Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 8 de 11/01/2008

3. Otras disposiciones

Consejería de Medio Ambiente.

Resolución de 10 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Cordel del Chorro, en el tramo desde en término municipal de Cazorla, hasta la Majada de Aceituno o Caseta del Garbanzar y del Descansadero de Majada Grande", en el término municipal de Quesada, en la provincia de Jaén. VP @1464/06.

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Examinado el Expediente de Deslinde de la vía pecuaria "Cordel del Chorro, en el tramo desde en término municipal de Cazorla, hasta la Majada de Aceituno o Caseta del Garbanzar y del Descansadero de Majada Grande", en el término municipal de Quesada, en la provincia de Jaén, instruido por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén, se desprenden los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero. La vía pecuaria antes citada, sita en el término municipal de Quesada, fue clasificada por Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de fecha 10 de julio de 2001, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía

núm. 92, de 11 de agosto de 2001.

Segundo. El deslinde se inicia a propuesta de la Delegación Provincial de Medio Ambiente en Jaén por Resolución de la Viceconsejería de Medio Ambiente de 6 de julio de 2006, con relación a la Consultoría y Asistencia para el deslinde y amojonamiento de las vías pecuarias que configuran la Red Verde Europea del Mediterráneo (Revermed), la cual permitirá tanto una oferta de itinerarios continuos de larga distancia, como de una malla local para los desplazamientos y el ocio de proximidad, que coadyuvará al incremento de la calidad de vida, y el desarrollo económico sostenible de los territorios rurales que atraviesa.

Tercero. Los trabajos materiales de Deslinde, previos los anuncios, avisos y comunicaciones reglamentarias, se iniciaron el día 21 de noviembre de 2006, notificándose dicha circunstancia a todos los afectados conocidos con fecha de registro de salida de la Delegación Provincial de Jaén de 28 de septiembre de 2006 y publicándose en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 234, de 9 de octubre de 2006.

En dicho acto no se formularon alegaciones por parte de los interesados.

Cuarto. Redactada la Proposición de Deslinde, que se realiza de conformidad con los trámites preceptivos e incluyéndose claramente la relación de ocupaciones, intrusiones y colindancias, ésta se somete a exposición pública, previamente anunciada en el Boletín Oficial de la Provincia de Jaén núm. 136, de fecha 15 de junio de 2007.

Quinto. Durante el período de exposición pública no se presentan alegaciones por parte de los interesados.

Sexto. El Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía, con fecha 25 de octubre de 2007, emitió el preceptivo Informe.

A la vista de tales antecedentes, son de aplicación los siguientes

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero. Compete a esta Secretaría General Técnica la Resolución del presente Procedimiento de Deslinde en virtud de lo establecido en el artículo 21 del Decreto 155/1998, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, así como el Decreto 179/2000, de 23 de mayo, por el que se aprueba la Estructura Orgánica Básica de la Consejería de Medio Ambiente.

Segundo. Al presente procedimiento administrativo le es de aplicación lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, el Decreto 155/1998, de 21 de julio, antes citado, la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y demás legislación aplicable al caso.

Tercero. La vía pecuaria denominada "Cordel del Chorro, en el tramo desde en término municipal de Cazorla, hasta la Majada de Aceituno o Caseta del Garbanzar y del Descansadero de Majada Grande", en el término municipal de Quesada, en la provincia de Jaén, fue clasificada por Resolución de la Viceconsejeria de Medio Ambiente de fecha 10 de julio de 2001, publicada en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía de 11 de agosto de 2001, siendo esta Clasificación conforme al artículo 7 de la Ley de Vías Pecuarias y el artículo 12 del Reglamento de Vías Pecuarias de Andalucía, respectivamente, "el acto administrativo de carácter declarativo en virtud del cual se determina la existencia, anchura, trazado y demás características físicas generales de cada vía pecuaria", debiendo por tanto el Deslinde, como acto administrativo definitorio de los límites de cada vía pecuaria, ajustarse a lo establecido en el acto de Clasificación.

Considerando que el presente Deslinde se ha realizado conforme a la Clasificación aprobada por Orden Ministerial ya citada, ajustado en todo momento al Procedimiento legalmente establecido en la Ley 30/1992, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, así como a lo regulado en la Ley 3/1995, de 23 de marzo, de Vías Pecuarias, y en el Decreto 155/1998, de 21 de julio, que aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, y demás legislación aplicable.

Vistos la Propuesta de Deslinde, formulada por la Delegación Provincial de la Consejería de Medio Ambiente en Jaén con fecha 13 de septiembre de 2007, y el Informe del Gabinete Jurídico de la Junta de Andalucía de fecha 25 de octubre de 2007,

RESUELVO

Aprobar el Deslinde de la vía pecuaria "Cordel del Chorro, en el tramo desde en término municipal de Cazorla, hasta la Majada de Aceituno o Caseta del Garbanzar y del Descansadero de Majada Grande", en el término municipal de Quesada, en la provincia de Jaén, a tenor de la descripción que sigue, y en función a las coordenadas que se anexan a la presente Resolución.

Longitud: 10.566,23 metros lineales.

Anchura: 37,50 metros lineales.

Descripción registral.

Finca rústica, de dominio público según establece la Ley 3/95, de Vías Pecuarias, y el Decreto 155/98, por el que se aprueba el Reglamento de Vías Pecuarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía, destinada a los fines y usos que estas normas estipulan, situada en el término municipal de Quesada, provincia de Jaén, de forma alargada con una anchura de 37,50 metros, la longitud deslindada es de 10.566,23 metros, la superficie deslindada de 396.103,95 m², que en adelante se conocerá como "Cordel del Chorro", tramo que va desde el término municipal de Cazorla, hasta la Majada de Aceituno o Caseta del Garbanzar.

Contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Consejera de Medio Ambiente, conforme a lo establecido en la Ley 4/1999, de Modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el plazo de un mes desde la notificación de la presente, así como cualquier otro que pudiera corresponder de acuerdo con la normativa aplicable.

Sevilla, 10 de diciembre de 2007.- La Secretaria General Técnica, Asunción Vázquez Pérez.

Actuación cofinanciada por Fondos Europeos

Anexo a la Resolución de 10 de diciembre de 2007, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se aprueba el deslinde de la vía pecuaria "Cordel del Chorro, en el tramo desde en término municipal de Cazorla, hasta la Majada de Aceituno o Caseta del Garbanzar y del Descansadero de Majada Grande", en el término municipal de Quesada, en la provincia de Jaén

Relación de Coordenadas UTM de la vía pecuaria

Ver anexo en facsímil BOJA (PAG. 34)

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