Los Premios tienen como finalidad reconocer y valorar públicamente al alumnado que, habiendo obtenido el título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria en el régimen de personas adultas en centros docentes de Andalucía durante el curso académico correspondiente, haya destacado por:

  • Su esfuerzo y rendimiento académico
  • La superación de dificultades persolanes, sociales, familiares o laborales.
  • Su compromiso con el proceso formativo y su entorno educativo.

En el curso académico correspondiente a esta convocatoria, las personas candidatas tendrán que:

  • Haber estado matriculadas en el Nivel II de Educación Secundaria Obligatoria para personas adultas en un centro docente de la Comunidad Autónoma de Andalucía.
  • Estar propuestas por el equipo docente para la expedición del título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria.
  • Ser designadas por la persona titular del centro docente como personas merecedoras de un especial reconocimiento por el esfuerzo, la dedicación y el afán de superación demostrados a lo largo de la etapa, para vencer las dificultades personales, educativas o de entorno familiar y sociocultural.

Anualmente se publica la resolución de convocatoria. Tras la presentación de candidaturas por los centros educativos y el estudio de los expedientes por el jurado (integrado por representantes de la inspección educativa, direcciones de centros y profesorado de ESO para personas adultas) se dicta resolución definitiva con la relación del alumnado premiado.

Se conceden hasta un máximo de 20 premios por convocatoria, con una dotación económica de 500 euros cada uno. Asimismo, se expide diploma acreditativo, consignándose la distinción en los documentos oficiales de evaluación y en el expediente académico.

Información importante

  • Los modelos incluidos en los anexos de la Orden de 1 de marzo de 2018 estarán también disponibles en el Sistema de Información Séneca. Asímismo, la versión editable del anexo II se puede obtener del siguiente enlace (pdf):
  • Los anexos III, IV y la documentación que sirvan de confirmación de las circunstancias declaradas deberán ser autenticados y firmados digitalmente por la dirección del centro para su presentación (para la valoración de los anexos III y IV se utilizará la rúbrica que aparece en Documentos relacionados).