![Ramón Fernández Pacheco Monterreal](https://www.juntadeandalucia.es/sites/default/files/2022-07/ramon_fernandez_pacheco_monterreal_solapa.jpg)
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Novedad (24/07/2024): Cambio herramienta de gestión del REAFAA partir de la primera semana de septiembre de 2024, el Registro de Explotaciones Agrarias y Forestales de Andalucía (REAFA) pasará a gestionarse a través de la aplicación informática Sga Rex, que es un módulo del Sistema de Gestión de Ayudas (Sga) que sustituirá a la herramienta informática actual de gestión del REAFA. A la nueva herramienta se podrá acceder a través de la URL de acceso público de Sga: https://ws108.juntadeandalucia.es/SgaPec/ Hasta el martes 20 de agosto la herramienta REAFA seguirá operativa en la siguiente URL: https://ws142.juntadeandalucia.es/agriculturaypesca/reafa/ En Sga Rex se tiene previsto cargar de oficio todas las explotaciones que hayan realizado la Solicitud Única (SU) en el año 2024 y todas las explotaciones ya inscritas en REAFA que no hubieran presentado la SU 2024. El procedimiento de habilitación se mantiene igual que hasta ahora y será único para el REAFA y el CUE. Se tiene previsto cargar todas las habilitaciones ya existentes para REAFA a la nueva herramienta Sga Rex. |
La inscripción en el REAFA se realizará a instancia de parte por el interesado o persona habilitada por él (ver habilitación, último apartado) o también de oficio por parte de la administración.
La inscripción en el REAFA a instancia de parte se realizará mediante declaración responsable de la persona titular de la explotación o de su habilitado, en el formulario normalizado (Anexo II) de la Orden de 27 de octubre de 2019. Dicha declaración habrá de presentarse en todo caso dentro del mes siguiente al inicio de su actividad o desde que se produjera la modificación de los datos ya inscritos.
La persona interesada o habilitada por él podrá verificar la información que dispone la administración de su explotación y, en su caso, modificarla y completarla.
La presentación del Anexo II se puede realizar únicamente de forma telemática, a través del siguiente enlace (disponible a partir de septiembre de 2024): https://ws108.juntadeandalucia.es/SgaPec/
La herramienta Sga Rex de gestión del REAFA dispondrá de funcionalidades que permitan incorporar la delimitación gráfica de las geometrías de la explotación, incluirá comprobaciones automáticas respecto de los datos que se dispongan, así como un sistema de ayuda interactivo que advierta de posibles errores por inconsistencias de la información suministrada en relación con la anteriormente disponible y ofrecerá información que facilite su cumplimentación. La herramienta permitirá guardar los datos cumplimentados como borrador y generar el formulario de declaración responsable cumplimentado y validado.
Las personas que presenten las solicitudes han de ser los propios interesados o personas físicas o jurídicas habilitadas por estos (ver apartado de habilitación).
Serán inscribibles de oficio en el REAFA las altas, modificaciones y bajas de explotaciones comprendidas dentro del objeto del Decreto 190/2018, de 9 de octubre, que a continuación se relacionan:
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 17.2 del Decreto 190/2018, las bajas de explotaciones en el REAFA practicadas de oficio serán notificadas a las personas titulares de las mismas.
Los titulares de las explotaciones inscritas de oficio deberán revisar los datos que de las mismas se hayan inscrito en el REAFA y, en caso de que los mismos sean incompletos o erróneos, declarar las modificaciones que sean precisas incluido, en su caso, el cese de actividad, a efectos de que el REAFA refleje verazmente la realidad material de aquellas.
Se podrá otorgar habilitación a las personas físicas o jurídicas que cumplan con lo establecido en la Orden de 27 de octubre, para la realización de transacciones electrónicas relativas a la inscripción en REAFA, en representación de los titulares. Dicha habilitación se realizará mediante documento firmado por la Dirección General competente en materia de producción agrícola y ganadera, previa autorización por escrito del titular de la explotación a la persona habilitada (Anexo IV) (disponible en la pestaña de "Estado del Procedimiento").
El procedimiento de habilitación se llevará a cabo a través de una herramienta telemática disponible en la dirección web https://ws219.juntadeandalucia.es/vea-web/accesoDirecto/VEA/REA_HAB_INIC
Existen dos opciones para solicitar la habilitación, ambas utilizando la aplicación Ventanilla Electrónica de Andalucía (VEA):
Para poder cumplimentar el Cuaderno Digital de Explotación Agrícola (CUE) es condición indispensable que la explotación este previamente inscrita en REAFA.
Los CUE, tanto los que utilicen el cuaderno público (Sga Cex) como los cuadernos privados, tendrán una comunicación bidireccional con Sga Rex, de manera que tomaran la información de las parcelas y los cultivos existentes en REAFA y devolverán la información sobre las prácticas agrícolas recogidas en los CUE a Sga Cex.
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Acción cofinanciada al 80% por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, dentro del Programa Operativo FEDER de Andalucía 2014-2020 |