Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 45 de 07/03/2003

1. Disposiciones generales

Consejería de Turismo y Deporte

RESOLUCION de 14 de febrero de 2003, de la Dirección General de Tecnología e Infraestructuras Deportivas, por la que se convoca a las Entidades Locales andaluzas interesadas en participar en el procedimiento de colaboración interadministrativa para la construcción de instalaciones deportivas durante el ejercicio 2003.

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Por Orden de 26 de abril de 2002 (BOJA núm. 54, de 9 de mayo), se regula el procedimiento de colaboración entre la Consejería de Turismo y Deporte y las Entidades Locales andaluzas para la construcción de instalaciones deportivas, en el marco de las competencias atribuidas, de conformidad con lo establecido en el Decreto del Presidente 132/1996, de 16 de abril, y Decreto 181/1996, de 14 de mayo, sobre reestructuración de Consejerías y sobre Estructura Orgánica de la Consejería de Turismo y Deporte, respectivamente.

Esta convocatoria tendrá una difusión pública a través de la página «web¯ de la Consejería de Turismo y Deporte: www.juntadeandalucia.es/turismoydeporte

Mediante la presente Resolución se procede a convocar a las Entidades Locales andaluzas interesadas en participar en el procedimiento de colaboración interadministrativa para la construcción de instalaciones deportivas durante el ejercicio

2003 de conformidad con las normas contenidas en la antes citada Orden de 26 de abril de 2002.

En su virtud, en uso de las competencias delegadas por la Disposición Adicional Segunda de la Orden de 26 de abril de

2002

RESUELVO

Primero. Convocatoria de presentación de solicitudes por las Entidades Locales andaluzas.

Se procede a abrir el plazo de presentación de solicitudes por las Entidades Locales andaluzas, previstas en el artículo 2 de la Orden de 26 de abril de 2002, de acuerdo con las siguientes determinaciones:

1. El plazo de presentación de solicitudes, según el modelo que se incluye como Anexo I de la citada Orden, será de un mes a contar desde el día siguiente al de publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía, pudiendo presentarse en los Registros de las Delegaciones Provinciales de la Consejería de Turismo y Deporte tal y como establece el artículo 5.2 de la Orden de 26 de abril de 2002, o a través de los medios establecidos en el artículo

38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y en el artículo 51 de la Ley 6/1983, de

21 de julio, del Gobierno y Administración de la Comunidad Autónoma Andaluza.

2. En lo referente al procedimiento, documentación y criterios para la concesión, se estará a lo dispuesto en la Orden de 26 de abril de 2002.

Sin perjuicio de lo anterior, aquellas Entidades Locales que hubieran presentado solicitudes en la convocatoria anterior, al amparo de la citada Orden, no estarán obligadas a aportar la documentación requerida conforme al artículo 6 de la misma, siempre y cuando las solicitudes que se realicen conforme a la presente convocatoria se efectúen en los mismos términos que aquellas, y no haya sufrido ninguna modificación el contenido de la documentación cuya presentación se exime en la presente Resolución. En caso contrario, la Consejería de Turismo y Deporte, a través de sus Delegaciones Provinciales, podrá solicitar cualquier documentación necesaria para la adecuada tramitación de la petición, conforme a lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Orden de 26 de abril de 2002.

Segundo. Entrada en vigor.

La presente Resolución surtirá efectos desde su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Sevilla, 14 de febrero de 2003.- El Director General, Luis Miguel Pons Moriche.

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