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1.4.- ¿Qué organismo resuelve las convalidaciones?

Las convalidaciones recogidas expresamente en los diferentes Anexos del RD 1085/2020, de 9 de diciembre las resuelve la dirección del centro donde esté matriculado el alumno/a. Se resolverá negativamente aquellas solicitudes de su competencia que no aparezcan en los anexos anteriormente citados.

Aquellas solicitudes que acrediten para convalidar una titulación universitaria o un título de FP1 o FP2 las resuelve el Ministerio de Educación y Formación Profesional. Estas últimas convalidaciones se envían al centro y se trasladan al Ministerio. En ningún caso el alumnado podrá enviar directamente la solicitud de convalidación al Ministerio.