Subvenciones nominativas iniciadas de oficio por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, área de Deporte. Ejercicio presupuestario 2024

Información general

Título formal:

Subvenciones nominativas iniciadas de oficio por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, área de Deporte. Ejercicio presupuestario 2024

Código:
25525
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Ciudadanía
Fecha de creación:
05/03/2024

Descripción

Concesión de subvenciones con asignación nominativa en Ley de Presupuestos de la Junta de Andalucía correspondientes al ejercicio presupuestario 2024 competencia de Deporte en la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, cuyo procedimiento se inicia de oficio.

Confederación Andaluza de Federaqciones Deportivas. Gastos de funcionamiento.

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Presencial y electrónica.

Si eres una persona física, puedes optar por la presentación presencial o electrónica. Si optas por la presentación presencial, puedes hacerlo en las Oficinas de asistencia en materia de registros de cualquier Administración Pública o en las de correos. Para hacerlo en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía se recomienda solicitar cita previa. Si optas por la presentación electrónica, debes hacerlo en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente.

Si no dispones de los medios electrónicos necesarios, puedes ser asistido para hacer esta tramitación en una Oficina de asistencia en materia de registros de la Junta de Andalucía para lo que se recomienda solicitar cita previa

Si eres sujeto obligado a relacionarte electrónicamente con la Administración, debes hacer la presentación en la dirección electrónica indicada en la fase correspondiente. Si la realizas de forma presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre). Esta obligación de relacionarse por medios electrónicos no será de aplicación en aquellos trámites concretos en que la norma que regula un determinado procedimiento disponga su realización por medios exclusivamente presenciales.

Acceso a la fase

Requisitos

Requisitos para obtener la condición de beneficiarios

Que la entidad, asociación, federación o fundación, así como el importe de la subvención concedida y la partida presupuestaria correspondiente figure recogida en la Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2024.

  1. Conforme se establece en el artículo 8.2 del Decreto 282/2010, de 4 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento de los Procedimientos de Concesión de Subvenciones de la Administración de la Junta de Andalucía, no se podrá obtener la condición de beneficiario si se incurre en alguna de las circunstancias establecidas en el articulo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como en el artículo 116 del Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de la Hacienda Pública de la Junta de Andalucía.

  2. Asimismo, tal y como se indica en el artículo 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, en ningún caso podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora de las subvenciones reguladas en esta ley las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación. Tampoco podrán obtener la condición de beneficiario o entidad colaboradora las asociaciones respecto de las que se hubiera suspendido el procedimiento administrativo de inscripción por encontrarse indicios racionales de ilicitud penal, en aplicación de lo dispuesto en el artículo 30.4 de la Ley Orgánica 1/2002, en tanto no recaiga resolución judicial firme en cuya virtud pueda practicarse la inscripción en el correspondiente registro.

Documentación

Solicitud.

  1. Presupuesto de la actividad con detalle de ingresos y gastos y desglose de partidas o conceptos para la cual se solicita la subvención. Anexo II

  2. Memoria descriptiva de la actividad. Anexo III

  3. Copia autenticada del CIF de la entidad solicitante.

  4. Copia autenticada del NIF del representante legal de la entidad.

  5. Copia autenticada de la escritura de Constitución de la entidad, estatutos y sus modificaciones, debidamente inscritos en el registro público correspondiente o acreditación de estar legalmente constituida.

  6. Certificado acreditativo de la representación que ostenta la persona que firma la solicitud, y en su caso, poderes notariales del representante.

  7. Certificado acreditativo del acuerdo del órgano competente de la entidad solicitando la subvención nominativa.

  8. Certificado expedido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria de estar al corriente de sus obligaciones tributarias.

  9. Certificado expedido por Agencia Tributaria de Andalucía, de estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Autonómica.

  10. Certificado expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social, de estar al corriente de sus obligaciones para con la Seguridad Social.

  11. Certificado de la entidad bancaria sobre la titularidad de la cuenta bancaria.

  12. En su caso, documento acreditativo de la inscripción de la entidad en el Registro correspondiente, así como declaración responsable de que no han existido modificaciones estatutarias no comunicadas a dicho Registro. 

  13. En su caso, Plan de actuación y presupuesto aprobado por la entidad para el año 2023, de acuerdo con el artículo correspondiente de sus estatutos.

  14. En su caso, documento acreditativo de que las últimas cuentas que hayan sido  aprobadas por la entidad, se han presentado en el órgano correspondiente de la Aministración Pública dentro del plazo referido para ello.

Plazo de Inicio

  • Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite
  • Plazo de subsanación

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

  • Plazo de justificación

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

  • Plazo de aportación de documentos

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

  • Plazo de alegaciones

    Condicionado

    Condicionado a la notificación de la Resolución por la que se concede plazo para realizar el trámite

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • Órganos Administrativos.
En la materia
  • Órganos Administrativos.

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: No tiene

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

Actividades protección de datos: Nombre de actividad de tratamiento: Subvenciones nominativas iniciadas de oficio por la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte. Ejercicio presupuestario 2023.

Finalidad: Tramitación del procedimiento relativo a las subvenciones que aparece nominativamente en el Presupuesto de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.

Responsable del tratamiento de sus datos personales: es la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte, cuya dirección es Palacio de Altamira, C/ Santa María la Blanca, 1 -41004-Sevilla. Podrá contactar con el Delegado de Protección de Datos en la dirección electrónica dpd.ctcd@juntadeandalucia.es

Los datos personales que nos aporta se incorporan a la actividad de tratamiento Subvención Nominativa, con la finalidad de tramitar la concesión de la ayuda prevista en la Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2023.

Base jurídica:  

El tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento. - 

El tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

Decreto 213/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Cultura 

Ley 12/2023, de 26 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el ejercicio 2024.

Para gestionar la solicitud de subvención es necesario que la entidad interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible su tramitación. Para aquellos datos en los que la base jurídica del tratamiento es su consentimiento, sepa que podrá retirar este en cualquier momento, sin que ello afecte a la solicitud del tratamiento previo a su retirada.

Destinatarios: Posibilidad de cesión a otras Administraciones u Organismos Públicos, cuando corresponda. Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y la normativa de archivos y documentación.

Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Última actualización: 05/03/2024
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