Ayudas para el fomento de la comercialización en el marco de la calidad y el valor añadido de los productos, envases y presentaciones de los productos pesqueros y acuícolas

Información general

Título formal:

Ayudas a la comercialización en el marco de la calidad y valor añadido de los productos de la pesca y acuicultura.

Código:
25182
Organismo:
Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural
Destinatarios:
  • Ciudadanía
  • Empresas
  • Administraciones
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
13/03/2024

Descripción

Ayudas financiadas con Fondos Europeos.

1. Con estas ayudas se busca promover y favorecer la comercialización de los productos pesqueros y acuícolas incrementado su valor añadido mediante sistemas de certificación, valorizando productos y subproductos, así como desarrollando herramientas técnicas y tecnológicas que refuercen la trazabilidad y seguridad alimentaria.

2. Al amparo de esta línea de ayudas, serán subvencionables los estudios, análisis, evaluaciones, aplicaciones y desarrollos tecnológicos e informáticos (hardware y software) entre otros, para el fomento de la calidad, seguridad alimentaria y valor añadido de productos de la pesca y la acuicultura para:

a) La contribución a la transparencia de la producción y los mercados, así como, la trazabilidad de los productos.

b) El uso de nuevas tecnologías en la comercialización, como el comercio on-line.

c) El fomento e impulso de registro y comercialización de un producto determinado de conformidad con el Reglamento (UE) n.º 1151/2012 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de noviembre de 2012, sobre los regímenes de calidad de los productos alimenticios y certificación del sistema de calidad, o de productos de la acuicultura ecológica, en virtud del Reglamento (UE) 2018/848, de 30 de mayo de 2018, sobre producción ecológica y etiquetado de los productos ecológicos.

f) El fomento de la certificación y comercialización de los productos de la pesca y la acuicultura sostenibles, incluidos los productos de la pesca costera artesanal y acuicultura de pequeños operadores.

g) El fomento de la presentación y envasado de productos.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

1. Las personas o entidades solicitantes deben tener capacidad administrativa, financiera y operativa para poder cumplir con las condiciones de la ayuda que se le pudiera otorgar.

2. No podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria de las ayudas las personas o entidades que se encuentren incursas en alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.

3. Tampoco podrán obtener la condición de persona o entidad beneficiaria cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Tener deudas en período ejecutivo de cualquier ingreso de Derecho Público de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

b) Haber sido sancionada con la imposibilidad de obtención de préstamos, subvenciones o ayudas públicas, de acuerdo con el sistema de infracciones y sanciones previsto en el título V de la Ley 3/2001, de 26 de marzo, de Pesca Marítima del Estado.

c) Haber sido condenada por sentencia firme, dentro del plazo establecido en el artículo 13.2 de la Ley 12/2007, de 26 de noviembre, para la promoción de la igualdad de género en Andalucía, por alentar o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por la legislación vigente. Tampoco podrán acceder a este tipo de ayudas si ha sido objeto, mediante resolución administrativa firme, de las sanciones accesorias previstas en la letra a) de los apartados 2 y 3 del artículo 80 de la citada Ley.

d) Hallarse en algunos de los supuestos contemplados por el artículo 11 del Reglamento (UE) n.º 2021/1139 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 7 de julio.

4. Las prohibiciones de obtener subvenciones afectarán también a aquellas empresas de las que, por razón de las personas que las rigen o de otras circunstancias, pueda presumirse que son continuación o que derivan, por transformación, fusión o sucesión, de otras empresas en las que hubiesen concurrido aquéllas.

5. Cuando se trate de agrupaciones de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad jurídica habrá de cumplirse lo establecido en el segundo párrafo del artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Las prohibiciones del apartado 2 tampoco podrán concurrir en cualquiera de sus miembros.

Documentación

Documentación general:

1. En el caso de persona física, mediante el DNI/NIE cuando no se preste el consentimiento expreso para la consulta de sus datos a través del Sistema de Verificación de Identidad.

2. En el caso de persona jurídica, mediante el NIF, la escritura de constitución y los estatutos, incluidas las modificaciones posteriores debidamente inscritas en el Registro correspondiente.

3. En el caso de una agrupación de personas de las contempladas en el artículo 11.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, mediante el NIF, la escritura de constitución y los estatutos de la entidad, incluidas las modificaciones posteriores, incluido el DNI/NIE de cada uno de sus miembros.

4. Documentación acreditativa de la capacidad de representación, en el caso de que la persona que actúe en nombre de la entidad solicitante no lo haga mediante certificado electrónico de representante.

