Subvenciones de impulso al sector editorial andaluz y la producción editorial de interés cultural para Andalucía

Información general

Título formal:

Subvenciones de impulso al sector editorial andaluz y la producción editorial de interés cultural para Andalucía

Código:
356
Organismo:
Turismo, Cultura y Deporte
Destinatarios:
  • Empresas
Concurrencia:
Competitiva
Fecha de creación:
26/12/2023

Descripción

Estas subvenciones sirven  para promocionar e impulsar las industrias creativas andaluzas en el ámbito del libro y la edición. Se articula en tres líneas  de subvenciones: proyectos de edición  de obras de interés cultural para Andalucía, reedición de obras  que hayan sido editadas en los cincos años anteriores a la convocatoria y publicaciones periódicas de carácter cultural del patrimonio bibliográfico andaluz. Podrán optar  a estas ayudas tanto personas físicas  como jurídicas privadas cuya actividad  principal  esté directamente vinculada con el sector editorial.

https://juntadeandalucia.es/organismos/turismoculturaydeporte/servicios/servicios-informacion/ventanilla-unica-cultura/paginas/subvenciones-sector-editorial-preguntas-frecuentes.html   (página HTML)

Cómo realizar el trámite

Relación con la Administración

Exclusivamente electrónica.

Debes realizar la presentación en la dirección electrónica indicada a continuación.

Si realizas una presentación presencial, el órgano de tramitación podrá requerirte la subsanación a través de la presentación electrónica con los efectos que para estos casos dispone la normativa (art. 68.4 de la ley 39/2015, de 1 de octubre)

Formularios

Requisitos

Requisitos que deben reunir quienes soliciten la subvención:

Que se encuentre clasificada en el epígrafe 476 del R.D. Legislativo 1175/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueban las tarifas y la instrucción del Impuesto sobre Actividades Económicas.

No podrán obtener la condición de beneficiaria las entidades pertenecientes  al sector público, las entidades privadas de capital mayoritariamente público ni las entidades en que su patrimonio fundacional o su participación en los órganos de gobierno o dirección sea mayoritariamente pública todo ello de conformidad con lo dispuesto  por el artículo 2  de la Ley 40/2015 , de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y el Título III de la Ley 9/2007 de 22 de octubre de Administración  de la Junta de Andalucía. Tampoco podrán ser beneficiarios las sociedades civiles , comunidades de bienes , agrupaciones de personas físicas o jurídicas o cualquier otra modalidad de unidad económica o patrimonio separado carente de personalidad jurídica propia.

Los requisitos deberán mantenerse desde la fecha de inicio  del plazo de presentación  de solicitudes  hasta la fecha de finalización del plazo de justificación de la actividad subvencionada.

 

Documentación

Línea 1

Documentación :

Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

 La acreditativa de los datos que hayan consignado en su solicitud, tanto de los requisitos de la declaración responsable como de los criterios de valoración.

En concreto, deberá presentarse la siguiente documentación:

 1. Acreditación de la personalidad:

    1. Cuando se trata de persona física:
  • DNI de la persona solicitante. NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España, siempre que hubiera manifestado su oposición expresa que sea recabado por el órgano gestor. De no hacer constar la operación expresa la consulta de los datos de identificación de personas físicas se realizará a través del Sistema de Verificación de datos de identidad.
    1. Cuando se trate de persona jurídica:
  • Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante.
  • Escrituras de Constitución los estatutos sociales y las modificaciones posteriores, si las hubiese, inscritas en el Registro Mercantil o Registro Público que corresponda.

2.  Acreditación de la representación:

  • Documentación acreditativa de la representación legal.
  • DNI, NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España de la persona que ostente la representación legal siempre que hubiera manifestado su oposición expresa a que sea recabado por el órgano gestor. De no hacer constar la oposición expresa la consulta de los datos de identificación de personas físicas se realizará a través del Sistema de Verificación de Datos de la Identidad.

3. Certificado de situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas expedido por la AEAT donde coste actividad, epígrafe y fecha de alta.

4. Documentación acreditativa, en su caso, del depósito legal de la obra durante el año de la convocatoria.

5. Catálogo de la editorial, en su caso, donde se acredite que la última edición de la obra data de más de 10 años de antigüedad o bien que se trata de una obra descatalogada.

 6. Documentación acreditativa de los criterios de valoración del apartado 12. a):

  1. Ejemplar o borrador de la obra objeto de proyecto (Criterios 1, 2 y 5).
  2. DNI o certificado de empadronamiento a efectos de acreditar la autoría andaluza de la obra objeto del proyecto (Criterio 2).
  3. Documentación acreditativa del volumen de gasto o inversión en el territorio andaluz:

1. Para los gastos ya realizados:

 Documentación acreditativa del volumen de gasto o inversión realizado en el territorio andaluz computándose en el mismo los gastos imputables a los distintos gastos subvencionables que se generen con la ocasión de la edición de la obra ( Criterio 2).

