Preguntas frecuentes

¿Qué museos y conjuntos gestiona la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte?

Los museos y conjuntos del portal de Museos de Andalucía.

¿Qué enclaves gestiona la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte?

Los enclaves del portal de Enclaves Culturales de Andalucía.

¿Cuál es el precio de entrada a los museos y conjuntos culturales gestionados por la Consejería?

La visita a los museos y conjuntos culturales que gestiona la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, exceptuando el Centro Andaluz de Arte Contemporáneo y el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife, es gratuita para las personas procedentes de países miembros de la UE. La entrada asciende a 1,50 € para el resto. Puede consultar horarios en el portal de museos de Andalucía.

En las visitas al Centro Andaluz de Arte Contemporáneo y al Conjunto Monumental de la Alhambra y Generalife sí se ha de abonar el coste de la entrada. Pueden consultar el precio, exenciones y manera de adquisición en sus páginas web.

¿Existe algún tipo de carné para realizar visitas a museos, catedrales, iglesias, etc., en la Comunidad Autónoma de Andalucía, de forma que resulte más económico que pagar entradas individuales?

Por el momento no existe un carné del indicado en la consulta para toda Andalucía. Puede consultar las páginas de los respectivos ayuntamientos, en su caso. De todas maneras, la visita a los museos y conjuntos culturales que gestiona la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte es gratuita para las personas procedentes de países miembros de la UE.

Puede consultar horarios en el portal de museos de Andalucía.

¿Cuáles son los trámites para pedir autorización para la apertura de un museo?

Respecto a la creación de un museo en la Comunidad Autónoma de Andalucía, se remite a la Ley 8/2007, de 5 de octubre, de Museos y Colecciones Museográficas de Andalucía (BOJA núm. 205, de 18 de octubre), la cual recoge las funciones, deberes y requisitos para la creación de un museo o colección museográfica en nuestra comunidad autónoma.

Esta norma establece que no podrán denominarse museo o colección museográfica aquellas instituciones que no cumplan unos mínimos requisitos y no estén por tanto autorizados por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. El uso no autorizado del término constituirá una infracción grave, y por tanto sancionable.

La documentación que debe presentarse así como el procedimiento para la autorización como museo o colección museográfica viene recogido en el Decreto 284/1995, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Creación de Museos y de Gestión de Fondos Museísticos de la Comunidad Autónoma de Andalucía (artículos 6 al 8) (BOJA núm. 5, de 16 de enero de 1996). El proyecto -según las directrices recogidas en la normativa anteriormente mencionada-, junto con la preceptiva solicitud de inscripción, deberá remitirse a la Delegación Territorial de su provincia, quien la informará y remitirá a la Dirección General competente en materia de museos, la cual continuará con el procedimiento. Para una atención más directa, se recomienda dirigirse a la Delegación Territorial de su provincia y ponerse en contacto con el Servicio de Instituciones y Programas Culturales, donde le darán cumplida información y pautas técnicas a seguir. De la misma manera le invitamos a consultar el portal web de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, en la que podrá encontrar la legislación actualizada, así como el organigrama competencial al que se podrá dirigir (Dirección General de Museos y Conjuntos Culturales dependiente de la Secretaría General para la Cultura)

¿Cómo realizar el depósito de materiales arqueológicos?

Para realizar un depósito de materiales arqueológicos, ha de contactar con la Delegación Territorial de la Consejería en la provincia correspondiente.

Los datos básicos que han de incluirse en la solicitud se encuentran recogidos en el Reglamento de Actividades Arqueológicas (Decreto 168/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas) (BOJA núm. 134, de 15 de julio).

¿Cómo acceder al estudio de materiales arqueológicos?

Se ha de solicitar una autorización por lo que habrá de dirigirse al Museo con antelación suficiente para que se tramite.

Los datos básicos que han de incluirse en la solicitud se encuentran recogidos en el Reglamento de Actividades Arqueológicas (Decreto 168/2003, de 17 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Actividades Arqueológicas) (BOJA núm. 134, de 15 de julio).

¿Cómo se puede acceder a trabajar en un museo o conjunto cultural?

El personal técnico de los museos y conjuntos (conservación de museos, conservación de patrimonio, ayudantes de museos y ayudantes de patrimonio), así como el personal de administración (administración y auxiliar de administración), es personal funcionario que accede a estas plazas mediante oposiciones.

Periódicamente, la Junta de Andalucía publica una oferta pública de empleo en la que se pueden incluir plazas con estos perfiles. Puede consultar la información sobre las convocatorias y las ofertas públicas de empleo en la página del Instituto Andaluz de Administración Pública.

El personal de vigilancia accede mediante el Servicio Andaluz de Empleo, al que puede dirigirse para hacer cualquier consulta que le interese sobre este tema.

¿Cuáles son los monumentos más visitados de Andalucía?

Puede consultar los datos estadísticos sobre visitas de las instituciones que gestiona la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte en el apartado Estadística y cartografía del portal web de la Consejería, donde encontrará las siguientes actividades estadísticas oficiales:

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