Ayuda recuperación del potencial producción por desastres naturales

"La Comisión Europea considera las “adversidades climáticas”, las condiciones climáticas como las heladas, tormentas, granizo, hielo, lluvias torrenciales o sequías graves que puedan asimilarse a desastres naturales y que acaban generando daños económicos importantes en el sector agrario.

El pasado día 7 de septiembre se registraron importantes tormentas con lluvia torrencial que superaron en corto espacio de tiempo los 80 l/m2 y que provocaron el desbordamiento de ríos y ramblas, originado importantes daños en las comarcas de Campo Dalías en Almería y la Costa de Granada, tanto en las producciones hortícolas, como las estructuras de los invernaderos y en los caminos rurales.

Los municipios afectados han sido principalmente Adra y El Ejido en la comarca de Campo Dalías de Almería; Albondón, Albuñol, Gualchos, Los Guajares, Itrabo, Lújar, Polopos, Rubite, Sorvilán y Vélez de Benaudalla en la comarca de la Costa de Granada. Los daños registrados tanto en las estructuras de las explotaciones como en las infraestructuras afectadas, han sido superiores al 30%, con una estimación de 722 hectáreas de invernaderos inundadas, con daños en infraestructuras de riego, más de 15 hectáreas de invernaderos hundidas y más de 180 kms de caminos rurales dañados.

Se está tramitando la elaboración de una Orden de Bases que regule la concesión de subvenciones, mediante un sistema de concurrencia competitiva con cargo a la M05: Reconstitución del potencial de producción agrícola dañado por desastres naturales y catástrofes e implantación de medidas preventivas adecuadas (art. 18), del PDR-A(versión 1 de 10 de agosto de 2015) para el marco FEADER 2014-2020.

Las medidas están dirigidas a subvencionar aquellas inversiones encaminadas a reparar:

  • Los daños causados en las estructuras productivas de las explotaciones agrarias.
  • Los daños causados en infraestructuras colectivas de las comunidades de regantes u otras agrupaciones de agricultores que impidan o dificulten el desarrollo de la actividad agraria.

Con anterioridad a la aprobación de dicha Orden, se hace necesario constatar los daños sufridos por la catástrofe, mediante el levantamiento de la correspondiente Acta de Valoración.

Se establecerá un plazo de 10 días hábiles para la presentación de las solicitudes debidamente cumplimentadas de levantamiento de Actas en las zonas afectadas.

Una vez realizada el acta de valoración y previo a la Convocatoria, los interesados podrán iniciar las reparaciones de los daños por su cuenta y riesgo. En el caso de que finalmente sean beneficiarios, estos gastos serán subvencionables únicamente si han sido recogidos en el acta y son considerados elegibles en la Resolución de Concesión, en los términos en los que ésta fije".

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