Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana

Información general

José Andrés Moreno Gaviño. Titular de Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana
Titular
José Andrés Moreno Gaviño
Sede
C/ Pablo Picasso, 6
Sevilla, 41018
Teléfono: 955 92 68 00
Correo electrónico:

Biografía

Nacido en Sevilla (1975), es arquitecto por la Escuela Técnica Superior de Arquitectura de Sevilla (2001) y Máster en Urbanismo y Ordenación del Territorio (2003-2005). Funcionario del Cuerpo Superior Facultativo de la Junta de Andalucía desde 2008, ha desarrollado su carrera administrativa en el ámbito del urbanismo. Desde 2016 ha ocupado la jefatura del Servicio de Órganos Urbanísticos y Seguimiento Normativo de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del Territorio de la Consejería de Fomento, formando parte del equipo técnico dedicado a la elaboración y a la tramitación de la Ley de Impulso para la Sostenibilidad del Territorio de Andalucía (LISTA). Anteriormente, entre 2008 y 2016, fue jefe del Servicio de Urbanismo en la delegación territorial de Cádiz de la Consejería. El resto de su actividad (de 2001 a 2008) la ha desarrollado en el ámbito privado, realizando proyectos de arquitectura y prestando servicios de consultoría técnica especializada en urbanismo.

Funciones

La Dirección General de Ordenación del Territorio, Urbanismo y Agenda Urbana desempeñará las funciones que, con carácter general, se establecen en el artículo 30 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre.

En particular, le corresponden las siguientes funciones:

  • La elaboración, evaluación y seguimiento de estrategias, planes y programas en materia de ordenación del territorio y del litoral, urbanismo, Agenda Urbana e inspección territorial y urbanística.
  • El impulso y fomento de un urbanismo sostenible en el marco de la Agenda Urbana de Andalucía.
  • La integración y coordinación de las políticas de planificación territorial y del litoral, urbanismo, inspección territorial y urbanística, con otras políticas sectoriales, planes y actuaciones de las Administraciones Públicas con incidencia territorial.
  • El impulso y coordinación de las propuestas normativas en materia de ordenación del territorio y del litoral, de urbanismo y de sostenibilidad urbana, y la elaboración y tramitación de las disposiciones normativas, sin perjuicio de las competencias que correspondan a otros órganos administrativos.
  • El impulso y coordinación de los órganos colegiados con competencias en materia de ordenación del territorio y urbanismo.

En ejercicio de las funciones establecidas en el apartado 2, le corresponden las siguientes funciones específicas en materia de ordenación del territorio:

  • La elaboración y tramitación de los instrumentos de la ordenación territorial, así como el seguimiento de los mismos y el impulso y coordinación de su desarrollo y ejecución.
  • La realización de planes, programas y actuaciones previstas en los planes de ordenación del territorio, y en los planes y actuaciones con incidencia en la ordenación territorial en el marco de sus competencias.
  • El informe en el ámbito competencial de la Dirección General de las inversiones o proyectos para la declaración de interés estratégico.
  • El desarrollo de la política de espacios públicos metropolitanos o de alcance supralocal.
  • El fomento de las políticos de protección, ordenación y gestión del paisaje en el ámbito de las competencias de la Dirección General.

En ejercicio de las funciones establecidas en el apartado 2, le corresponden las siguientes funciones específicas en materia de urbanismo:

  • El fomento, seguimiento y control de la actividad urbanística, sin perjuicio de las competencias de las entidades locales.
  • La tramitación y, en su caso, aprobación de los instrumentos de la ordenación urbanística de competencia autonómica.
  • El control y la custodia de los registros que en materia urbanística sean competencia de la Junta de Andalucía.
  • Instar la impugnación jurisdiccional de los actos o acuerdos de las entidades locales que infrinjan el ordenamiento territorial o urbanístico y que afecten a las competencias de la Comunidad Autónoma cuando su objeto sea la aprobación de cualquier instrumento de ordenación urbanística, sin perjuicio de los que la legislación haya atribuido a otros órganos de la Administración.

