Relación de preguntas frecuentes relacionadas con el proceso de admisión en Enseñanzas de Artes Plásticas y Diseño


La oferta de plazas vacantes para los Ciclos Formativos de Grado Medio o de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño, así como el calendario anual de actuaciones para estas enseñanzas se publicará antes del plazo establecido para la presentación de las solicitudes de admisión y puede consultarse en la Secretaría Virtual, en la web de la Consejería, en los tablones de anuncios de los centros docentes y en los medios que los centros tengan habilitados.

En la web de la Consejería y en los tablones de anuncios o por los medios que los centros docentes públicos de titularidad de la Junta de Andalucía que imparten las correspondientes enseñanzas tengan habilitados.

Requisitos

Los requisitos de acceso a Ciclos Formativos de Grado Medio de Artes Plásticas y Diseño según R.D. 596/2007 con la nueva redacción introducida por RD 628/2022

REQUISITO DE TITULACIÓN ACREDITACIÓN DE APTITUDES NECESARIAS
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria o título declarado equivalente al de Graduado en E.S.O. Prueba específica.

a) Haber superado el tercer curso de enseñanzas comunes de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos del plan de estudios de 1963.

b) Haber superado el segundo curso de enseñanzas comunes del plan experimental de las enseñanzas de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos.

c) Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con el título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño o con alguno de los anteriores.

Prueba específica.
Título de Técnico de Formación profesional o de Técnico Auxiliar de Formación profesional o equivalente a efectos académicos Prueba específica.
Título de Técnico o Técnica de Artes Plásticas y Diseño Exento de realizar prueba específica
Sin estar en posesión de los requisitos académicos de acceso y con edad mayor o igual a 17 años en el año de la prueba. Prueba de acceso con parte general y parte específica

Exenciones

Estar en posesión de determinadas titulaciones y/o reunir otros requisitos de experiencia laboral pueden eximir de realizar pruebas de acceso:

TITULACIÓN REQUERIDA PARA APLICAR EXENCIÓN OTROS REQUISITOS REQUERIDOS TIPO DE EXENCIÓN
Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño
 

 

Prueba específica de acceso
Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
 

 

Prueba específica de acceso
a) Haber superado cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos (Planes de estudios del Decreto 2127/1963)
b) Haber superado cursos establecidos con carácter experimental al amparo del R.D. 799/1984
c) Haber superado cursos establecidos por el R.D. 942/1986

 

Prueba específica de acceso

a) Título de Bachiller, modalidad de artes, o de Bachillerato artístico experimental.

b) Titulación oficial de enseñanzas artísticas superiores o de enseñanza universitaria en alguna de las siguientes disciplinas de ámbito artístico: artes plásticas, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, bellas artes o arquitectura.

 

Prueba específica de acceso
Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria Acreditar experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder, debiendo aportar, al menos, la siguiente documentación: Certificación acreditativa de la experiencia o vida laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios. Prueba específica de acceso
Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

 

Parte general de prueba de acceso

Requisitos

Los requisitos de acceso a Ciclos Formativos de Grado Superior de Artes Plásticas y Diseño según R.D. 596/2007 con la nueva redacción introducida por R.D. 628/2022

REQUISITO DE TITULACIÓN ACREDITACIÓN DE APTITUDES NECESARIAS
Título de Bachiller Prueba específica.
a) Título de Graduado en Artes Aplicadas y Oficios Artísticos correspondiente al plan de estudios de 1963 o del plan experimental.
d) Haber superado otros estudios declarados equivalentes a efectos académicos con el título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño o con alguno de los anteriores.
e) Estar en posesión de una titulación universitaria o equivalente.
Prueba específica.

 

Título de Técnico Superior de las enseñanzas de Formación profesional o Técnico Especialista de las enseñanzas de Formación profesional o equivalentes a efectos académicos Prueba específica.
Título de Técnico o Técnica de Formación Profesional Prueba específica.
Título de Técnico o Técnica de Artes Plásticas y Diseño Exento de realizar prueba específica.
Título de Técnico o Técnica Superior de Artes Plásticas y Diseño Exento de realizar prueba específica
Sin estar en posesión de los requisitos académicos de acceso y con edad mayor o igual a 19 años en el año de la prueba. Prueba de acceso con parte general y parte específica

Exenciones

Estar en posesión de determinadas titulaciones y/o reunir otros requisitos de experiencia laboral  pueden eximir de realizar pruebas de acceso:

TITULACIÓN REQUERIDA PARA APLICAR EXENCIÓN OTROS REQUISITOS REQUERIDOS TIPO DE EXENCIÓN
Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño

 

Prueba específica de acceso
Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño

 

Prueba específica de acceso
a) Título de Bachiller, modalidad de artes, o de Bachillerato artístico experimental.


b) Titulación oficial de enseñanzas artísticas superiores o de enseñanza universitaria en alguna de las siguientes disciplinas de ámbito artístico: artes plásticas, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, bellas artes o arquitectura.

