Ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la Agricultura y la Ganadería (III) en el Marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia: Programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa) en explotaciones agropecuarias.

Información general

Título formal:

Ayudas estatales destinadas a la ejecución de proyectos de inversión dentro del Plan de impulso de la sostenibilidad y competitividad de la Agricultura y la Ganadería (III) en el Marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia: Programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa) en explotaciones agropecuarias.

Código:
24776
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Asociaciones y organizaciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
08/10/2021

Descripción

La irrupción del COVID-19 a partir de marzo de 2020 ha tenido un fuerte impacto sobre la economía andaluza, debido al importante peso relativo de los sectores de actividad más afectados por las caídas de movilidad y demanda.

Con el fin de paliar en la medida de lo posible los daños económicos y sociales acaecidos por la pandemia, se ha aprobado el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) para el periodo 2021-2023 que proporcionará un apoyo financiero imprescindible para confirmar la recuperación.

Las ayudas previstas para la realización de inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa) en explotaciones agropecuarias han sido aprobadas a través de la publicación del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre y convocadas mediante la Orden de 26 de abril de 2022.

Las ayudas previstas en este programa de apoyo podrán concederse a las personas o entidades que se enumeran a continuación:

a) Personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, que sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.

b) Cuando se trate de inversiones colectivas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas, de naturaleza privada o pública, o sin personalidad propia de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre que integren un mínimo de cinco titulares de explotación y cualquier organización o asociación de productores reconocida por la autoridad competente cuyos miembros sean titulares de una explotación agrícola o ganadera.

c) Consorcios u otra forma de colaboración público-privada, siempre que las actuaciones se destinen a un uso en común y redunden en beneficio de explotaciones agrícolas y ganaderas concretas, que habrán dado su consentimiento para que dichos entes soliciten la ayuda.

Serán actuaciones subvencionables en el marco de este programa las relacionadas a continuación:

a) Actuación 1 - Mejora de la eficiencia energética en edificios, naves e instalaciones auxiliares de las explotaciones agrícolas y ganaderas. No se considerarán instalaciones auxiliares las relacionada con los equipos de bombeo y riego en la propia explotación.

b) Actuación 2 - Valorización energética de estiércoles y de biomasa agrícola

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Acceso a la fase

Formularios

Requisitos

Los beneficiarios deberán cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y no encontrarse sujetos a una orden de recuperación pendiente tras una decisión previa de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado interior.

Las empresas en crisis, según la definición contemplada en el artículo 2.18 del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayuda compatibles con el mercado interior, en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, no pueden beneficiarse de las ayudas, excepto aquellas que no estaban en crisis el 31 de diciembre de 2019, pero que pasaron a estarlo durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2021.

Asimismo, los beneficiarios deberán cumplir, al menos, las siguientes obligaciones:

a) Remitir al órgano concedente la información que permita al mismo medir la contribución de la actividad subvencionada al correspondiente indicador, en función de lo previsto en el capítulo IV del real decreto 948/2021.

b) Declarar la obtención de otras ayudas para la financiación de la misma actividad subvencionada.

c) Las específicas obligaciones de información en relación a la financiación por la Unión Europea de la actividad subvencionada.

d) Llevar una contabilidad específica de las actuaciones objeto de subvención para garantizar la adecuada justificación de la subvención concedida y pagada.

e) Las entidades beneficiarias deberán contribuir a los objetivos de soberanía digital y autonomía estratégica de la Unión Europea, así como garantizar la seguridad de la cadena de suministro teniendo en cuenta el contexto internacional y la disponibilidad de cualquier componente o subsistema tecnológico sensible que pueda formar parte de la solución, mediante la adquisición de equipos, componentes, integraciones de sistemas y software asociado a proveedores ubicados en la Unión Europea.

f) Las entidades beneficiarias deberán cumplir con las siguientes obligaciones en materia de empleo, sin perjuicio de las eventuales limitaciones al respecto relacionadas con el régimen de normativa de ayudas de Estado que sea de aplicación:

1.º Tener su domicilio fiscal y su principal centro operativo en España y mantenerlos, al menos, durante el periodo de prestación de las actividades objeto de subvención.

2.º Prestar las actividades objeto de la subvención desde centros de trabajo situados en España.

3.º Contribuir a la creación y mantenimiento en España de todo el empleo necesario para la prestación de la actividad objeto de la subvención, que se realizará con personal contratado y afiliado a la Seguridad Social en el territorio nacional. El cumplimiento de este requisito tendrá que justificarse documentalmente

Los beneficiarios últimos de las ayudas garantizarán el cumplimiento del principio de «no causar daño significativo al medio ambiente» (principio do no significant harm - DNSH), de acuerdo con lo previsto en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, aprobado por Consejo de Ministros del 27 de abril de 2021, y por el Reglamento (UE) n.º 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, y demás normativa de desarrollo, así como en la Decisión de Ejecución del Consejo Europeo de 13 de julio de 2021, por la que se aprueba el citado Plan, y con la Comunicación de la Comisión Guía técnica sobre la aplicación del principio de «no causar un perjuicio significativo» en virtud del Reglamento relativo al Mecanismo de Recuperación y Resiliencia 2021/C 58/01 (DOUE de 18 de febrero de 2021), durante todas las fases del diseño y ejecución del proyecto de que se trate y, de manera individual, para cada actividad dentro del mismo.

En particular, los beneficiarios habrán de mostrar garantías de que sus actuaciones no inciden negativamente sobre el objetivo medioambiental de la protección y recuperación de la biodiversidad y los ecosistemas.

