Boletín Oficial de la Junta de Andalucía - Histórico del BOJA Boletín número 129 de 07/07/2021

1. Disposiciones generales

Universidades

Extracto de la Resolución de 30 de junio de 2021, de la Universidad de Granada, por el que se convocan ayudas de la Universidad de Granada para la recualificación del sistema universitario español para 2021-2023.

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El Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a universidades públicas para la recualificación del sistema universitario español instrumenta la inversión C21.I4 «Formación y capacitación del personal docente e investigador del citado componente 21». Se trata de una inversión de carácter plurianual, dirigida a la recualificación del sistema universitario español a través de la promoción de la formación de sus jóvenes doctores, del fomento de la movilidad de su personal docente e investigador para la recualificación del profesorado funcionario y contratado y de la atracción del talento internacional. Esta inversión contempla la concesión de subvenciones a las universidades públicas españolas por un importe total de 361,56 millones de euros para el período 2021-2023. Se ha fijado como objetivo que las universidades públicas concedan un mínimo de 2.521 ayudas de formación en las tres modalidades previstas a fecha de 31 de diciembre de 2023.

Como consecuencia de lo anterior, el Anexo I del Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, concede a la Universidad de Granada un importe de 15.522.426 €, cuantía que deberá ser ejecutada antes del 31 de diciembre de 2023, mediante la publicación de la presente convocatoria, sujetas a disponibilidad presupuestaria:

Ayudas Margarita Salas para la formación de jóvenes doctores.

Ayudas para la recualificación del profesorado universitario funcionario o contratado.

Ayudas María Zambrano para la atracción de talento internacional.

Con objeto de cumplir con el requisito de publicidad inherente a todo proceso de selección financiado con fondos públicos, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la web de la Universidad de Granada

https://investigacion.ugr.es/recursos-humanos/otras-convocatorias/recualificacion

Primero. Objeto.

Las ayudas financiadas mediante la presente convocatoria comprenderán las siguientes modalidades:

a) Ayudas Margarita Salas para la formación de jóvenes doctores. De acuerdo con lo establecido en la Orden UNI/551/2021, de 26 de mayo, las ayudas de esta modalidad supondrán, al menos, el 50% del importe total de las subvenciones directas concedidas a la Universidad de Granada por el Real Decreto 289/2021, de 20 de abril, para la recualificación del sistema universitario español.

b) Ayudas para la recualificación del profesorado universitario funcionario o contratado.

c) Ayudas María Zambrano para la atracción de talento internacional.

Segundo. Requisitos de las personas solicitantes.

La presente convocatoria está financiada por el Ministerio de Universidades y por la Unión Europea a través de fondos NextGenerationEU.

1. Requisitos generales.

Sin perjuicio de los requisitos específicos establecidos para cada modalidad de ayuda en la convocatoria, las personas solicitantes deberán cumplir, a fecha fin del plazo de presentación de solicitudes, los siguientes requisitos generales:

- Tener la nacionalidad española o ser ciudadanos de la Unión Europea o de los Estados parte del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo o Suiza, que se encuentren en España en ejercicio de la libre circulación y residencia.

- No haber sido separado/a, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado/a para el desempeño de funciones públicas. En el caso de ser nacional de otro Estado, no hallarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a sanción disciplinaria que impida en su Estado el acceso al empleo público. 

- En el caso de solicitantes extranjeros no comunitarios, en el momento de la formalización del contrato, se requerirá poseer la autorización administrativa o el visado que les permita trabajar de acuerdo con lo dispuesto en la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, en su reforma dada por la Ley Orgánica 2/2009, de 11 de diciembre.

2. Requisitos específicos.

a) Ayudas Margarita Salas

- Haber transcurrido como máximo dos años entre la fecha de obtención del título de doctor y la del cierre del plazo de presentación de solicitudes. No obstante, se ampliará el citado plazo de dos años cuando concurra alguna de las situaciones establecidas en la convocatoria.

- Solicitar su incorporación en una universidad o centro de investigación públicos distintos a aquél en el que realizaron su formación predoctoral y obtuvieron el doctorado.

- Haber obtenido el título de doctor en la Universidad de Granada. En el caso de haber obtenido el título de doctor en universidades privadas, será requisito realizar la estancia posdoctoral o incorporarse el último año de la ayuda en la Universidad de Granada.

b) Ayudas para la recualificación del profesorado universitario

- Desempeñarse en la Universidad de Granada como Profesor Titular de Universidad, Profesor Contratado Doctor y Profesor Ayudante Doctor, o las figuras de profesorado laborales equivalentes de carácter autonómico.

- Solicitar la incorporación en una universidad o centro de investigación públicos distinto a la Universidad de Granada.

- El profesorado titular de universidad y el contratado doctor no deberá superar diez años de servicio en dichas figuras.

c) Ayudas María Zambrano para la atracción de talento internacional

- Ser personal docente e investigador, de nacionalidad española o de otro país, con una trayectoria posdoctoral acumulada no inferior a veinticuatro meses en universidades o centros de investigación españoles o situados fuera de España diferentes al de la defensa de la tesis doctoral y a la Universidad de Granada para la modalidad Junior y no inferior a 7 años en la modalidad Senior.

- Las personas solicitantes deberán estar desarrollando, en el momento de formular la solicitud, proyectos de investigación y/o impartiendo docencia en universidades, centros de investigación u organismos situados fuera de España.

Tercero. Presentación, revisión y subsanación de solicitudes.

El plazo de presentación en el registro de las solicitudes será desde el 5 al 29 de julio de 2021.

La documentación y procedimiento de presentación y registro de las solicitudes, al igual que el procedimiento de revisión, subsanación y evaluación de las solicitudes presentadas, se atendrá a lo establecido en las bases de la convocatoria, disponible en la dirección web de la Universidad de Granada

https://investigacion.ugr.es/recursos-humanos/otras-convocatorias/recualificacion

Cuarto. Criterios de evaluación.

El proceso de selección comprenderá una única fase en la que se seleccionará al candidato o candidata previa evaluación de las solicitudes presentadas y de la emisión del correspondiente informe-propuesta. Las solicitudes serán calificadas con una puntuación entre 0 y 100 puntos, con los siguientes criterios de evaluación:

a) CVA del candidato o candidata, hasta 50 puntos.

b) Historial científico-técnico del grupo receptor, hasta 30 puntos.

c) Memorias justificativas, hasta 20 puntos.

La puntuación mínima necesaria para superar la evaluación será de 80 puntos.

Granada, 30 de junio de 2021.- La Rectora, Pilar Aranda Ramírez.

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