Certificado de sello electrónico para la actuación administrativa automatizada

Se entiende por "Actuación administrativa automatizada" cualquier acto o actuación realizada íntegramente a través de medios electrónicos por una Administración Pública en el marco de un procedimiento administrativo y en la que no haya intervenido de forma directa un empleado público.

Está regulada en los artículos 41 y 42 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.

Para dicha actuación por parte de la Administración es necesario un "Sello electrónico para la actuación administrativa automatizada", que permite la identificación y autenticación del ejercicio de la competencia en dicha actuación (artículos 13.3.b, 18 y 39 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los Servicios Públicos). Tiene la condición de “reconocido” según la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica.

La Consejería de Agricultura, Ganadería, Pesca y Desarrollo Sostenible dispone de los siguientes sellos electrónicos, que se descargan en formato comprimido .zip que contiene el archivo con extensión .cer:

Teléfono
955032000
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