Solicitud Autorización de la Marca «gusto del Sur»

¿Cómo se puede solicitar la autorización del uso de la marca «gusto del Sur»?

Los operadores agroalimentarios y pesqueros que deseen utilizar la marca «gusto del Sur» deberán formular solicitud presentando el formulario que figura como Anexo I, dirigida a la persona titular de la Dirección General competente en materia de calidad agroalimentaria, en la que se declarará expresamente el cumplimiento de los requisitos.

Según el artículo 1 del Decreto 153/2023, de 27 de junio, toda la información asociada al procedimiento de autorización de la marca «gusto del Sur» está disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, con el código 23751, en el siguiente enlace:

Si tiene dudas relacionadas con el Decreto que regula esta marca o con la información que debe cumplimentar en el formulario, puede contactar con el Servicio de Calidad y Control Agroalimentario en el correo electrónico gustodelsur.gestion.capadr@juntadeandalucia.es

Logo marca gusto del Sur

Información sobre la marca «gusto del Sur»

Desde la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural se ha considerado necesario impulsar una nueva marca corporativa para la promoción y puesta en valor de la calidad de los productos agroalimentarios y pesqueros, que imprima un aire renovado y actual a la diferenciación en los mercados de la calidad distintiva y a su difusión nacional e internacional mediante actividades publicitarias y de comunicación. Con esta finalidad se crea la nueva marca de calidad «gusto del Sur», como imagen institucional que ampara a todos los productos agroalimentarios y pesqueros con una garantía de calidad diferenciada, es decir, cuya calidad es superior a los estándares exigidos, certificada por organismos acreditados, y bajo la supervisión de la Administración andaluza.

La marca «gusto del Sur» imprime un nuevo impulso y un aire renovado a la imagen de los productos agroalimentarios y pesqueros, mediante una nueva representación gráfica donde se actualiza la imagen desde un punto de vista más innovador en su grafismo y fácil identificación en el etiquetado de un producto agroalimentario y pesquero. Es una marca distintiva que tiene como base tres premisas cruciales para competir y conquistar los mercados: sabor, calidad y sostenibilidad; y que se consolidará como una marca de referencia que alcance a todos los estados miembros de la Unión.

Igualmente, la marca «gusto del Sur» implica una simplificación administrativa respecto a la anterior marca de calidad, con la eliminación de trámites y la simplificación en la aportación de documentos para su autorización. También en esta misma línea se instaura la tramitación electrónica con la finalidad de facilitar su tramitación a las personas interesadas, imponiéndose a éstas la relación con la Administración por medios electrónicos, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

La marca «gusto del Sur» es propiedad de la Comunidad Autónoma de Andalucía en virtud de la inscripción en los correspondientes Registros Nacionales y de la Unión Europea, correspondiendo la titularidad a la Consejería competente en materia agraria y pesquera, que de acuerdo con lo establecido en el Decreto podrá autorizar su uso a los operadores agroalimentarios y pesqueros que lo soliciten y cumplan los requisitos.

Esta nueva marca «gusto del Sur» deroga la anterior marca «Calidad Certificada», se podrá seguir utilizando en el etiquetado el logo de la marca «Calidad Certificada», durante el periodo de un año o hasta agotar el etiquetado, ampliable en determinados casos, una vez que entre en vigor el nuevo Decreto. El producto solo podrá estar etiquetado por una de las dos marcas, no pudiendo convivir ambas marcas en un mismo producto.

Requisitos y Beneficiarios

La finalidad de la marca «gusto del Sur» es la de garantizar la calidad diferenciada de los productos agroalimentarios y pesqueros elaborados o distribuidos por operadores debidamente autorizados, así como facilitar su distinción y promoción en el mercado. Podrá ser utilizada en los productos agroalimentarios y pesqueros que respondan a la definición de calidad diferenciada, es decir, cuya calidad vaya más allá de los requisitos de calidad comercial obligatoriamente establecidos.

Concretamente podrá ser utilizada en alimentos certificados con:

  • Denominación de origen protegida (DOP), Indicación geográfica protegida (IGP), Especialidad tradicional garantizada (ETG), Indicaciones geográficas de bebidas espirituosas (IGBE), Indicaciones geográficas de productos vitivinícolas aromatizados (IGPVA) y Términos tradicionales de vinos.
  • Términos de calidad facultativos reconocidos por la reglamentación de la UE.
  • Producción ecológica
  • Producción Integrada
  • Productos acogidos a pliegos de condiciones o normas de productos reconocidos por la Dirección General competente en materia de calidad agroalimentaria y que sean validados por la Comisión Europea, en los que se certifiquen requisitos de calidad en el producto que sean más exigentes que lo establecidos para su calidad comercial.
  • Productos agroalimentarios y pesqueros artesanos
  • Productos con requisitos objetivos de calidad establecidos por un protocolo privado (Por ejemplo, Global G.A.P.)

Requisitos:

Los operadores agroalimentarios y pesqueros que soliciten la autorización del uso de la marca y los productos de la marca «gusto del Sur» deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Ostentar la titularidad de la marca para los productos para los que se solicita la autorización de uso.
b) Figurar inscritas en el Registro Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos que corresponda, en el Registro de Industrias Agroalimentarias o en cualquier registro de empresas alimentarias y establecimientos alimentarios, siempre que por su actividad tengan que estar inscritas.
c) Tener implantado un sistema de autocontrol de calidad dependiendo del producto que se trate de acuerdo con el artículo 4 del Decreto 153/2023, de 27 de junio.