En ejercicio de las funciones establecidas en el apartado 2, le corresponden las siguientes funciones específicas en materia de disciplina territorial y urbanística:

  • La elaboración, seguimiento y evaluación del Plan General de Inspección de Ordenación del Territorio y Urbanismo.
  • La cooperación con las entidades locales en materia de inspección y disciplina de ordenación del territorio y urbanismo para el desempeño de las competencias que le son propias en materia de disciplina urbanística.
  • Instar la impugnación jurisdiccional de actos o acuerdos de las entidades locales que infrinjan el ordenamiento territorial o urbanístico y que afecten a las competencias de la Comunidad Autónoma, sin perjuicio de las competencias que la legislación haya atribuido a otrosórganos de la Administración.
  • El ejercicio de acciones administrativas frente a actos o acuerdos de las entidades locales que infrinjan el ordenamiento territorial o urbanístico, sin perjuicio de las competencias que la normativa haya atribuido a otros órganos de la Administración.
  • La disciplina e inspección de la ordenación territorial y urbanística, la iniciación y resolución de los procedimientos de restablecimiento de la legalidad en materia de ordenación del territorio y urbanismo que corresponden a la Comunidad Autónoma, la adopción de las medidas, provisionales y definitivas, para el restablecimiento y la restauración de la realidad física alterada, así como la ejecución forzosa de las medidas de adecuación de la realidad a la ordenación territorial y urbanística, sin perjuicio de las competencias atribuidas a las entidades locales.
  • La iniciación y resolución de los procedimientos sancionadores por infracciones contra la ordenación territorial y urbanística que corresponden a la Comunidad Autónoma, salvo la resolución de los atribuidos a la persona titular de la Consejería.

Asimismo, le corresponde:

  • La cooperación con las entidades locales y con la Administración General del Estado en las materias adscritas a la Dirección General.
  • El impulso de acciones para la investigación, innovación y difusión, así como el seguimiento de las actividades de las instituciones de ámbito internacional, orientando la participación de las actuaciones y proyectos de cooperación internacional en las materias adscritas a la Dirección General, sin perjuicio de la coordinación que ejerza la Consejería que tenga asignadas dichas competencias.
  • La propuesta, ejecución y seguimiento de los convenios de colaboración, cooperación y conciertos referentes a las actividades de la Consejería, dentro de su ámbito competencial.
  • Cualesquiera otras que resulten necesarias para el ejercicio de sus competencias o le corresponda por razón de la materia.

Se adscriben a la Dirección General el Parque del Alamillo y el Parque Metropolitano Marisma de Los Toruños y Pinar de la Algaida.

Unidades

Subdirección
Responsable: Lidia Suárez Samaniego
Servicio de Planeamiento Urbanístico
Responsable: Eloísa María Sánchez Peña
Servicio de Planificación Regional y Paisaje
Responsable: Manuela Gómez Rodríguez
Servicio de Gestión y Ejecución de Planes
Responsable: Juan Carlos Atienza Martín
Servicio de Planificación Subregional
Responsable: María Guadalupe de la Hera Díaz de Liaño
Servicio de Órganos Urbanísticos y Seguimiento Normativo
Responsable: José Manuel Jiménez Guerrero
Servicio de Planificación Subregional del Litoral
Responsable: Luis José Contador Martín
Servicio de Gestión Planes Territoriales
Responsable: María África Roche Guzmán
Coordinación Inspección
Responsable: José Caro Núñez
Área de Planificación
Responsable: Ignacio Gil-Bermejo Ternero
Área de Ordenación del Territorio y Urbanismo
Responsable: Mª Gema Macías Sañudo
Servicio de Apoyo Técnico
Responsable: María Pérez-Clotet Puya
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