Instrucciones, procedimientos, circulares, normas y fichas técnicas

Procedimientos

Los procedimientos son documentos que dentro de la serie de procedimientos elaborados por  la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, están dirigidos a los operadores ecológicos de Andalucía y pretenden establecer cuáles son los pasos que éstos deben seguir para solicitar una determinada excepción contemplada en el Reglamento (CE) nº 201/8/848, que precise de autorización por parte de la autoridad competente, éstos son los siguientes:

1.1 Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Industrias, Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se amplía la EXCEPCIÓN PARA LA ALIMENTACIÓN CONVENCIONAL DE GANADO ECOLÓGICO o ante la situación catastrófica de la SEQUÍA.
  • Las normas excepcionales de producción aplicables a la producción ecológica se pueden consultar en el Reglamento Delegado (UE) 2020/2146 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2020, entre las que se incluyen las fenómenos climáticos extremos, por ello se ha publicado el Decreto-ley 3/2023, de 25 de abril, por el que se aprueban medidas adicionales para paliar los efectos producidos por la situación de excepcional de sequía a los usuarios de las demarcaciones hidrográficas intracomunitarias de Andalucía y se adoptan medidas urgentes, administrativas y fiscales, de apoyo al sector agrario donde  ante la situación catastrófica de la sequía indica excepción para la alimentación convencional del ganado ecológico indica textualmente:
    • "La publicación del presente decreto-ley será de aplicación a los efectos de lo establecido en el artículo 22 «Adopción de normas excepcionales de producción» del Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo, y en los artículos 1, 2 y 3 del Reglamento Delegado (UE) 2020/2146 de la Comisión, de 24 de septiembre de 2020, que completa el Reglamento (UE) 2018/848 del Parlamento Europeo y del Consejo en lo que respecta a las normas excepcionalesde producción aplicables a la producción ecológica.
    • Mediante resolución de la Dirección General competente en materia de producción ecológica, se establecerá el mecanismo para autorizar la excepción para la alimentación convencional del ganado ecológico ante la situación catastrófica de la sequía, el ámbito de aplicación, los requisitos y condiciones de la alimentación no ecológica, así como el procedimiento, comunicación y control".

Posteriormente se han publicado las siguientes Resoluciones:

  • Resolución de 2 de octubre de 2023, de la Dirección General de Industrias,Innovación y Cadena Agroalimentaria, por la que se amplía la excepción para la alimentación convencional del ganado ecológico ante la
1.2 Procedimientos para la solicitud de AUTORIZACIÓN DE INGREDIENTES DE ORIGEN AGRARIO NO ECOLÓGICOS .
2.3 TRAMITACIÓN DE EXCEPCIONES EN GANADERÍA ECOLÓGICA. 

Instrucciones

2.1 Instrucción sobre la  DURACIÓN SUSPENSIÓN Y RETIRADA del certificado ECO-06-IN V3 17/10/2023
2.2 Instrucción sobre MODIFICACIONES DLE PERIODO DE CONVERSIÓN  en Producción Ecológica (RRPC, APC y RPC). Versión: 6 Código: ECO-07-IN. 27/07/2023
2.3 Instrucción para las COMUNICACIONES DE LOS ORGANISMOS PRIVADOS DE CONTROL de la producción ecológica a la autoridad competente I-01-COC Rev 02 30/04/14
2.4 Instrucción de SEMILLAS Y MATERIAL DE REPRODUCCIÓN VEGETATIVA  para la producción ecológica. P-SEP-04 V1 12/11/2012
2.5 Orientaciones comunes del CATÁLOGO DE MEDIDADS EN CASO DE INCUMPLIMIENTOS  en materia de producción ecológica CATIN-ECO. V7 de 2 de Octubre del 2023.
2.6 Instrucción sobre el CAMBIO DE ORGANISMO DE CONTROL en producción ecológica. ECO-09-IN V1 29/06/2023
  • El objeto de la presente Instrucción es establecer los procedimientos, modelos y plazos de cumplimiento para que los operadores ecológicos que así lo decidan puedan cambiar de organismo de control con el traslado del expediente de control del operador sin detrimento de sus calificaciones y alcances de la certificación, y por ello manteniendo la fecha de inicio en producción ecológica de las parcelas comunicadas en el Sistema de Información sobre la Producción Ecológica en Andalucía (SIPEA), o en el caso de industria de sus productos certificados, además de garantizar un sistema de control eficaz, ágil y transparente.

