

Bienes asegurables
naranja, mandarina, pomelo limón y lima.
Riesgos Cubiertos
-Producción: Pedrisco, riesgos excepcionales, helada, viento y resto de adversidades climáticas.
-Plantación: Todos los cubiertos en la garantía a la producción.
-Instalaciones: Todas los cubiertos en la garantía a la producción y cualquier otro riesgo climático
Período de garantías
1. Seguro principal.
a) Garantía a la producción.
1.º Inicio de garantías: Con la toma de efecto y nunca antes de las fechas que figuran en el anexo V.
Excepcionalmente, para daños producidos por siniestros de riesgo de pedrisco acaecidos a partir del 20 de abril de 2021 y hasta el 15 de junio de 2021, quedan cubiertos dichos daños en las producciones de parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas en el seguro de explotaciones de cítricos de la campaña anterior, siempre que se aseguren en la presente campaña a nombre del mismo asegurado.
Esta extensión de garantías se suscribirá en los plazos señalados en las condiciones especiales del seguro de explotaciones de cítricos.
No obstante lo anterior, pueden optar al mismo beneficio sus herederos, en caso de fallecimiento, y los nuevos titulares, en caso de jubilación previa y en caso de cambio de titularidad de la explotación de personas físicas a sociedades o viceversa.
En el caso de entidades asociativas tendrán derecho todas las parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior por la propia entidad o por cualquier socio de nueva incorporación.
En el caso de socios que causen baja en una entidad asociativa, tendrán derecho todas las parcelas que con la misma variedad estuvieron aseguradas la campaña anterior por la entidad asociativa y son asegurada en la presente campaña por el socio que ha causado baja.
Para esta extensión, se aplicarán las condiciones de aseguramiento (producción, precio y todas las condiciones de cobertura) menores entre las contratadas en el seguro actual y las del año anterior.
2.º Final de garantías: En la fecha más próxima de las siguientes:
En las fechas que figuran en el anexo VI.
En la fecha en que se sobrepase la madurez comercial del fruto.
En el momento de la recolección.
b) Garantía a la plantación.
1) Inicio de garantías: Con la toma de efecto, una vez finalizado el periodo de carencia.
2) Final de garantías: En la fecha más próxima de las siguientes:
12 meses desde que se iniciaron las garantías.
Toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
c) Garantía a las instalaciones.
1) Inicio de garantías: Con la toma de efecto, una vez finalizado el periodo de carencia.
2) Final de garantías: En la fecha más próxima de las siguientes:
12 meses desde que se iniciaron las garantías.
Toma de efecto del seguro de la campaña siguiente.
2. Seguro complementario.
a) Inicio de garantías: Con la entrada en vigor de la declaración de seguro complementario y nunca antes del 1 de agosto de 2021.
b) Final de garantías: En las mismas fechas que las especificadas para la garantía de la producción del seguro principal.
Período de suscripción
Teniendo en cuenta los periodos de garantía anteriormente indicados y lo establecido en el Cuadragésimo Plan Anual de Seguros Agrarios Combinados, los periodos de suscripción serán los que se determinan a continuación:
a) Seguro principal: se iniciará el 1 de abril de 2021 y finalizará el 15 de septiembre de 2021, en todo el ámbito.
b) Seguro complementario: se iniciará el 20 de julio de 2021 y finalizará el 15 de septiembre de 2021.
Principales Novedades
- A través de cuatro módulos este seguro cubre los daños por helada, pedrisco, viento y otros riesgos climáticos no controlables por el agricultor.
Aviso: Este texto es un resumen de carácter informativo sin validez legal realizado a partir del contenido de las disposiciones publicadas en diferentes boletines oficiales. Para consultar las versiones oficiales y auténticas de dichas disposiciones puede acceder a sedes electrónicas de los boletines oficiales correspondientes.