Medidas contra la exclusión social
Renta Mínima de Inserción Social
La Renta Mínima de Inserción Social es una prestación destinada a atender situaciones de exclusión y pobreza, que consiste en una aportación económica mensual, por 12 meses prorrogables en periodos de seis si persisten las circunstancias.
¿Quién tiene derecho a la Renta Mínima?
Tendrán derecho a la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía las unidades familiares cuyos miembros cumplan las siguientes condiciones:
- Vecindad administrativa en Andalucía
- Tener entre 25 y 64 años inclusive, salvo excepciones
- Encontrarse en situación de pobreza, exclusión social o riesgo de estarlo
- La unidad familiar deberá estar empadronada con un año de antelación a la fecha de presentación de la solicitud
- Acreditar la escolarización y que no existe absentismo de las personas menores de edad
- Estar inscrita la persona solicitante en el Servicio Andaluz de Empleo (SAE) como demandante de empleo no ocupada, e inscripción como demandante de empleo de todas las personas mayores de 16 años de la unidad familiar
- Poseer recursos mensuales inferiores a la cuantía que les correspondiera de la Renta Mínima de Inserción Social en Andalucía
- No disponer de dinero efectivo, o título, valor, derecho de crédito o depósito bancario de un importe superior al importe anual de las pensiones no contributivas fijadas anualmente en la Ley de Presupuestos Generales del Estado
- Estar dada de alta la persona perceptora en el censo de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria
Simulador de Renta Mínima de Inserción Social
Puedes comprobar si tienes derecho a la Renta Mínima de Inserción Social mediante un simulador habilitado por la Junta de Andalucía. Se trata de un formulario que recoge valores relativos a tu unidad familiar, facilitando el cálculo según los datos aportados.
Solicitudes
La prestación se puede solicitar de forma presencial, presentando la solicitud acompañada (de los documentos preceptivos) en los servicios sociales comunitarios de la localidad donde la persona solicitante esté empadronada. Asimismo, se puede solicitar por internet a través de la sede electrónica.
Bono Social para la tarifa eléctrica
El Bono Social es un mecanismo de protección que consiste en un descuento en la factura eléctrica:
- de un 25% para consumidores vulnerables que cumplan los requisitos establecidos
- de un 25% para nuevos colectivos considerados vulnerables a raíz de la pandemina ocasionada por el coronavirus
- de un 40% para consumidores vulnerables severos que cumplan los requisitos establecidos
- si además, se es un consumidor en riesgo de exclusión social, porque se está siendo atendido por los servicios sociales de una administración autonómica o local que paguen al menos el 50% de la factura, no se tendrá que hacer frente a la factura eléctrica y, en caso de imposibilidad temporal para hacer frente al pago, no se podrá interrumpir el suministro eléctrico
El bono se disfruta por un periodo de dos años, después de los cuales es necesario volver a solicitarlo.
Puedes consultar más información sobre el bono social a través de los siguientes enlaces:
- ¿Qué es el bono social? (Consejería de Industria, Energía y Minas)
- Bono social (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
Bono Social Térmico
Es un complemento al Bono Social para la tarifa eléctrica y consiste en una ayuda directa dirigida a compensar los gastos que las personas consumidoras más vulnerables destinan a actividades que requieren energía calorífica, como calefacción, agua caliente sanitaria o cocina, independientemente de cuál sea la fuente de energía utilizada.
Pueden beneficiarse aquellas personas en situación de vulnerabilidad a las que se les haya concencido el Bono Social Eléctrico a 31 de diciembre del año anterior. Una vez solicitado, la persona beneficiaria recibirá una carta en su domicilio en la que se le informará de la ayuda económica que le corresponde, los pasos a seguir y los plazos para su realización. La cuantía, que se abonará en un pago único anual, dependerá del grado de vulnerabilidad de la persona y de la zona climática a la que pertenece la vivienda habitual.
