Page 39 - Memoria de la Junta de Andalucía
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SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

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                  competente en materia de Tesorería (DGTeso), asume la competencia para materializar los pagos
                  correspondientes a las obligaciones de las agencias.

                  En concreto: “La Dirección General competente en materia de Tesorería realizará las funciones de
                  materialización  del  pago  de  las  obligaciones  que  se  ordenen  en  el  ámbito  de  las  agencias
                  administrativas, de régimen especial, públicas empresariales comprendidas en el artículo 2.c) y
                  consorcios, cuando existan obligaciones pendientes de pago en la Tesorería General de la Junta de
                  Andalucía  a su  favor.  Esta  fase del  proceso de  materialización  del  pago  se  realizará aplicando
                  mecanismos de compensación y siempre en nombre y por cuenta de estas agencias y consorcios, que
                  serán los titulares de las obligaciones de pago.”

                   En  la  práctica,  este  sistema  supone  que  los  pagos  de  las  obligaciones  de  las  agencias  se
                  materializan por la DGTeso, por cuenta y en nombre de aquellas, y con cargo a los fondos líquidos
                  situados en cuentas bancarias con las que opera dicho Centro Directivo. Estos importes atendidos
                  por  la  DGTeso  se  compensan  con  las obligaciones  a  favor  de  las  agencias  que  se  encuentren
                  pendientes de pago en el ámbito de la DGTeso. La consecuencia de todo este proceso es que las
                  agencias incluidas en este procedimiento no precisan de fondos líquidos, no obstante, en caso de
                  agencias excluidas del mecanismo, la materialización del pago se realizará por los órganos de
                  gestión de su tesorería propia. Actualmente solo el Patronato de la Alhambra y Generalife está
                  excluido de este circuito.

                  La implementación contable de este procedimiento de pago centralizado, supuso la aparición de
                  las  denominadas  “cuentas intercompañía o multisociedad”,  cuentas  del  sub-  grupo  550  “Otras
                  cuentas no bancarias”, que figuran con saldo acreedor en el balance de la Junta de Andalucía y con
                  saldo deudor en el de las respectivas agencias, y que reflejan precisamente el saldo a favor de estas
                  últimas resultado neto, de las compensaciones de los cobros y pagos formalizados consecuencia
                  de los ingresos y obligaciones materializados por la DGTeso.

                  En  el  siguiente  cuadro  se  muestran  los  saldos  al  cierre  del  ejercicio  2022  de  la  cuenta
                  “intercompañía”, tanto en la Junta de Andalucía como en la entidad acreedora, como de la agencia
                  como entidad deudora.



                               Entidad   Cuenta      Saldo Entidad  Cuenta      Saldo  Diferencia
                            Junta de
                            Andalucía  55001010 169.516.688,31 SAS  55001000  169.516.688,31  0,00
                                         TOTAL  169.516.688,31            169.516.688,31



                  Cuenta 413

                  Por otro lado, la cuenta 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar a presupuesto”, que
                  recoge las obligaciones derivadas de gastos realizados o bienes y servicios recibidos, para las que
                  no  se  ha  producido  su  aplicación  a  presupuesto,  siendo  procedente  la  misma,  presenta  el
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