Ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida

Bases Reguladoras

Dentro del marco que establece el Plan Vive en Andalucía, de vivienda, rehabilitación y regeneración urbana de Andalucía 2020-2030, y con el objetivo de garantizar el derecho a una vivienda digna y adecuada, la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio ha publicado la Orden de 29 de diciembre de 2020 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida.

Convocatoria (ejercicio 2021)

La convocatoria de estas ayudas se regula mediante la Orden de 27 de mayo de 2021, por la que se convocan para el ejercicio 2021, ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida.

Enlace a la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía

Fases del Procedimiento Convocatoria 2021

Requerimiento de subsanación publicado el 01 de septiembre de 2021, concediendo un plazo de subsanación de 10 días hábiles, es decir, del 02 al 15 de septiembre, ambos inclusive. IMPORTANTE: Instrucciones para la presentación de la subsanación de solicitudes a través de la Ventanilla electrónica de la administración de la Junta de Andalucía.

Propuesta provisional de resolución, publicada el 29 de octubre de 2021, de la convocatoria para el ejercicio 2021, de la selección en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida, dictada por Orden de 27 de mayo de 2021, concediendo un plazo para el trámite de audiencia de 10 días hábiles, es decir, del 02 al 15 de noviembre, ambos inclusive.

Resolución desistidas, publicada el 29 de octubre de 2021, de la convocatoria para el ejercicio 2021, de la selección en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida.

Propuesta definitiva de resolucion, publicada el 18 de noviembre de 2021, de la convocatoria para el ejercicio 2021, de la selección en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida.

Resolución definitiva, publicada el 3 de diciembre de 2021, de la convocatoria para el ejercicio 2021, de la selección en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas para la adecuación de suelos con destino a vivienda protegida.

Finalidad de las subvenciones

Las ayudas, que se concederán en régimen de concurrencia competitiva, tienen por objeto la ejecución de actuaciones en suelos con clasificación urbanística de suelo urbano no consolidado o suelo urbanizable, que deberán estar situados en municipios con jerarquía de ciudades medias o centro rural, según el Plan de Ordenación del Territorio de Andalucía.
Las actuaciones se comprometerán a destinar a vivienda protegida el 100 por ciento de la edificabilidad residencial, y al menos el 60 por ciento de la edificabilidad total de la unidad de ejecución.

Cuantía de las ayudas

Con carácter general las personas promotoras de la actuación de urbanización, podrán recibir una ayuda de hasta el 70 por ciento del gasto subvencionable, con el  límite de 7.000 euros por vivienda protegida resultante de la actuación, y un limite total de 175.000 euros.
Las ayudas  serán compatibles con cualquier otra ayuda, ingresos o recursos para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administración o ente público o privado, nacional, de la Unión Europea o de organismos internacionales, sin que la suma total pueda superar el gasto subvencionable de la actuación.

Requisitos del solicitante

Podrán solicitar las subvenciones objeto de las presente convocatoria las corporaciones locales y las entidades o sociedades mercantiles participadas íntegramente por éstas.
Las personas beneficiarias serán titulares del suelo sobre el que se realiza la actuación, o dispondrán de un derecho real de uso sobre el mismo, y actuarán como promotores de la actuación.

Solicitud

Las solicitudes, dirigidas a la persona titular de la Secretaría General de Vivienda, se presentarán exclusivamente por medios electrónicos, preferentemente en la Oficina Virtual de la Consejería de Fomento, Infraestructuras y Ordenación del Territorio, accesible a través del Portal de la Administración de la Junta de Andalucía, en la página Web de dicha Consejería, Catálogo de procedimientos y servicios, o directamente a través de la Ventanilla Electrónica de la Administración de la Junta de Andalucía.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente a aquel en que se publique en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía el extracto previsto en el artículo 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. PUBLICADO CON FECHA 16 DE JUNIO DE 2021.

Más información en el Registro de Procedimientos y Servicios

Puede encontrar más información sobre el estado del procedimiento de las diferentes convocatorias, dentro del apartado Seguimiento en el Registro de Procedimientos y Servicios (RPS), con Código de procedimiento:23703.

Índice