El Bono Social Térmico es compatible con la percepción de otros ingresos o recursos, ayudas o subvenciones para la misma finalidad, procedentes de cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales o internacionales, de las que pudieran beneficiarse las personas destinatarias de la ayuda.
Puedes consulta más información a través de los siguientes enlaces:
- ¿Cómo realizar el trámite? (Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad)
- Bono Social Térmico (Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico)
- Agencia de Servicios Sociales y Dependencia de Andalucía
- Consumo Responde
Ayuda complementaria al Ingreso Mínimo Vital
Consiste en una ayuda económica extraordinaria dirigida a familias que, a pesar de recibir el Ingreso Mínimo Vital, no pueden hacer frente a sus necesidades de subsistencia a corto plazo.
Las solicitudes deben presentarse en la Delegación territorial competente en materia de servicios sociales de la provincia donde resida la persona solicitante.
Una vez concedida, la ayuda extraordinaria se abonará mediante un pago único anual.
- Delegaciones Territoriales de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad
- Consulta la información detallada sobre la ayuda complementaria al Ingreso Mínimo Vital
Ayudas sociales de carácter extraordinario para personas perceptoras de las pensiones del Fondo de Asistencia Social y de las beneficiarias del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos
Estas ayudas se dirigen a personas que perciben ayudas periódicas individualizadas concedidas con cargo al Fondo de Asistencia Social, y a las beneficiarias del Subsidio de Garantía de Ingresos Mínimos. Con una cuantía fija, se abona en cuatro pagas a lo largo del año.
Ayudas sociales de carácter extraordinario a favor de pensionistas por jubilación e invalidez en sus modalidades no contributivas
Con naturaleza de prestación de asistencia social y el carácter de personal, intransferible y extraordinaria, la ayuda se abona en un único pago a las personas beneficiarias.
Plan Extraordinario de Acción Social de Andalucía
El Plan tiene el objetivo de paliar situaciones de necesidad derivadas de la dificultad de acceso al mercado laboral por parte de determinados colectivos en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. Asimismo, tiene como fin consolidar la prestación del Servicio de Ayuda a Domicilio. El Plan Extraordinario de Acción Social de Andalucía se articula en dos programas:
- Programa de Ayudas a la Contratación
- Este Programa asigna a los ayuntamientos una cuantía económica destinada a la contratación para fomentar el empleo entre personas en riesgo o en situación de exclusión social.
- Está dirigido a personas de entre 18 y 65 años en situación legal de demanda de empleo durante un período ininterrumpido igual o superior a un año.
- Las solicitudes deben dirigirse al ayuntamiento de la localidad de residencia.
- Programa de Consolidación del Servicio de Ayuda a Domicilio
- Otorga transferencias a entidades locales de Andalucía destinadas al afianzamiento del Servicio de Ayuda a Domicilio dentro de su ámbito territorial.
- El acceso a este servicio se realiza a través de los Servicios Sociales Comunitarios.
Plan Extraordinario de Solidaridad y Garantía Alimentaria
Este Plan persigue garantizar las necesidades alimentarias básicas de personas y familias en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo.
Se actuará, principalmente, en dos líneas:
- Promover la concienciación social, el impulso del voluntariado y el apoyo a las entidades integradas en la Red de Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía.
- Asegurar la garantía alimentaria a colectivos especialmente vulnerables y personas con escasos recursos económicos, especialmente en las zonas con necesidades de transformación social.
Entre las medidas contempladas en este plan están la ampliación de las ayudas económicas familiares, el aumento del número de centros de participación activa que ofrece el Programa Bonificado del Servicio de Comedor o las acciones de refuerzo de la alimentación infantil en los centros docentes públicos de Andalucía.
Mediante la Orden de 9 de mayo de 2023, por la que se convocan subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a entidades privadas para programas que se desarrollen en el marco de la Solidaridad y Garantía Alimentaria de Andalucía en el ámbito de la Consejería de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, para el ejercicio 2023.