5. Se deberá acompañar certificado acreditativo de la titularidad de la cuenta bancaria consignada en la solicitud.

6. La condición de PYME se acreditará de conformidad con el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión, de 17 de junio de 2014, mediante los siguientes documentos:

a) El informe sobre el número anual medio de personas empleadas en situación de alta emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

b) El certificado de la Agencia Estatal de Administración Tributaria en el que conste el importe neto de la cifra de negocio o declaración del IRPF o Impuesto de Sociedades del último ejercicio o balance general anual.

7. En aplicación de lo dispuesto por el artículo 31.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, cuando el importe del gasto subvencionable supere las cuantías establecidas para el contrato menor, la persona o entidad solicitante deberá aportar como mínimo tres ofertas de diferentes proveedores, con carácter previo a la contracción del compromiso para la obra, la prestación del servicio o la entrega del bien, salvo que por sus especiales características no exista en el mercado suficiente número de entidades que los realicen, presten o suministren.

Documentación específica:

a) Memoria descriptiva de la actividad a desarrollar, resumen de inversiones, número de unidades, facturas proforma o presupuestos de las adquisiciones, contrataciones o gastos que se desean realizar y por cuya razón se solicita la subvención correspondiente.

b) Informes de carácter medioambiental, o en su defecto, acreditación de haberlos solicitado de acuerdo con lo establecido en la Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental, si procede.

c) Inscripción en el Registro de Industrias Agroalimentarias de Andalucía y en el caso de no estar obligado deberá aportar Inscripción en el Registro Sanitario de Alimentos o acreditación de haberlos solicitado.

d) Documentación acreditativa de las condiciones manifestadas para el cumplimiento de los criterios de valoración establecidos en esta orden, e informe emitido por el Organismo científico y técnico reconocido que acredite el criterio específico de la letra g) del artículo anterior.

e) Declaración firmada que acredite la solvencia financiera, junto con el balance abreviado y cuenta de pérdidas y ganancias de los dos años anteriores a la solicitud, solo en el caso de empresas consolidadas.

 

Plazo de Inicio

  • 14/03/2024 - 27/03/2024 (10 días hábiles, a contar desde el día siguiente al que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.)
  • Plazo de subsanación

    24/04/2024 - 08/05/2024

    Diez días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil de la publicación del requerimiento de subsanación

  • Plazo de subsanación

    15/04/2024 - 26/04/2024

    Diez días hábiles, a contar desde el día siguiente hábil de la publicación del requerimiento de subsanación

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
En la resolucion
En la materia

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 3 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

SUBVENCIONES, AYUDAS E INDEMNIZACIONES GESTIONADAS POR LA DIRECCIÓN GENERAL DE PESCA Y ACUICULTURA – FONDOS FEMP/A

https://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/165669.html

 

¿Quién es el responsable del tratamiento de datos personales?

El responsable del tratamiento es la Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural – Dirección General de Pesca y Acuicultura cuya dirección es C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla y cuyo correo electrónico es dgpa.cagpds@juntadeandalucia.es

Podrá contactar con la persona que ejerce de Delegado de Protección de Datos en la dirección C/. Tabladilla, s/n – 41071 Sevilla o en el correo electrónico dpd.cagpds@juntadeandalucia.es


¿Cuál es la finalidad de su tratamiento?
Los datos personales proporcionados son necesarios para el control, gestión y seguimiento de las solicitudes presentadas.


¿Cuál es la legitimación para el tratamiento de sus datos?
La base jurídica del tratamiento es el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento ( 6.1.e) RGPD ; Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.


¿A qué destinatarios se comunicarán?
La Consejería contempla la posible cesión de estos datos a otros órganos de Administraciones Públicas amparada en la legislación sectorial, además de las derivadas de obligación legal.

No están previstas transferencias internacionales de los datos.


¿Por cuánto tiempo se conservarán?
Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación lo dispuesto en la normativa de archivos y documentación.


¿Qué datos personales se tratan y de donde se han obtenido?
(Incluir el siguiente apartado únicamente en el caso de que los datos no los aporte el interesado, sino que se obtengan de otra fuente)


¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y como ejercerlos?
La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en https://www.aepd.es/es/derechos-y-deberes/conoce-tus-derechos

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos , donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la ley 39/2015 de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el consejo de transparencia y protección de datos de andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. los formularios e información sobre cómo hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 15/04/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 23/04/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 12/04/2024 Requerimiento subsanación solicitudes presentadas en la convocatoria de 4 de marzo de 2024

  • 23/04/2024 Segundo requerimiento de subsanación de solicitudes

  • 12/04/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • Última actualización: 23/04/2024
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