Beneficiarios:

Todos aquellos productores o comercializadores que cumplan dichos Requisitos.

Documentación requerida

Documentación a aportar:

Según el artículo 7 del Decreto 153/2023, de 27 de junio, los operadores agroalimentarios y pesqueros que deseen utilizar la marca «gusto del Sur» en sus productos y marcas deberán formular solicitud presentando el formulario que figura como Anexo I, acompañada de:

a) Documento que acredite la titularidad de la marca o marcas para las que solicita la autorización de uso.
b) Presentación de los diferentes usos del logotipo en los productos y marcas para los que solicita la autorización, según el Manual de Identidad Gráfica de la marca «gusto del Sur».
c) Certificado en vigor que acredite que los productos pueden acogerse al uso de la marca «gusto del Sur» de conformidad con el artículo 4. Dicho certificado deberá detallar todos los productos, y sus marcas comerciales, para los que se solicita la autorización de uso de la marca «gusto del Sur» y deberá estar emitido por un organismo de evaluación de la conformidad acreditado, o por un organismo autorizado provisionalmente, que conste inscrito en el registro de organismos de evaluación de la conformidad que se establezcan por los órganos competentes en materia de certificación de productos agroalimentarios y pesqueros, o emitido por la autoridad competente en materia agroalimentaria y pesquera.

Puede consultar el registro de organismos de evaluación de la conformidad para cada alcance en los siguientes enlaces:

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/industrias-agroalimentarias/organizaciones-entidades/paginas/entidades-inscritas-registro.html

https://juntadeandalucia.es/organismos/agriculturapescaaguaydesarrollorural/areas/industrias-agroalimentarias/organizaciones-entidades/paginas/organos-de-control.html

Declaración responsable:

En dicho formulario se declarará expresamente el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 6 del Decreto 153/2023, de 27 de junio, y en particular de:

a) Escritura actualizada de constitución, estatutos de la entidad, y acreditación de la representación legal, en su caso.
b) Certificado en vigor de inscripción en el Registro General Sanitario de Empresas Alimentarias y Alimentos, relacionando en el mismo, la fecha y códigos de actividad que constan en dicho Registro, sobre los productos para los que solicita la autorización del uso de la marca «gusto del Sur».
c) Certificado de estar inscrito en el Registro de Industrias Agroalimentarias.

Vigencia de la autorización

La autorización del uso de la marca «gusto del Sur» concedida al amparo del Decreto por la Dirección General competente en materia de calidad agroalimentaria tendrá validez indefinida, siempre que se mantengan las condiciones y requisitos de su otorgamiento.

Plazos:

  • Plazo de presentación: No existen plazos, se puede presentar la solicitud durante todo el año.
  • Plazo de resolución: 3 meses, según el articulo 9 del Decreto 153/2023, de 27 de junio.

Lugar / forma de presentación

Las solicitudes de autorización se presentarán exclusivamente de forma electrónica ajustándose al modelo de formulario que figura como Anexo I, en el Registro Electrónico Único de la Junta de Andalucía accesible a través de la sede electrónica de la Consejería, de acuerdo con lo previsto en el artículo 16.4.a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, al que podrán incorporar los documentos digitalizados.

Los interesados en el procedimiento para la obtención de la autorización de uso de la marca «gusto del Sur» podrán obtener información electrónica del estado de la tramitación de su expediente, mediante los mecanismos electrónicos que se establezcan.

Los operadores agroalimentarios y pesqueros que deseen utilizar la marca «gusto del Sur» deberán formular solicitud presentando el formulario que figura como Anexo I, dirigida a la persona titular de la Dirección General competente en materia de calidad agroalimentaria, en la que se declarará expresamente el cumplimiento de los requisitos.

Según el artículo 1 del Decreto 153/2023, de 27 de junio, toda la información asociada al procedimiento de autorización de la marca «gusto del Sur» está disponible en el Catálogo de Procedimientos y Servicios, con el código 23751, en el siguiente enlace:

Si tiene dudas relacionadas con el Decreto que regula esta marca o con la información que debe cumplimentar en el formulario, puede contactar con el Servicio de Calidad y Control Agroalimentario en el correo electrónico gustodelsur.gestion.capadr@juntadeandalucia.es

SISTEMA DE INFORMACIÓN DE LA MARCA «gusto del Sur»

Empresas autorizadas al uso de la marca «gusto del Sur» a 18/03/2024

Bases legales

Decreto 153/2023, de 27 de junio, por el que se regula la marca «gusto del Sur» para productos agroalimentarios y pesqueros, y se crea el Sistema de Información del uso de la marca.

Archivos disponibles para descargar

Mediante Resolución de 24 de abril de 2020, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, se aprueba el Manual de Identidad Gráfica de la marca «gusto del Sur» y se procede a su publicación. Este Manual de Identidad Gráfica se aprueba a efectos de uso exclusivo por parte de la titular de la marca, la Junta de Andalucía, Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural, estando prohibida su utilización salvo autorización expresa del titular con carácter excepcional y sin que en ningún caso pueda consistir en la autorización para su uso en el etiquetado, en tanto en cuanto no se apruebe el Decreto donde se regule las condiciones de uso para el etiquetado de productos alimentarios.

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