Competencias sobre animales de compañía

Las siguientes Consejerías se reparten, junto a los Ayuntamientos, las competencias sobre mascotas:

Consejería de Agricultura, Pesca, Agua y Desarrollo Rural

  • Competencias normativas y reglamentarias sobre animales de compañía, en materia higiénica, sanitaria y actividades experimentales.

Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa

Competencias animales de compañía

  • Colaboración a través de la Unidad de Policía Autonómica y de la Guardia Civil en las funciones de inspección y vigilancia y comprobación de denuncias.
  • Tramitación de expedientes sancionadores por infracciones graves y muy graves cometidas sobre animales de compañía.

Ayuntamientos 

  • Registro Municipal de Animales de Compañía.
  • Registro de centros veterinarios y centros para la venta, adiestramiento y cuidado temporal de animales de compañía.
  • Licencia de apertura de los referidos centros.
  • Centros municipales o particulares con licencia municipal para animales abandonados y perdidos y servicio de recogida y transporte.
  • Funciones de vigilancia y control y comprobación de denuncias.Animales de compañía
  • Retención temporal de los animales de compañía, en los supuestos que contempla la Ley (art. 33.1 y 2 de la Ley de Protección Animal).
  • Tramitación de expedientes sancionadores por infracciones leves cometidas con los animales de compañía.
  • Dentro del ámbito de la Ley de Protección de los Animales corresponde a la Consejería de la Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa: la regulación y el control de los animales de compañía, especialmente el Registro Central de Animales de Compañía, competencia sancionadora por infracciones graves y muy graves que afecten a los mismos.

Normativa reguladora

Más información

Teléfono
955032000
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