Calcula los puntos de baremo (hermanos en el centro, domicilio familiar o laboral, renta anual, discapacidad, familia numerosa o monoparental o con dos hijos, guardadores legales con actividad laboral remunerada, matrícula en el primer ciclo de Educación Infantil y expediente académico de Bachillerato) que corresponden por domicilio en caso de que la oferta de plazas sea inferior a las solicitudes y se deban admitir a los solicitantes en función de la baremación de las peticiones.

Las informaciones ofrecidas por este medio tienen exclusivamente carácter ilustrativo, y no originarán derechos ni expectativas de derechos. (Decreto 204/95, art. 4; BOJA 136, 26/10).

El cálculo del autobaremo habrá de realizarse de manera independiente para cada uno de los centros solicitados en función de las circunstancias que se acrediten en cada caso.

Desarrollo de la  actividad laboral:

    1. Dedicación semanal de, al menos, 30 h monoparental o ambos representantes: 4 ptos.
    2. Dedicación semanal de, un representante menos de 30 h y otro al menos 30 h: 3 ptos.
    3. Dedicación semanal de, al menos, 30 h: 2 ptos.
    4. Dedicación semanal de menos de 30 h monoparental o ambos representantes: 2 ptos.
    5. Dedicación semanal de menos de 30 h: 1 pto.
    6. No realizo actividad laboral: 0 puntos

El representante legal del alumno o alumna trabaja en el centro educativo solicitado como prioritario: 2 puntos.

El domicilio o lugar de trabajo se encuentra situado:

        1. En el área de influencia del centro: 2 ptos.
        2. En las áreas limítrofes al área de influencia del centro: 1 pto.

Hermanos o hermanas matriculadas en el centro: 2 ptos.

El niño o niña ha nacido de parto múltiple: 2 ptos por cada hermano/a, siempre que tengan 2 ptos por domicilio.

El niño o niña tiene hermanos o hermanas para los que ha solicitado plaza en el mismo centro: 2 ptos por cada hermano o hermana.

Pertenencia a familia monoparental o numerosa: 2 ptos.

Tratamiento por trastorno del desarrollo y/o discapacidad del niño o niña y/o discapacidad de sus representantes legales y/o discapacidad hermanos o hermanas: 2 ptos.

Renta anual de la unidad familiar (ejercicio fiscal de referencia 2022):

  1. Inferior a 2.026,57 €: 2 ptos.
  2. Entre 2.026,57 € y 2.702,09 €: 1,5 ptos.
  3. Entre 2.702,09 € y 4.053,14 €: 1 pto.
  4. Entre 4.053,14 € y 5.404,19 €: 0,5 ptos.