Ramón Fernández-Pacheco Monterreal
Venta directa de productos primarios desde las explotaciones agrarias y forestales a consumidores finales y establecimientos
¿Qué es?
- Una nueva normativa, Decreto 163/2016, de 18 de octubre, por el que se regula el régimen administrativo y el sistema de información de venta directa de los productos primarios desde las explotaciones agrarias y forestales a las personas consumidoras finales y establecimientos de comercio al por menor.
- Permitirá vender productos agrarios y forestales directamente desde las explotaciones a los consumidores finales, mejorando la diversificación económica de miles de pequeños agricultores y ganaderos.
- Se trata de una normativa muy demandada por el sector, especialmente en el ámbito de la producción ecológica, y que sirve para dar cobertura legal a una realidad con un gran arraigo en Andalucía, como es la venta directa de productos primarios.
Ventajas para los productores: |
Ventajas para los consumidores: |
|
|
¿Por qué era necesario?
- La normativa comunitaria sobre higiene de productos alimenticios excluye de su ámbito de aplicación al suministro directo por los productores de pequeñas cantidades de productos primarios a los consumidores, siempre que los Estados miembros lo regulen.
- Esta excepcionalidad no implica que no tengan que respetar los principios básicos de la seguridad alimentaria y de la protección de los consumidores.
- Por ello, era necesario elaborar un Decreto que estableciese el marco normativo de obligaciones de los productores, así como las condiciones y garantías de seguridad y calidad, que permita el desarrollo de la actividad.
¿Qué productos ampara?
Un total de 23 categorías de productos agrarios y forestales sin transformar, con destino a consumo humano, hasta un límite de cantidad anual, según el producto, y que procedan de explotaciones radicadas en Andalucía. Ejemplo: frutas, hortalizas, cereales y frutos secos, aceitunas sin procesar, productos de la apicultura, caracoles de granja, huevos, etc.
¿Dónde se puede vender?
- In situ: en la propia explotación.
- Venta en mercado: bien directamente por las personas productoras, o bien por una persona designada expresamente por aquella.
- A establecimientos de venta al por menor: (sin intermediarios), incluyendo actividades de restauración colectiva, restaurantes e instalaciones de turismo rural.
¿Qué condiciones deben cumplir?
- Los titulares de las explotaciones y los recolectores (forestales) deberán comunicar obligatoriamente a la Consejería la intención de vender de forma directa.
- A los titulares de las explotaciones y los recolectores se les responsabiliza de garantizar la seguridad e inocuidad y calidad de los productos. Deberán establecer un procedimiento de gestión de la calidad, y llevar apuntes de lo que venden y a quien lo venden. (Se conservarán 2 años como mínimo). También deberán aplicar sistemas de autocontrol y buenas prácticas de higiene.
¿Cómo inscribirse?
- Teletramitación: Inscripción en el Sistema de Información de Venta Directa de Productos Primarios de Andalucía (SIVDA) que recogerá información sobre los productores y recolectores que realizan venta directa, para conocer su ubicación y el tipo de producto que van a comercializar.
- Descarga formulario autorrellenable: anexo I, comunicación de actividad
- Para cualquier duda puede ponerse en contacto con el Servicio competente en la materia a través del teléfono 955 032 452 o 955 032 457, a través del formulario de contacto o mediante correo electrónico ventadirecta.cagpds@juntadeandalucia.es
¿Cómo se controla?
- Inspección: Consejería de Agricultura, Pesca y Desarrollo Rural, competente en sanidad agrícola y ganadera: explotaciones agrarias. Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, competente en materia forestal y conservación de fauna y flora: explotaciones forestales.
- Sanción: de acuerdo con diferentes normativas según sean relativas a calidad, consumo, materia forestal, sanidad e higiene de la producción ganadera, o de los establecimientos de venta.
¿A quién beneficia?
Según las categorías de productos amparadas por este decreto podrían beneficiarse más de 183.000 explotaciones agrarias andaluzas, el 75% del total. Y también unos 8.000 productores ecológicos con unas 200.000 hectáreas.
Responsable de la información publicada:
Teléfono
955032000
Índice