Consejo Andaluz de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias

Funciones

El Consejo Andaluz de las Organizaciones Interprofesionales Agroalimentarias desempeña las siguientes funciones:

a) Emitir informes preceptivos en los expedientes sobre el reconocimiento o revocación de las organizaciones

interprofesionales agroalimentarias andaluzas, así como de las propuestas formuladas por estas organizaciones en lo relativo a la extensión de normas y, en su caso, a las aportaciones económicas, de acuerdo con los artículos 11 y 12 de esta Ley. El plazo máximo para la emisión de informe sobre las citadas propuestas será de un mes a contar desde su recepción.

b) Asesorar y, en su caso, evacuar los informes que se le soliciten en relación con las funciones que le atribuye la presente Ley a la Consejería competente en la materia.

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