinserción social como ciudadanos de pleno derecho.
La ley establece un catálogo de medidas que pueden ser impuestas, que van desde aquellas que suponen la privación de la libertad por un tiempo hasta medidas de medio abierto (libertad vigilada, tareas socieducativas, trabajos en beneficio de la comunidad, etc) y encomienda la ejecución de las mismas a las Comunidades Autónomas. En el caso de Andalucía la competencia recae desde 2004 en la Consejería de Justicia y Administración Pública y desde esta fecha la Consejería se ha planteado como un autentico reto el trabajo con estos menores, individualizando la atención prestada a cada uno de ellos y poniendo en marcha todos los recursos que aseguren que el tiempo durante el que cumplen su medida sea un tiempo para reorientar su vida con actividades formativas, terapeuticas o de inserción laboral que les garanticen un futuro mejor.
"Según Decreto 305/2008, de 20 de mayo (BOJA núm. 102, de 23 de mayo de 2008), por el que se establece la Estructura Orgánica de la Consejería de Justicia y Administración Pública, a la Dirección General de Justicia Juvenil se la atribuye, entre otras competencias, la ejecución de las medidas adoptadas por los órganos judiciales, en aplicación de la legislación sobre responsabilidad penal de menores, excepto las que supongan la aplicación de protección de menores."
Así mismo, según Decreto 33/2008, de 5 de febrero, se regulan los centros y servicios de justicia juvenil y se establece el sistema de gestión de la calidad.
A fecha 31 de agosto de 2008, un total de 6.862 menores/jóvenes han cumplido medidas de medio abierto, ejecutándose un total de 8.497 medidas judiciales, distribuidas de la siguiente forma:
Medidas | Número |
---|---|
Amonestaciones | 119 |
Centro de día | 167 |
Convivencia grupo educativo | 200 |
Fines de semana | 133 |
Libertad vigilada | 3982 |
Prestación en beneficio de la comunidad | 2234 |
Privación del permiso de conducir | 3 |
Privación de otras licencias administrativas | 107 |
Prohibición de aproximación y comunicación con la víctima, su familia u otras personas | 98 |
Tareas socioeducativas | 634 |
Tratamiento ambulatorio de drogodependencias | 365 |
Tratamiento ambulatorio de salud mental | 455 |
Por su parte, también a fecha de 31 de agosto de 2008 el número de menores/jóvenes cumpliendo medidas de internamiento era de 617. De éstos, 147 lo eran de forma cautelar y 470 lo eran de forma definitiva. Su distribución por tipo de régimen es la siguiente:
Medidas | Número |
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Cerrado | 73 |
Semiabierto | 485 |
Terapeútico | 200 |