De conformidad con lo dispuesto en los apartados 4 y 5 del artículo 31 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, se establece que el período mínimo, a contar desde la fecha de adquisición del bien o la ejecución de las inversiones, durante el cual los beneficiarios últimos deberán destinar los bienes subvencionados al fin concreto para el que se conceden las subvenciones de este real decreto será de cinco años, salvo para las actuaciones subvencionables previstas en la sección primera del capítulo II, en que será de diez años.

Documentación

1. Las personas solicitantes, deberán presentar junto al formulario Anexo I (en función del tipo de ayuda solicitada) la siguiente documentación, acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud y en las declaraciones responsables para el cumplimiento de los requisitos.

a) En relación con la identidad de las personas:

- Personas físicas: en caso de firma electronica de la solicitud por el solicitante, la identidad quedará acreditada mediante el propio acto de firma.

- Personas jurídicas: el NIF de la entidad, la acreditación de la capacidad de representación, la escritura de constitución de la sociedad y sus modificaciones en la cual se acredite el objeto social de la misma, el acuerdo del órgano competente de la sociedad respecto de la solicitud presentada.

- Consorcios u otra forma de colaboración público-privada: consentimiento escrito para la presentación de la solicitud de los titulares de las explotaciones agrícolas o ganaderas que se vayan a beneficiar del proyecto de inversión.

- Agrupaciones de personas físicas o jurídicas, sin personalidad propia: acuerdo interno de funcionamiento de acuerdo con los términos previstos en el artículo 67.2 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.

b) En relación con el proyecto de inversión:

- En caso de ejecución de obras e instalaciones: se presentará proyecto básico que incluya el presupuesto de ejecución suscrito por un técnico competente, donde se recoja toda la información necesaria para evaluar si la inversión solicitada cumple con los requisitos establecidos en las bases reguladoras.

- En el caso adquisición de bienes y equipos tres ofertas proforma para cada uno de ellos: las ofertas deben estar fechadas y selladas por la empresa proveedora y ser de fecha anterior a la presentación de la solicitud de ayuda.

- Aceptación de la cesión de datos entre las Administraciones Públicas implicadas para dar cumplimiento a lo previsto en la normativa europea que es de aplicación y de conformidad con la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (Modelo anexo IV.B de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).

- Declaración responsable relativa al compromiso de cumplimiento de los principios transversales establecidos en el PRTR y que pudieran afectar al ámbito objeto de gestión (Modelo anexo IV.C de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre).

c) En relación con los criterios de valoración:

- Memoria descriptiva del Plan de Inversión Conjunto (PIC) firmada por el promotor del PIC en la que se identifique a todos los participantes en el PIC, así como los proyectos de inversión a desarrollar por cada uno de ellos.

- Certificado del Secretario de la Entidad Asociativa Prioritaria, en el que se indique que la persona solicitante forma parte de la entidad asociativa prioritaria o de alguna de las entidades asociativas que la componen.

d) Documentación específica del Programa de apoyo a las inversiones en eficiencia energética y energías renovables (biogás y biomasa agrícola) en explotaciones agropecuarias:

- Declaración responsable del técnico firmante del proyecto de que las inversiones reunen al menos las características mínimas establecidas en los apartados 2, 3 y 4 del artículo 19 del Real Decreto 948/2021, de 2 de noviembre.

e) En el caso de oposición a las respectivas consultas de datos:

- Copia del NIF de la persona solicitante y de la persona representante, en su caso.

- Certificado de no encontrarse incurso en procedimiento de concurso voluntario o insolvencia, en el caso de que manifieste su oposición a la consulta de sus datos de haber solicitado la declaración de concurso voluntario.

- Certificado de la ausencia de condena mediante sentencia firme, en el caso de que manifieste su oposición a la verificación de los datos de inhabilitaciones en la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones).

- Certificado sobre otras subvenciones, en el caso de que manifieste su oposición a la verificación de los datos en la BDNS (Base de Datos Nacional de Subvenciones)

- Certificado sobre subvenciones MINIMIS, en el caso de que manifieste su oposición a la verificación de los datos en la Base de datos de subvenciones MINIMIS.

Plazo de Inicio

  • 16/05/2022 09:30 horas - 06/07/2022 17:00 horas (Plazo presentación solictudes)
  • Plazo de alegaciones

    25/01/2023 - 07/02/2023

    Plazo para presentar Anexo II para subsanación, alegaciones y documentación

Normativa

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses. Desde la publicación del extracto de la convocatoria.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA Y GANADERA – FONDOS DEL MINISTERIO DE AGRICULTURA

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165619.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible – Dirección General de la Producción Agrícola y Ganadera cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpag.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.

¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento (art. 6.1.e del RGPD), basada en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.

¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en https://www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en https://www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 24/01/2023 PROPUESTA PROVISIONAL DE RESOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDAS ESTATALES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN.

  • 24/01/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 12/09/2023 RESOLUCIÓN DE LAS SOLICITUDES DE AYUDAS ESTATALES PARA LA EJECUCIÓN DE PROYECTOS DE INVERSIÓN.

  • 11/09/2023 DILIGENCIA DE PUBLICACIÓN DE LA RESOLUCIÓN DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES AL AMPARO DE LA ORDEN DE 26 DE ABRIL 2022

  • 15/06/2022 Se ha modificado en este trámite:Normativas

  • Última actualización: 07/03/2024
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