o. Consejo Rector del Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía

Funciones

Funciones:

  • Proponer el nombramiento de la persona que ejerza la dirección científica del Biobanco, que asistirá a las reuniones del Consejo.
  • Elaborar y aprobar la memoria anual de actividades.
  • Definir las políticas y líneas estratégicas de investigación del Biobanco.
  • Designar el comité científico externo.
  • Aprobar el Programa Científico.
  • Aprobar el Programa Científico.
  • Establecer el procedimiento y las condiciones para la inclusión de un nodo en la estructura del Biobanco en Red, así como la designación del nodo coordinador.
  • Aprobar el Reglamento de funcionamiento interno del Biobanco y sus nodos.
  • Aprobar el reglamento interno del Comité Científico

El Consejo Rector del Biobanco del Sistema Sanitario Público de Andalucía será presidido por la persona titular de la Consejería competente en materia de salud, o persona en quién ésta delegue. Formarán parte de dicho Consejo las personas titulares de los órganos competentes en materia de calidad, investigación, desarrollo e innovación y de asistencia sanitaria, y un máximo de cinco vocales nombrados por la persona titular de la citada Consejería, que serán designados entre las personas con responsabilidad institucional vinculadas al funcionamiento del Biobanco en Red.

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