2. Para los gastos a realizar:

Presupuesto desglosado con el compromiso del volumen de gasto o inversión que se va a realizar en territorio andaluz computándose en el mismo los gastos imputables los distintos gastos subvencionables que se generen con ocasión de la edición de la obra (Criterio 2).

  1. Documentación acreditativa de la trayectoria profesional de la persona o personas a quienes corresponde la autoría de la obra (publicaciones, premios, reconocimientos, distinciones, catálogos, material promocional referencia en prensa o similar). (Criterio 3).
  2. Certificación emitida por la imprenta que acredite que trabaja con papel 100% de explotaciones forestales ambientalmente responsables (Criterio 4).
  3. Si la obra no se encuentra en dominio público:  Contrato de edición con la persona/s autora/s quienes les hubieran heredado de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual probado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Si el caso de que el contrato se celebre con la persona o personas herederas deberá adjuntarse una Declaración de Herederos si se desconoce la identidad de tales personas aportará la Reserva de Derecho de Autor. En el caso de que el contrato esté redactado en lengua distinta del castellano se adjuntará traducción (Criterios 2, 4, 5 y 8).

g) Contrato de coedición, en su caso.

h) Documentación acreditativa del número de personas de plantilla con un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido por el organismo competente en su caso (Criterio 6).

 i) Documentación acreditativa del tanto por ciento   de mujeres en plantilla. (Criterio 7).

j) Acreditación de canales de venta de libro digital en el caso de que el libro sea exclusivamente digital o audiolibro.

 

Línea 2

 

Documentación :

Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

 La acreditativa de los datos que hayan consignado tanto de los requisitos de la declaración responsable como de los criterios de valoración.

En concreto, deberán presentarse la siguiente documentación:

 1. Acreditación de la personalidad:

    1. Cuando se trata de persona física:
  • DNI de la persona solicitante. NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España, siempre que hubiera manifestado su oposición expresa que sea recabado por el órgano gestor. De no hacer constar la operación expresa la consulta de los datos de identificación de personas físicas se realizará a través del Sistema de Verificación de datos de identidad.
    1. Cuando se trate de persona jurídica:
  • Número de identificación fiscal de la entidad solicitante.
  • Escrituras de Constitución los estatutos sociales y las modificaciones posteriores, si las hubiese, inscritas en el Registro Mercantil o Registro Público que corresponda.

2.  Acreditación de la representación:

  • Documentación acreditativa de la representación legal.
  • DNI, NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España de la persona que ostente la representación legal siempre que hubiera manifestado su oposición expresa a que sea recabado por el órgano gestor. De no hacer constar la oposición expresa la consulta de los datos de identificación de personas físicas se realizará a través del Sistema de Verificación de Datos de la Identidad.

3. Certificado de situación de alta en el Impuesto de Actividades Económicas expedido por la AEAT donde coste actividad epígrafe y fecha de alta.

4. Certificación emitida por la Oficina Provincial del Depósito Legal correspondiente, en la que conste la fecha en que se ha constituido el Depósito Legal definitivo, entendiéndose como tal la fecha de entrega de los ejemplares en dicha Oficina.

5. Catálogo de la editorial, con su correspondiente lista de precios actualizados, en el que deberá aparecer el título presentado.

6.Documentación acreditativa de los criterios de valoración del apartado 12.a)

a) Tres ejemplares de la obra para la que se solicita la subvención (Criterios 1, 2 y 5).

b) DNI o certificado de empadronamiento a efectos de acreditar la autoría andaluza de la obra objeto del proyecto (Criterio 2).

c)Documentación acreditativa del volumen de gasto o inversión en el territorio andaluz:

1. Para los gastos ya realizados:

 Documentación acreditativa del volumen de gasto o inversión realizado en el territorio andaluz en el mismo los gastos imputables a los distintos gastos subvencionables que se generen con la ocasión de la edición de la obra.

2. Para los gastos a realizar:

 Presupuesto desglosado con el compromiso del volumen de gasto o inversión que se va a realizar en territorio andaluz contándose en el mismo los gastos imputables los distintos gastos subvencionables que se generen con ocasión de la edición de la obra (Criterio 2).

d) Documentación acreditativa de la trayectoria profesional de la persona o personas a quienes corresponde la autoría de la obra (publicaciones, premios, reconocimientos, distinciones, catálogos, material promocional, referencia de prensa o similar). (Criterio 3).

e) Certificación emitida por la imprenta que dice que trabajas con papel cien por cien de explotaciones forestales ambientalmente responsable.

f) Si la obra no se encuentra en dominio público:  Contrato de edición con la persona/s autora/s quienes les hubieran heredado de acuerdo con lo establecido en el artículo 58 y siguientes del Texto Refundido de la Ley de Propiedad intelectual probado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, regularizando, aclarando y armonizando las disposiciones legales vigentes sobre la materia.

