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Introducción
El derecho de acceso a la información enmateria
de medio ambiente se encuentra expresamente
reconocido en el Estatuto de Autonomía para
Andalucía, el cual declara lo siguiente: «Todas
las personas tienen derecho a acceder a la
informaciónmedioambiental dequedisponen los
poderespúblicos,en los términosqueestablezcan
las leyes» (art. 23).
Laordenación legaldeestederechoestácontenida
en la Ley 27/2006, de 18 de julio, por la que se
regulan los derechos de acceso a la información,
de participación pública y de acceso a la justicia
en materia de medio ambiente (en adelante Ley
27/2006). Se trata de una ley estatal de carácter
básico, por tanto, directamente aplicable en la
ComunidadAutónomadeAndalucía.
No obstante, esta Ley remite a las Comunida-
des Autónomas la ordenación de los aspectos
procedimentales y organizativos para el ejercicio
del derecho de acceso a la información medio-
ambiental.
En este sentido, en el ordenamiento andaluz, la
Ley 7/2007, de 9 de julio, de Gestión Integrada
de la Calidad Ambiental de Andalucía, dedica el
Capítulo I del Título II a la InformaciónAmbiental, y
endesarrollodeestaLeysehadictadoel
Decreto
347/2011, de 22 de noviembre, por el que se
regula laestructuray funcionamientode laRedde
InformaciónAmbiental deAndalucíayel accesoa
la informaciónambiental.
Este Decreto define la Red de Información
Ambiental de Andalucía (REDIAM), como el
sistema que garantiza el acceso libre y gratuito
a todo tipo de datos sobre esta materia en la
comunidad autónoma. El texto dota de cobertura
normativa a este instrumento que, con el paso
de los años, se ha consolidado como uno de los
más extensos y completos sistemas de gestión
del conocimientoambiental enEuropa, con3.000
colecciones de datos y más de 1.500 servicios
cartográficos “on line’.
Comoprincipalesaportaciones, el decretoclarifica
los procedimientos de incorporación de los
centros productores de información, refuerza los
mecanismos de participación ciudadana y define
la estructura del sistema, las características de
su contenido y la efectiva coordinación de la
REDIAM con otras redes de ámbito autonómico,
nacional o internacional, especialmente el
Sistema Estadístico y Cartográfico de Andalucía,