 

Prueba específica de acceso

a) Título de Bachiller

b) Título de Técnico o Técnica de Formación Profesional

 

Acreditar experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder, debiendo aportar, al menos, la siguiente documentación: Certificación acreditativa de la experiencia o vida laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios. Prueba específica de acceso

 

Haber superado la prueba de acceso a la universidad para mayores de 25 años.

 

Parte general de prueba de acceso

Los puestos escolares vacantes se ofertarán para la admisión en la convocatoria de junio en primer lugar, quedando para la convocatoria de septiembre aquellas las plazas escolares que hubiesen quedado vacantes una vez finalizado el proceso de admisión de la convocatoria de junio.

En ambos casos, las plazas vacantes se distribuirán en los siguientes cupos:

a) El 50% de los puestos escolares se destinará al alumnado que reúna los requisitos académicos y supere la prueba específica de acceso.

b) El 30% de los puestos escolares se ofertará al alumnado que reúna los requisitos académicos y se acoja a los supuestos de exención de la prueba específica.

c) El 20% restante se destinará a los solicitantes que carecen de los requisitos académicos y superen la prueba de acceso tanto la parte general como la específica, en su caso.

d) Los puestos escolares vacantes correspondientes a las letras b) y c) anteriores que no se adjudiquen acrecentarán el cincuenta por ciento establecido en la letra a). Del mismo modo, si quedaran puestos escolares vacantes sin adjudicar al alumnado al que se refiere la letra a), éstos acrecentarán proporcionalmente los porcentajes establecidos en las letras b) y c) anteriores.

En el supuesto de que no existan puestos escolares suficientes para atender a todos los aspirantes que cumplan los requisitos de acceso, para la adjudicación de los puestos escolares correspondientes se aplicarán los siguientes criterios:

  • 50% de los puestos escolares para el alumnado que reúna los requisitos académicos y supere la prueba específica de acceso.
    • Mayor puntuación obtenida en la prueba específica de acceso.
  • El 30% de los puestos escolares se ofertará al alumnado que reúna los requisitos académicos y se acoja a los supuestos de exención de la prueba específica.
    • Experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o de grado superior al que se quiere acceder, considerando entre ellos, los que acrediten más tiempo de experiencia laboral.
    • Mayor nota media del expediente para la obtención del título acreditado para la exención de la prueba específica de acceso.
  • El 20% restante se destinará a los solicitantes que carecen de los requisitos académicos y superen la prueba de acceso.
    • Mayor puntuación obtenida en la prueba de acceso.

 

 

El procedimiento de admisión tiene dos fases:

Fase 1: Admisión en convocatoria de junio

  • El plazo será el comprendido entre el 1 y el 31 de mayo, para quienes deban realizar las pruebas de acceso.
  • El plazo será el comprendido entre el 1 y el 20 de junio para quienes soliciten la admisión con exención de la prueba específica de acceso y no deban realizarla.

Fase 2: Admisión en convocatoria de septiembre

  • El plazo será el comprendido entre el 1 y el 7 de septiembre.

 

Sí. La solicitud se presentará en el centro docente en el que el alumno o alumna pretende ser admitido, sin perjuicio de lo establecido en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y en los artículos 82 y 83 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, en cuyo caso, para agilizar el procedimiento, podrá remitirse copia autenticada al centro docente al que se dirige la solicitud.

Los impresos estarán disponibles en el sitio web de Escolarizacón de la Consejería de Desarrollo Educativo y FP, y serán facilitados gratuitamente por los centros docentes.

SÍ. Las solicitudes se podrán cursar de forma telemática a través de la Secretaría Virtual de los centros educativos en la web de la Consejería.
También pueden presentarse mediante el acceso a las direcciones oficiales de Internet de la Administración de la Junta de Andalucía o de la Consejería competente en materia de educación

  • Fotocopia del libro de familia o documento oficial acreditativo de la edad del solicitante.
  • Acreditación de las circunstancias académicas alegadas. (En el supuesto de que en el presente curso académico esté cursando 4º curso de educación secundaria obligatoria o 2º de bachillerato, se deberá adjuntar certificado acreditativo de esta circunstancia)
  • Acreditación de las circunstancias alegadas para la exención de la prueba específica de acceso.

Exenciones prueba específica Grado Medio

  • Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño
  • Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
  • a) Haber superado cursos comunes de Artes Aplicadas y Oficios Artísticos (Planes de estudios del Decreto 2127/1963) b) Haber superado cursos establecidos con carácter experimental al amparo del R.D. 799/1984 c) Haber superado cursos establecidos por el R.D. 942/1986
  • a) Título de Bachiller, modalidad de artes, o de Bachillerato artístico experimental.
  • b) Titulación oficial de enseñanzas artísticas superiores o de enseñanza universitaria en alguna de las siguientes disciplinas de ámbito artístico: artes plásticas, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, bellas artes o arquitectura.
  • Título de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria
    • Acreditar experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder, debiendo aportar, al menos, la siguiente documentación:  Certificación acreditativa de la experiencia o vida laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
    • En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.

