Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 123 de 30/06/2003

3. Otras disposiciones

Consejería de Gobernación

RESOLUCION de 9 de junio de 2003, de la Secretaría General Técnica, por la que se notifica la adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso de alzada interpuesto por don José León Huertas, en representación de don Harkaoui El Kabir, contra otra dictada por el Delegado del Gobierno en Málaga, recaída en el Expte. PC-209/2001.

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De conformidad con lo dispuesto en el artículo 59.5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común e intentada sin efecto la notificación personal al recurrente don Harkaoui El Kabir, de la resolución adoptada por el Consejero de Gobernación al recurso administrativo interpuesto, contra la dictada por el Delegado de Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, por la presente se procede a hacer pública la misma, al no haberse podido practicar en su domicilio reproduciéndose a continuación el texto íntegro.

Se le comunica que el expediente administrativo se encuentra en las dependencias del Servicio de Legislación de esta Secretaría General Técnica (Plaza Nueva, 4, Sevilla), pudiendo acceder al mismo previa acreditación de su identidad.

"En Sevilla, a cuatro de marzo de dos mil tres.

Visto el recurso de alzada interpuesto y sobre la base de los siguientes

A N T E C E D E N T E S

Primero. La Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga dictó la Resolución de referencia, por la que se impuso al interesado una sanción de cincuenta mil (50.000 ptas.) o trescientos euros con cincuenta céntimos (300,5 E), de conformidad con los antecedentes de hecho y fundamentos de derecho contenidos en la misma, a la que nos remitimos íntegramente.

Segundo. Contra la anterior Resolución, se interpuso recurso de alzada, en el que, en síntesis, alegó lo que a su derecho estimó oportuno.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Esta Secretaría General Técnica es competente, por delegación del Excmo. Sr. Consejero, para conocer y resolver el presente recurso, a tenor de lo dispuesto en el artículo 114.1 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y artículo 39.8 de la Ley 6/1983, de 21 de julio, del Gobierno y la Administración de la Comunidad Autónoma, en relación con el Decreto del Presidente 6/2000, de

28 de abril, sobre reestructuración de Consejerías, el Decreto

138/2000, de 16 de mayo, por el que se aprueba la estructura orgánica de la Consejería de Gobernación, modificado por Decreto 373/2000, de 16 de mayo, y la Orden de 18 de junio de

2001, artículo 3.4, por la que se delegan competencias en diversas materias en los órganos de la Consejería.

Segundo. Mediante escrito de fecha 20 de septiembre de 2001, notificado el día 27 de septiembre, se le concedió al recurrente 10 días para que a tenor del art. 32.3 de la Ley

30/1992, de 26 de noviembre, acreditara la representación del firmante del escrito de recurso en nombre de don Harkaoui El Kabir. Requerida en tiempo y forma la acreditación, ésta no se ha presentado, en consecuencia procede archivar por desistimiento el recurso interpuesto.

Tercero. Vistos la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, la Ley/1985, de 8 de julio, de los Consumidores y Usuarios en Andalucía, el R.D.

1945/83, de 22 de junio, por el que se regulan las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agro-alimentaria, la Ley/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás disposiciones concordantes y de general aplicación, esta Secretaría General Técnica,

R E S U E L V E

Archivar por desistimiento el recurso de alzada interpuesto por don José León Huertas, en nombre y representación de don Harkaoui El Kabir, contra resolución de la Delegación del Gobierno de la Junta de Andalucía en Málaga, de fecha

referenciada, manteniendo la misma en sus propios términos.

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su notificación o publicación, ante los correspondientes órganos judiciales de este Orden, todo ello de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46. 1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-

Administrativa. El Secretario General Técnico, P.D. (Orden de

18.6.01). Fdo.: Rafael Cantueso Burguillos".

Sevilla, 9 de junio de 2003.- El Secretario General

Técnico, Rafael Cantueso Burguillos.

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