Si el caso de que el contrato se celebre con la persona o personas herederas deberá adjuntarse una Declaración de Herederos si se desconoce la identidad de tales personas aportará la Reserva de Derecho de Autor. En el caso de que el contrato esté redactado en lengua distinta del castellano se adjuntará traducción (Criterios 2, 4, 5 y 8).

g) Contrato de coedición, en su caso.

h) Documentación acreditativa del número de personas en plantilla con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, reconocido por el organismo competente, en su caso. (Criterio 6).

i) Documentación acreditativa del tanto por ciento de mujeres en plantilla (Criterio 7).

j) Acreditación de canales de venta de libro digital en el caso de que el libro sea exclusivamente digital o audiolibro.

 

Línea 3

Documentación:

 Documentación acreditativa a presentar junto con el formulario Anexo II:

 La acreditativa de los datos que hayan consignado tanto de los requisitos de la declaración responsable como de los criterios de valoración.

En concreto, deberán presentarse la siguiente documentación:

 1. Acreditación de la personalidad:

1.1.Cuando se trata de persona física:

  • DNI de la persona solicitante. NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España, siempre que hubiera manifestado su oposición expresa que sea recabado por el órgano gestor. De no hacer constar la operación expresa la consulta de los datos de identificación de personas físicas se realizará a través del Sistema de Verificación de Datos de Identidad.

1.2. Cuando se trate de persona jurídica:

  • Número de Identificación Fiscal de la entidad solicitante
  • Escrituras de Constitución los estatutos sociales y las modificaciones posteriores sin las hubiere inscrita en el Registro Mercantil o registro público que corresponda

2.  Acreditación de la representación:

  • Documentación acreditativa de la representación legal.
  • DNI, NIE o la tarjeta equivalente de las personas extranjeras residentes en España de la persona que ostente la representación legal siempre que hubiera manifestado su oposición expresa a que sea recabado por el órgano gestor. De no hacer constar la oposición expresa, la consulta de los datos de identificación de personas físicas se realizará a través del Sistema de Verificación de Datos de la Identidad.

3. Certificado de situación de alta en el impuesto de actividades económicas expedido por la AEAT donde coste actividad epígrafe y fecha de alta.

 

4. Documentación acreditativa de los criterios de valoración del apartado 12. a):

a) Catálogo de edición y lista de precios actualizados o memoria de actividades realizadas hasta la fecha.

b) Tres ejemplares de cada número publicado en el año anterior para aquellas entidades que no hubieran sido beneficiarias de subvención en la convocatoria anterior.

c) Tres ejemplares de los números ya publicados en el año de la convocatoria.

d) Tres ejemplares de la memoria descriptiva de los números para los que se solicita la subvención y no estén ya editados.

e) Documentación acreditativa de la trayectoria profesional de la publicación (publicaciones y premios, reconocimiento, distinciones, catálogos).

f) Contrato de la persona o personas trabajadoras con un grado de discapacidad igual o superior al 33% reconocido por el organismo competente.

g) Certificación acreditativa del tanto por ciento de mujeres en plantilla.

h) Certificación emitida por la imprenta que acredite que trabaja con papel 100% procedente de explotaciones forestales.

i) Documentación que acredite  la plataforma de distribución de contenidos digitales.

j) Documentación que acredite que las publicaciones digitales actualizan sus contenidos de forma independiente y a intervalos irregulares ( con una periodicidad mínima trimestral)

 

Plazo de Inicio

  • 15/02/2024 - 14/03/2024 (El plazo de presentación de solicitudes será de un mes a contar desde el 15 de febrero de 2024)
  • Plazo de justificación

    Condicionado

    El plazo máximo de presentación de la justificación es de tres meses desde la fecha de finalización del plazo de ejecución de la actividad

Información adicional

Órganos responsables

En la tramitación
  • D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural (Cód.: A01025858).
En la resolucion
  • D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural (Cód.: A01025858).
En la materia
  • D. G. de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural (Cód.: A01025858).

Plazo de resolución/notificación

  • Plazo: 6 Meses.
    Silencio: Negativo

Agota vía administrativa

Si

Consulta el estado de tramitación de tu expediente

Información sobre el tratamiento de datos personales

Nombre de actividad de tratamiento: Subvenciones de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía

Finalidad:

Tramitación del procedimiento relativo a las subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía

El responsable del tratamiento de sus datos personales es la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, cuya dirección es calle Santa María la Blanca, nº 1, 41004 Sevilla. Teléfono de contacto: 955036412. correo electrónico: dgpdbipc.ctcd@juntadeandalucia.es

Los datos personales que nos proporciona son necesarios para la gestión del procedimiento de subvenciones de referencia, convocada por Resolución de 18 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Patrimonio Documental y Bibliográfico e Innovación y Promoción Cultural, por la que se convocan para el ejercicio 2024 las ayudas previstas en la Orden de 7 de diciembre de 2022, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones , en régimen de concurrencia competitiva , de impulso al sector editorial andaluz y a la producción editorial de interés cultural para Andalucía

Base jurídica:  

El tratamiento necesario para el cumplimiento de una obligación legal aplicable al responsable del tratamiento.  