Exenciones prueba específica Grado Superior

  • Título de Técnico de Artes Plásticas y Diseño
  • Título de Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño
  • a) Título de Bachiller, modalidad de artes, o de Bachillerato artístico experimental.
  • b) Titulación oficial de enseñanzas artísticas superiores o de enseñanza universitaria en alguna de las siguientes disciplinas de ámbito artístico: artes plásticas, diseño, conservación y restauración de bienes culturales, bellas artes o arquitectura.
  • a) Título de Bachiller
    • Acreditar experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder, debiendo aportar, al menos, la siguiente documentación: Certificación acreditativa de la experiencia o vida laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
    • En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.
  • b) Título de Técnico o Técnica de Formación Profesional
    • Acreditar experiencia laboral de, al menos, un año, relacionada directamente con las competencias profesionales del ciclo formativo de grado medio o superior al que se quiere acceder, debiendo aportar, al menos, la siguiente documentación: Certificación acreditativa de la experiencia o vida laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad.
    • En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.

Las titulaciones académicas se acreditarán mediante la aportación del título correspondiente y los estudios o pruebas superados mediante certificado oficial.

La experiencia laboral se acreditará mediante certificación acreditativa de dicha experiencia o vida laboral, en la que conste específicamente la duración del contrato, la actividad desarrollada y el periodo de tiempo en el que se ha realizado dicha actividad. En el caso de trabajadores por cuenta propia, certificación de alta en el censo de obligados tributarios.

Si la solicitud no reuniera los requisitos exigidos o no se acompañase de los documentos acreditativos de las circunstancias alegadas, el Consejo Escolar del centro docente requerirá, por escrito y con acuse de recibo a la persona interesada, para que, en el plazo de diez días hábiles, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos.

En la fecha que se indique en el calendario anual del procedimiento de admisión, cada centro docente publicará en el tablón de anuncios del centro la Convocatoria de las pruebas de acceso a los ciclos formativos de artes plásticas y diseño con los datos de la convocatoria, fechas, estructura, tipo de ejercicios, duración y material necesario.

También puede consultarse a través de la Secretaría Virtual en la web de la Consejería.

SÍ. En la fecha que se indique en el calendario anual del procedimiento de admisión, cada centro docente publicará en el tablón de anuncios del centro los documentos:

  • Relación ordenada alfabéticamente de solicitantes que deben realizar las pruebas de acceso
  • Relación ordenada alfabéticamente de solicitantes exentos de realizar las pruebas de acceso

También puede consultarse a través de la Secretaría Virtual en la web de la Consejería.

En la fecha que se indique en el calendario anual del procedimiento de admisión, cada centro docente publicará en el tablón de anuncios del centro los documentos:

  • Listado provisional de calificaciones de la prueba general de acceso
  • Listado provisional de calificaciones de las pruebas de acceso (aparecen las calificaciones de la prueba general y cada uno de los ejercicios de la específica).

También puede consultarse a través de la Secretaría Virtual en la web de la Consejería.

Se podrán formular reclamaciones a las calificaciones provisionales. Las reclamaciones se efectuarán por escrito en los centros docentes dirigidas al tribunal calificador y concretando los motivos de las mismas y serán estudiadas por parte del tribunal calificador.

También puede hacerse a través de la Secretaría Virtual en la web de la Consejería.

En la fecha que se indique en el calendario anual del procedimiento de admisión, una vez estudiadas las reclamaciones por parte de los tribunales calificadores, los centros publicarán en sus tablones de anuncios el documento:

  • Resolución de las reclamaciones a las calificaciones de las pruebas de acceso

 

En la fecha que se indique en el calendario anual del procedimiento de admisión, cada centro docente publicará en el tablón de anuncios del centro los documentos:

  • Listado definitivo de calificaciones de las pruebas de acceso

También puede hacerse a través de la Secretaría Virtual en la web de la Consejería.

En la fecha que se indique en el calendario anual del procedimiento de admisión, cada centro docente publicará en el tablón de anuncios del centro el documento:

  • Resolución de admisión del alumnado en las enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño

También puede hacerse a través de la Secretaría Virtual en la web de la Consejería.

La matrícula podrá realizarse mediante teletramitación a través de la Secretaría Virtual en la web de la Consejería. También podrán obtenerse los documentos en la página web de la Consejería competente en materia de educación y en los centros docentes si se opta por presentarlos en el propio centro.

Del 1 al 11 de julio, ambos incluidos:

  • Alumnado que haya sido adjudicatario en la resolución de admisión de junio.
  • Alumnado cuya promoción no depende del resultado de la convocatoria extraordinaria de septiembre.

Del 1 al 7 de septiembre, ambos incluidos:

  • Alumnado cuya promoción depende del resultado de la convocatoria extraordinaria de septiembre.

21 y 22 de septiembre:

  • Alumnado que haya sido adjudicatario en la resolución de admisión de septiembre.