Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 140 de 20/07/2018

2. Autoridades y personal2.2 Oposiciones, concursos y otras convocatorias

Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática

Resolución de 29 de junio de 2018, de la Dirección General de Administración Local, por la que se da publicidad a las bases y convocatoria para la provisión del puesto de trabajo de Intervención General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, mediante el sistema de libre designación.

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Vacante el puesto de trabajo de Intervención General, reservado a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, del Excmo. Ayuntamiento de Almería, por dicha Entidad se han aprobado las bases de la convocatoria y se ha acordado asimismo su convocatoria mediante resolución de la Sra. Concejal Delegada de Organización y Función Pública, en virtud de la delegación de competencias otorgada por la Junta de Gobierno Local en fecha 22 de junio de 2015 y Decreto de 29 de septiembre de 2017, para su provisión mediante el sistema de libre designación, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

Por todo ello, al amparo de la legislación invocada y en virtud de las competencias conferidas por el artículo 92.bis, de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, modificado por la Ley 27/2013, de 27 de diciembre, de racionalización y sostenibilidad de la Administración Local, los artículo 45 y siguientes del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional y por el artículo 12.2.d) del Decreto 204/2015, de 14 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de la Presidencia y Administración Local, aplicable en virtud del Decreto de la Presidenta 12/2017, de 8 de junio de la Vicepresidencia y reorganización de las Consejerías, esta Dirección General de Administración Local:

RESUELVE

Primero. Dar publicidad a las bases y convocatoria para la provisión, mediante el sistema de libre designación, del puesto de trabajo de Intervención General del Excmo. Ayuntamiento de Almería, reservados a funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional con las características que a continuación se indican:

a) Corporación: Excmo. Ayuntamiento de Almería.

b) Denominación y clase del puesto: Intervención General.

c) Nivel de complemento de destino: 30.

d) Complemento específico: 35.076,30 euros anuales.

f) Requisitos para su desempeño: Subescala Intervención-Tesorería, categoría superior.

Requisitos de los aspirantes.

Podrán participar en la convocatoria los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional perteneciente a la Subescala de Intervención-Tesorería, categoría Superior.

No podrán participar en la convocatoria los funcionarios que se encuentren en cualquiera de los supuestos previstos en el artículo 36, apartado 2, letras a), b) y c) del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.

Instancias y documentación.

La solicitud para participar en el presente procedimiento se ajustará al modelo que figura en el Anexo que los interesados en participar deberán descargarse de la página web del Excmo. Ayuntamiento de Almería.

Las solicitudes se dirigirán al Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento de Almería y se presentarán en el Registro General de la citada institución o por alguno de los demás medios a los que se refiere el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, (en adelante LPACAP) en el plazo de quince días hábiles a contar desde el día siguiente al de la publicación del extracto de la presente convocatroria en el Boletín Oficial del Estado.

Además del contenido mínimo previsto en el artículo 66 de la LPACAP, en la documentación habrá de indicarse el número de registro personal, la situación administrativa en que se encuientre el solicitante, así como su destino actual.

Los aspirantes adjuntarán a la solicitud curriculum en el que figure:

a) La acreditación de la condición de funcionario/a de Administración Local con habilitación de carácter nacional.

b) Los años de servicio.

c) Los puestos de trabajo desdempeñados en las Administraciones Públicas.

d) Títulos académicos, estudios, cursos, formación y especialización realizada.

e) Cualquier otro mérito que consideren oportuno destacar en relación con las funciones atribuidas al puesto solicitado.

Las circunstancias detalladas en la solicitud y los méritos alegados en el currículum se acreditaran fehacientemente por el candidato que resulte elegido, mediante la presentación de los documentos originales en el Servicio de personal y Régimen Interior del Ayuntamiento de Almería, con carácter previo a la designación, a los efectos de acreditar el cumplimiento de los requisitos exigidos en la convocatoria y de los méritos alegados en el currículum.

Entrevista.

Los aspirantes podrán ser convocados, en su caso, para la realización de una entrevista, cuya fecha, hora y lugar de realización serán publicadas en el tablón de anuncios de la página web www.aytoalmeria.es. No se prevee pago alguno por desplazamiento de los interesados para la asistencia a la entrevista.

Resolución.

Concluido el plazo de presentación de solicitudes, el Excmo. Sr. Alcalde del Ayuntamiento, procederá, previa constatación de la concurrencia de los requisitos exigidos en la convocatoria, y a la vista de la trayectoria profesional y los méritos acreditados por los aspirantes, a dictar la resolución correspondiente, en el plazo de un mes, dando cuenta al Pleno de la Corporación y trasladando aquella a la Dirección General de Administración Local de la Consejería de la Presidencia, Administración Local y Memoria Democrática de la Junta de Andalucía y a la Dirección General de la Función Pública del Ministerio de Hacienda y Función Pública, para su anotación en el correspondiente Registro y publicación en el Boletín Oficial del Estado.

Dicha resolución se motivará con referencia al cumplimiento, por parte del candidato elegido, de los requisitos y especificaciones exigidos para participar en la convocatoria y de la competencia para proceder al nombramiento. El puesto deberá ser adjudicado, salvo que se declare desierta la convocatoria, entre los candidatos que reúnan los requisitos exigidos en la convocatoria. En todo caso, deberá quedar acreditado en el procedimiento, como fundamento de la resolución adoptada, la observancia del procedimiento debido.

Toma de posesión.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 46.4 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el plazo de toma de posesión será el que establece el artículo 41 de dicho Real Decreto.

Normativa supletoria.

Para todo lo que no prevean estas bases será de aplicación el Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se acuerda el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, el Capítulo III del Título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local y el Real Decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público.

Segundo: Ordenar su publicación en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso Contencioso-Administrativo ante los correspondientes órganos judiciales de este orden, en la forma y plazos previstos por la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. O bien se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que dicta este acto, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su recepción, de conformidad con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien, también con carácter potestativo, el requerimiento previsto en el artículo 44 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, en el supuesto de que la impugnación se efectúe por una Administración Pública, en el plazo de dos meses desde la publicación.

Sevilla, 29 de junio de 2018.- El Director General, Juan Manuel Fernández Ortega.

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