El tratamiento necesario para el cumplimiento de una misión realizada en interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento.

Ley 38/2003. de 17 de noviembre, General de Subvenciones. 

Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.

Decreto 78/2023, de 4 de abril, por el que se modifica el Decreto 159/2022, de 9 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Turismo, Cultura y Deporte.

Ley 1/2022, de 27 de diciembre, del Presupuesto de la Comunidad Autónoma de Andalucía para el año 2023.

Para gestionar la solicitud de subvención es necesario que la entidad interesada facilite los datos requeridos, pues de lo contrario sería imposible su tramitación. Para aquellos datos en los que la base jurídica del tratamiento es su consentimiento, sepa que podrá retirar este en cualquier momento, sin que ello afecte a la solicitud del tratamiento previo a su retirada.

Cesión de datos:

Posibilidad de cesión a otras Administraciones u Organismos Públicos, cuando corresponda. Los datos personales se conservarán durante el tiempo necesario para cumplir con la finalidad para la que se recabaron y para determinar las posibles responsabilidades que se pudieran derivar de dicha finalidad y del tratamiento de los datos. Será de aplicación la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, y la normativa de bibliotecas y del libro.

Puede usted ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, portabilidad de sus datos, y la limitación u oposición a su tratamiento y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, como se explica en la siguiente dirección electrónica: http://juntadeandalucia.es/protecciondedatos/detalle/397249.html, donde podrá encontrar el formulario recomendado para su ejercicio.

 

 

¿Cuáles son los derechos en materia de protección de datos personales y cómo ejercerlos?

La persona interesada tiene el derecho de acceso a sus datos personales y a su rectificación, así como, en determinadas circunstancias, el de supresión, portabilidad, limitación, oposición y a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas. Para saber más sobre estos derechos puede consultar en www.aepd.es/reglamento/derechos/

Puede ejercer estos derechos solicitándolo al órgano o entidad responsable del tratamiento preferentemente a través del formulario disponible en www.juntadeandalucia.es/protecciondedatos, donde lo podrá presentar electrónicamente, si dispone de certificado digital, o descargarlo para presentarlo presencialmente en cualquier registro administrativo o lugar de los indicados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Puede presentar también una reclamación ante el Consejo de Transparencia y Protección de Datos de Andalucía, en particular si considera que no ha obtenido satisfacción en el ejercicio de sus derechos por el cauce indicado anteriormente. Los formularios e información sobre como hacerlo se encuentran en www.ctpdandalucia.es/area-de-proteccion-de-datos

Novedades

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual

  • 19/04/2024 REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN . LÍNEA 1

  • 19/04/2024 REQUERIMIENTO DE SUBSANACIÓN. LÍNEA 2

  • 26/12/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 26/12/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 13/02/2024 CONTACTO DUDAS ( pdf. 559 KB)

  • 26/12/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 13/02/2024 PREGUNTAS FRECUENTES ( pdf. 559 KB)

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: URL - Subsanación

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: URL - Justificación

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: URL - Alegación

  • 16/02/2024 Se ha modificado el campo: URL - Aportación de Documentación

  • 14/02/2024 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 14/02/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 26/01/2024 Se ha modificado el campo: Requisitos

  • 31/01/2024 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual

  • 14/02/2024 PREGUNTAS FRECUENTES (PDF 559 KB)

  • 14/02/2024 CRITERIOS DE VALORACIÓN (PDF 116 KB)

  • 14/02/2024 DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA (PDF 112 KB)

  • 14/02/2024 CONTACTO DUDAS (PDF 52 KB)

  • 13/02/2024 CRITERIOS DE VALORACIÓN ( pdf. 116 KB)

  • 13/02/2024 DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA ( pdf. 112 KB)

  • 31/01/2024 Se ha modificado el campo: URL Oficina Virtual

  • 26/12/2023 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 31/01/2024 Se ha modificado el campo: Plazos

  • 13/02/2024 CONTACTO DUDAS (pdf. 52 KB)

  • 26/12/2023 Se ha modificado el campo: Documentación

  • 13/02/2024 PREGUNTAS FRECUENTES

  • 13/02/2024 CRITERIOS DE VALORACIÓN

  • 13/02/2024 DOCUMENTACIÓN ACREDITATIVA

  • 13/02/2024 CONTACTO DUDAS

  • Última actualización: 19/04/2024
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