Está ud. en: Inicio > Servicios a la ciudadanía > Derechos de la ciudadanía > Derecho a ser tratado con respeto por los órganos judiciales
sábado, 27 de abril del 2024

Portal Adriano

Derecho a ser tratado con respeto por los órganos judiciales

Derecho a ser tratado con respeto y deferencia

Por los magistrados, jueces, Letrados de la Administración de Justicia, funcionarios y demás personal al servicio de la Administración de Justicia. Ello supone:

a) La obligación de puntualidad, evitando pérdidas de tiempo innecesarias.

b) Tener acceso a estas personas y ser recibidos por ellas, teniendo en cuenta las necesidades del servicio y las exigencias del proceso.

c) Dirigirse al ciudadano con respeto, evitando expresiones inconvenientes, ofensivas o de riña.

Derecho a identificar a las personas del órgano judicial

A conocer el nombre, apellidos y categorías de las personas que le atiendan y de las demás personas que sirven el órgano judicial.

Derecho a conocer el estado de la tramitación

Con las limitaciones establecidas en la Ley la persona interesada podrá conocer en cualquier momento el estado de la tramitación en la que tenga interés legítimo y obtener copias de los documentos contenidos en ellos.

Derecho a utilizar el castellano u otra lengua oficial

Los ciudadanos podrán utilizar la lengua castellana, o la que sea oficial en la Comunidad Autónoma en cuyo territorio tengan lugar las actuaciones judiciales, tanto en manifestaciones orales como escritas.

Derecho a recibir las citaciones y llamamientos al Juzgado redactadas con claridad

Los citados documentos deberán expresar con claridad el objeto de la comparecencia, así como las consecuencias de no atenderla.

Derecho a exponer quejas, reclamaciones y sugerencias

Poniendo en conocimiento de la ciudadanía la existencia de un servicio u oficina para reclamaciones, quejas e información, donde deberá ser debidamente atendida.

Los ciudadanos tienen derecho a que se acuse recibo de las mismas y a una respuesta motivada sobre las medidas adoptadas.