Límites Máximos de Residuos (LMR)

LMR es la concentración máxima de residuos de un plaguicida (expresada en mg/Kg) para que se permita legalmente su uso en la superficie o la parte interna de los productos alimenticios para consumo humano y de piensos. Los LMRs se basan en datos de BPA (Buena Práctica Agrícola) y tienen por objeto lograr que los alimentos derivados de productos básicos que se ajustan a los respectivos LMRs sean toxicológicamente aceptables (Comisión del Codex Alimentarius).

Por lo tanto, los objetivos del establecimiento de LMRs son los siguientes:

  • Controlar el uso de los productos fitosanitarios

  • Proteger al consumidor

  • Facilitar el comercio

Por otra parte, según la legislación de la Unión Europea no pueden autorizarse sustancias activas de productos fitosanitarios a menos que se haya probado científicamente antes que:

  • No producen efectos perjudiciales en los consumidores, los agricultores ni terceros.

  • No provocan efectos inaceptables en el medio ambiente.

  • Son suficientemente eficaces.

Si bien las solicitudes de LMR se tramitan mediante un procedimiento comunitario, la autorización y el registro de productos fitosanitarios continúa siendo competencia exclusiva de los Estados miembros para poder atender así a particularidades de su clima-región, etc.

Las autoridades competentes nacionales de los Estados Miembros son los responsables de la evaluación del riesgo para el consumidor asociado a tal medida (Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición), así como del registro del uso del producto fitosanitario (Ministerio de Agricultura y Pesca, Alimentación y Medio Ambiente). Asimismo están encargados del control y de la aplicación de estos LMRs las Comunidades Autónomas.

Para saber más: consulta de LMR e información.

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955032000
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