Andalucía, 16 de noviembre de 2004
Investigación con células madre |
La decisión de retirar el conflicto de competencias obedece a la reciente entrada en vigor de otra norma aprobada por el Gobierno central que deroga expresamente o deja sin efecto las disposiciones recurridas en su día por la Junta. Se trata del Real Decreto 2132/2004 por el que se establecen los requisitos y procedimientos para solicitar la investigación con células troncales obtenidas de preembriones sobrantes, cuyo contenido facilita el desarrollo de estos proyectos en el conjunto de España.
La vulneración de competencias que ha venido a subsanar el nuevo Real Decreto se concretaba básicamente en la obligación que se imponía a los centros de reproducción humana asistida de poner a disposición del Centro Nacional de Trasplantes los preembriones sobrantes para fines de investigación, de forma que se excluía la existencia de bancos autonómicos.
A este organismo estatal también se asignaban funciones relativas a la custodia de los preembriones almacenados, la decisión sobre su destino, la evaluación vinculante de proyectos y la autorización de centros, sustrayendo así a la comunidad autónoma importantes aspectos del proceso investigador sobre aplicaciones terapéuticas de las células madre embrionarias.
En su conflicto de competencias ahora retirado, el Gobierno andaluz recordaba que la Administración central sólo está facultada para coordinar el ejercicio de las competencias de investigación que tienen las comunidades autónomas, pero sin agotarlas ni vaciarlas de contenido. El actual marco constitucional sólo atribuye al Estado la potestad de regular la coordinación general, mientras que el Estatuto de Autonomía establece la competencia exclusiva sobre la gestión.