VI. Enajenación o gravamen de bienes y derechos

Condiciones que deben estar justificadas en la documentación que se presente:

  • Autorizaciones de enajenación/permuta/gravamen de bienes inmuebles dotacionales, vinculados al cumplimiento de fines fundacionales, ó que presenten un valor superior al veinte por ciento del activo de la fundación.
    1. Escrito de solicitud suscrito por persona legitimada.
    2. Certificación del acuerdo del patronato.
    3. Memoria justificativa de las razones que motivan la enajenación.
    4. Borrador de negocio jurídico a realizar.
    5. Identificación del inmueble mediante.
    6. Fotocopia del título jurídico del enajenante (escritura pública o documento privado).
    7. Nota Simple Registral.
    8. Referencia Catastral.
    9. Tasación pericial con arreglo a criterios de mercado según la Orden ECO 805/2003, de 27 e marzo, sobre valoración de bienes inmuebles y determinados derechos para ciertas finalidades financieras, realizada por una sociedad de tasación.
  • Autorizaciones de enajenación/permuta/gravamen de bienes muebles dotacionales, vinculados al cumplimiento de fines fundacionales, ó que representen un valor superior al veinte por ciento del activo de la fundación.
    1. Escrito de solicitud suscrito por persona legitimada.
    2. Certificación del acuerdo del patronato.
    3. Memoria justificativa.
    4. Identificación del bien y fotocopia del título jurídico de propiedad, en su caso.
    5. Tasación pericial presentada por técnico.
    6. Borrador del negocio jurídico a realizar.