Page 3 - Memoria de la Junta de Andalucía
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SERVICIO ANDALUZ DE SALUD

                                                                           Cuentas Anuales 2022



                         INTRODUCCIÓN


                             COMPETENCIAS

                  El  Servicio Andaluz  de  Salud,  creado  inicialmente  en 1986  como  un  Organismo  autónomo  de
                  carácter administrativo es hoy una Agencia Administrativa de las previstas en el artículo 65 de la
                  Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, que se adscribe
                  orgánicamente  a  la  Consejería  de  Salud  y  Consumo  y,  dentro  de  ella,  funcionalmente,  a  la
                  Viceconsejería.

                  A su vez se le adscribe funcionalmente el Consorcio Sanitario Público del Aljarafe (San Juan de
                  Dios), aunque esté orgánicamente adscrito a la Consejería de Salud y Consumo.

                  Las funciones que le están atribuidas con sujeción a las directrices y criterios generales de la
                  política de salud en Andalucía son las siguientes:

                               La  gestión  del  conjunto  de  prestaciones  sanitarias  en  el  terreno  de  la
                                promoción  y  protección  de  la  salud,  prevención  de  la  enfermedad,
                                asistencia sanitaria y rehabilitación que le corresponda en el territorio de
                                la Comunidad Autónoma de Andalucía.
                               La  administración  y  gestión  de  las  instituciones,  centros  y  servicios
                                sanitarios que actúan bajo su dependencia orgánica y funcional.
                               La  gestión  de  los  recursos  humanos,  materiales  y  financieros  que  se  le
                                asignen para el desarrollo de sus funciones.

                  La misión del Servicio Andaluz de Salud se define por los siguientes propósitos esenciales como
                  organización:

                             1.-  Contribuir  sustancialmente  a  mejorar  la  salud  y  el  bienestar  de  toda  la
                             población.

                  Los servicios sanitarios, persiguen un propósito esencial y último: la salud en todas sus facetas. La
                  promoción, la prevención, la asistencia, la curación, la rehabilitación y, en su caso, la reintegración
                  plena al mundo laboral y social. Toda práctica profesional, toda actuación sanitaria está y ha de
                  estar sujeta al servicio de la salud y del bienestar de la población a cuyo servicio está nuestra
                  organización. Es el objetivo básico de todo sistema sanitario.

                  Pero la salud no es algo que esté unívocamente ligado a una sola condición. Son múltiples los
                  elementos que se entrelazan y determinan la salud de una colectividad, por ello la acción sanitaria
                  no es solo asistencial o clínica, sino que es intersectorial y trata de actuar horizontalmente con
                  otros sectores del gobierno y de la propia sociedad.

                  Conforme a lo recogido en el artículo 2 de la Ley 2/1998, de 15 de junio, de Salud de Andalucía,
                  entre los principios que inspiran las actuaciones sobre protección de la salud, se refiere a la mejora



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