2.7 Instrucción de RECONOCIMIENTO DE LA FECHA DE INICIO. RFI  I-03-MPC. Rev02_010713
  • Siguen vigentes los apartados relativos al RFI de la Rev02_010713, tras la firma de la RV03 de 22/09/2015 por la publicación de la Instrucción de Modificación del Periodo de conversión.
2.8 Instrucción sobre REQUISITOS MÍNIMOS que deben incorporar a sus PROCEDIMIENTOS DE MUESTREO Y SOLICITUD ANALÍTICA, los organismos de control de producción ecológica con delegación de tareas en andalucía. ECO-05-IN v3 17/11/2023
2.9 Instrucción para la EVALUACIÓN DE RIESGO a operadores/as de la producción ecológica
Código: IER_02_24 Versión: 2 Fecha: 9/04/2024
2.10 Instrucción provisional a los organismos de control que tienen delegadas funciones de control oficial de la producción ecológica por parte de la comunidad autónoma de andalucía como consecuencia de la situación excepcional ocasionada por el covid-19

Circulares

3.1 Circular sobre el ACETATO DE CALCIO  (no autorizado en producción ecológica) Código: ECO-09-CR v0 10/11/2023
3.2 Circular sobre DETECCIÓN DE FOSFONATOS Y FOSETIL  en producción ecológica. ECO-02-CR v1 18/11/2022 
3.3 Circular sobre el ORIGEN DE LA CERA  en producción apícola ecológica. ECO-01-CR v1 18/11/2022
3.4 Circular sobre DETECCIÓN DE CLORATOS  en producción ecológica. ECO-04-CR v1 18/11/2022
3.5 Circular nº3/2013 sobre nuevas disposiciones de control. C-3/2013 Rev03 26/06/2020
3.6 Circular sobre CULTIVO EN SUELO en producción ecológica. Revisión 01. 25/07/2018
  • El objeto del presente documento es definir el alcance de las normas de Producción Ecológica en lo referente a la utilización de sustratos como enmienda de suelos y al cultivo sobre sustratos para establecer los criterios que deben aplicar los organismos de control a los que se les ha delegado la tareas específicas de control para la Producción Ecológica (PE en adelante) en Andalucía, para evitar las distintas interpretaciones que se están realizando sobre la utilización de sustratos para la enmienda de suelos y cultivo de plantas sobre ellos, a raíz de la presencia de diferentes productos y formatos que recientemente están comercializándose en el mercado y cuyo uso no se ajusta a los principios y normas en las que se basa la producción ecológica. Resolución por la que se da publicidad a la citada instrucción.
3.7 Circular AECOSAN sobre la situación del uso de hojas de stevia rebaudiana (bertoni) como infusión en el marco del reglamento (CE) nº 258/1997 sobre nuevos alimentos y nuevos ingredientes alimentarios. (19/06/2017)
3.8 Circular nº 2/2013 importaciones de productos ecológicos procedentes de terceros países. 1/07/2013

Normas técnicas

4.1 Normas técnicas de agricultura ecológica para la HELICICULTURA y sus productos. (Anexo I)
  • Para que los caracoles y sus productos puedan comercializarse al amparo de la producción ecológica, los animales deberán haber sido criados de acuerdo con las normas y principios generales establecidos en el Reglamento (CE) núm. 834/2007 del Consejo,de 28 de junio de 2007, sobre producción y etiquetado de los productos ecológicos y por el que se deroga el Reglamento (CEE) núm. 2092/1991 y en el Reglamento (CE) núm. 889/2008 de la Comisión, de 5 de septiembre de 2008, por el que se establecen disposiciones de aplicación y sus posteriores modificaciones. Los aspectos que afectan especialmente a la helicicultura ecológica se completarán por esta norma técnica.

Fichas técnicas

Para dar respuesta a cuestiones de interpretación normativa de interés en diversas materias relacionadas con la producción ecológica se han elaborado las fichas técnicas disponibles en esta sección.

Las secciones disponibles son las siguientes: 

En su elaboración se han tenido en cuenta:

Directrices Nacionales de coordinación del MAPA

El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación dentro de la MECOECO tiene consensuadas con las diferentes CCAA las directrices siguientes:

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