Salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía
Objeto de la subvención
La finalidad de estas subvenciones es la de garantizar la actividad de las salas de exhibición como agentes fundamentales de la divulgación de la diversidad cultural, para fomentar el hábito de asistencia a las salas de cine, así como su mantenimiento y el sostenimiento de los gastos de explotación anuales.
Se consideran gastos subvencionables aquellos vinculados a la actividad continuada de las salas de exhibición cinematográfica, entendida como su apertura y mantenimiento operativo al público durante el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año en el que se produzca la convocatoria, con el objetivo de garantizar el acceso de la ciudadanía a la oferta cinematográfica en condiciones de regularidad y estabilidad.
Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presentes bases reguladoras las siguientes personas o entidades:
1. Las personas físicas o jurídicas, privadas, titulares de salas de exhibición cinematográfica o de complejos cinematográficos, de acuerdo con la definición que de dichos conceptos establecen los incisos l) y m) del artículo 4 de la Ley 55/2007, de 28 de diciembre, del Cine, respectivamente:
"l) Sala de exhibición cinematográfica: Local o recinto de exhibición cinematográfica abierto al público mediante precio o contraprestación fijado por el derecho de asistencia a la proyección de largometrajes determinadas, bien sea dicho local permanente o de temporada, y cualesquiera que sean su ubicación y titularidad."
"m) Complejo cinematográfico: El local que tenga dos o más pantallas de exhibición y cuya explotación se realice bajo la titularidad de una misma persona física o jurídica con identificación bajo un mismo rótulo."
2. No podrán acceder a estas ayudas las siguientes personas titulares de salas de exhibición:
a) Las titulares de salas “X”.
b) Las que tengan su residencia fiscal en países y territorios considerados jurisdicciones no cooperativas, de acuerdo con la Orden HFP/115/2023, de 9 de febrero, por la que se determinan los países y territorios, así como los regímenes fiscales perjudiciales, que tienen la consideración de jurisdicciones no cooperativas.
Bases reguladoras
Orden de 8 de octubre de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, a salas de exhibición cinematográfica establecidas en Andalucía para el fomento de su actividad divulgadora y cultural.
Orden en PDF (424 KB)
Publicación en el BOJA nº 203 de 22/10/2025
Sistema de reparto de las subvenciones
Tras la publicación de las bases reguladoras de las ayudas a salas de exhibición cinematográfica, se facilita a continuación una explicación simplificada del reparto y una simulación orientativa, con el fin de facilitar la comprensión del sistema establecido.
Consulta el documento explicativo (PDF 73 KB)
Proyectos subvencionados con anterioridad
En el capítulo IV de las bases reguladoras se indica que "estas ayudas se prevén para el sostenimiento de los gastos de explotación anuales, siempre que hayan programado, entre el 1 de enero y el 31 de diciembre del año de la convocatoria, al menos cuatro obras que hayan recibido apoyo de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía".
Y para facilitar el cumplimiento de este requisito a las personas o entidades solicitantes, se facilita un listado que recoge los proyectos que han sido subvencionados por la Consejería de Cultura y Deporte a partir del año 2012.
Listado orientativo de proyectos que han recibido subvención desde 2012 (PDF 27 KB)
La agencia