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Medidas para el acceso a la función pública de personas con discapacidad

Haciendo realidad el principio de igualdad de oportunidades para las personas con discapacidad y evitar o suprimir cualquier forma de discriminación negativa por motivos de discapacidad en el acceso a la Función Pública de la Administración General de la Junta de Andalucía, se incluyen distintas medidas en las bases reguladoras de los procesos selectivos para las personas con grado reconocido de discapacidad igual o superior al 33%, como las relativas al cupo por el que se pueda presentar, las tasas y adaptación de medios para la realización de los ejercicios del proceso selectivo.


Cupo

Las personas con grado reconocido de discapacidad igual superior al 33%, podrán presentarse al proceso selectivo por el cupo o turno general o el reservado a personas con discapacidad (general, mental o intelectual), teniendo en cuenta lo siguiente:


Tasas

No tendrán que abonar la tasa de inscripción en un proceso selectivo:

Quienes justifiquen su condición de persona con discapacidad en un grado igual o superior al 33%, mediante la documentación correspondiente emitido por el órgano competente de la Junta de Andalucía o de otras Administraciones Públicas, que entregarán con su solicitud de participación.

En los casos en que el reconocimiento de la condición de persona con discapacidad corresponda a la Junta de Andalucía, este requisito será comprobado de oficio por el Instituto Andaluz de Administración Pública mediante consulta telemática en la fase de admisión de solicitudes, previa autorización de la persona interesada en la correspondiente solicitud de participación.

En los casos en que dicho reconocimiento corresponda a otras Administraciones Públicas distintas a la de la Junta de Andalucía, debe justificarlo mediante copia de la documentación que acredite su condición de persona con discapacidad emitido por el órgano competente, que entregará con su solicitud de participación.

Hay que tener en cuenta que la Administración de la Junta de Andalucía no puede comprobar la veracidad o vigencia de la discapacidad indicada en la solicitud, ya que no consta en sus bases de datos, en los siguientes casos:

La discapacidad no queda acreditada con la "tarjeta o carnet de discapacidad", cuya finalidad sólo es facilitar el acceso a determinados servicios, sino con el certificado de reconocimiento de la discapacidad emitido por el órgano competente.


Adaptaciones para realización de los ejercicios del proceso selectivo

Las personas que como consecuencia de su discapacidad presenten especiales dificultades para la realización de las pruebas selectivas, podrán solicitar las necesarias adaptaciones para la realización de los ejercicios.

Si tienes una discapacidad, tienes que cumplir los requisitos generales establecidos para poder participar en el proceso selectivo de que se trate, pero además puedes tener derecho a la concesión de las adaptaciones que necesites para realización de los ejercicios correspondientes a dicho proceso selectivo, siempre que:

Las adaptaciones a las que puedes tener derecho son:

La adaptación solicitada se concederá, en su caso, mediante Acuerdo de la Comisión de Selección del proceso selectivo correspondiente, que se hará pública en la web del IAAP, entre otros medios. Puedes acceder en el siguiente enlace: